• JUEVES 7
  • de mayo de 2026

Derecho

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DERECHO

El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, jueves 7 de mayo del 2026


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Aprueban “Lineamientos para la promoción de la educación vial y el uso de la bicicleta en las instituciones educativas públicas y privadas de la Educación Básica, Educación Técnico-Productiva y Educación Superior Tecnológica, Artística y Pedagógica”

El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó los “Lineamientos para la promoción de la educación vial y el uso de la bicicleta en las instituciones educativas públicas y privadas de la Educación Básica, Educación Técnico-Productiva y Educación Superior Tecnológica, Artística y Pedagógica", mediante la Resolución Viceministerial Nº 072-2026-MINEDU.

Dichos lineamientos establecen las disposiciones para el fomento de la educación vial y el uso de la bicicleta y otros medios de movilidad activa, como alternativas de transporte sostenible que contribuyan al ejercicio de una ciudadanía ambientalmente responsable, saludable y sostenible, dirigida a los integrantes de la comunidad educativa de las instituciones y programas educativos públicos y privados de la Educación Básica, Educación Técnico-Productiva y Educación Superior Tecnológica, Artística y Pedagógica.

El Minedu dispuso la publicación de los citados lineamientos en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del referido portafolio (www.gob.pe/minedu). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Fijan equivalencias de cargos y remuneraciones de referencia que sirven de base para determinar el monto de la pensión inicial de ex trabajadores beneficiarios de la Ley N° 27803 que optaron por la jubilación adelantada

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) fijó la equivalencia del cargo y la remuneración de referencia, que servirá de base para obtener el monto de la pensión inicial de los ex trabajadores beneficiarios de la Ley N° 27803, Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las comisiones creadas por las Leyes N° 27452 y N° 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las Empresas del Estado sujetas a Procesos de Promoción de la Inversión Privada y en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales; que optaron por el benefi cio de la jubilación adelantada.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 099-2026-TR con la cual se dispone la publicación del detalle de la referida equivalencia del cargo y remuneración de referencia en la sede digital del MTPE (www.gob.pe/mtpe), siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones del mencionado portafolio. 


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Prorrogan hasta ell 30 de noviembre del 2026 la vigencia de especificaciones técnicas excepcionales para la emisión de la Placa Única Nacional de Rodaje de vehículos menores de la categoría L


El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) prorrogó hasta el 30 de noviembre del 2026, la vigencia de las especificaciones técnicas excepcionales aplicables a la Placa Única Nacional de Rodaje de los vehículos menores de la categoría L, aprobadas mediante Resolución Directoral Nº 006-2026-MTC/18, en el contexto de lo establecido en la Décima Disposición
Complementaria Final del Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-MTC.

Fue mediante la Resolución Directoral Nº 0012-2026-MTC/18 con la cual se precisa que dicha prórroga obedece a que persisten las circunstancias que afectan el normal funcionamiento del sistema de identificación vehicular, manteniéndose la imposibilidad material en la entrega de las Placas Únicas Nacionales de Rodaje correspondientes al formato vigente para vehículos menores.

Con dicha prórroga se busca entonces garantizar la continuidad del sistema de identificación vehicular y evitar afectaciones en la emisión de las mencionadas placas. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y de Planificación Urbana y Rural Sostenible, del texto del citado proyecto de Reglamento y de su exposición de motivos

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dispuso la publicación del proyecto de
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y de Planificación Urbana y Rural Sostenible, del texto del citado proyecto de Reglamento y de su Exposición de Motivos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/vivienda), a efectos de recibir los
comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía, dentro del plazo de veinte días calendario

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 189-2026-VIVIENDA se encarga a la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten respecto del proyecto normativo a través de la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en el enlace: “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y de Planificación Urbana y Rural Sostenible”. 
Conozca la norma aquí


OSIPTEL
Aprueban publicación para comentarios del proyecto de “Norma complementaria sobre el límite de servicios públicos móviles por persona natural y disposiciones adicionales”

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomuncaciones (Osiptel) aprobó la publicación para comentarios del proyecto de “Norma complementaria sobre el límite de servicios públicos móviles por persona natural y disposiciones adicionales”, mediante la Resolución N° 000054-2026-CD/OSIPTEL.

La Oficina de Comunicaciones y Relaciones Institucionales del Osiptel se encargará de disponer las acciones necesarias para que el Proyecto de Norma, así como su Exposición de Motivos y el Análisis de Impacto Regulatorio contenido en el Informe N° 000040-2026 DAPU/OSIPTEL, sean publicados en la sede digital del Osiptel (https://www.gob.pe/osiptel).

En ese contexto, se establece un plazo de quince (15) días calendario, para que los interesados puedan presentar sus comentarios respecto del Proyecto de Norma.

Los comentarios deberán presentarse a través de la mesa de Partes Virtual del Osiptel, para lo cual se deberá adjuntar un archivo en formato Word que se establece.

La Dirección de Atención y Protección del Usuario del Osiptel se encargará del acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al Proyecto de Norma, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Conozca la norma aquí


SUNARP
Regulan disposiciones que propenden a la simplificación del procedimiento de inscripción registral de predios y adecúan Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios a normas de mayor rango

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) reguló disposiciones que propenden a la simplificación del procedimiento de inscripción registral de predios y adecuó el  Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios a normas de mayor rango.

Fue mediante la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 00059-2026-SUNARP/SN que modifica el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios.

Dicha modificación tiene un impacto significativo en la eficiencia del procedimiento de inscripción registral, buscando precisamente, entre otros objetivos fundamentales, adecuar las disposiciones del citado Reglamento a normas de mayor rango como la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, y el Código Civil, así como regular disposiciones que propendan a la simplificación del procedimiento de inscripción registral mediante la reducción de cargas administrativas.

Las modificaciones al Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios comprenden: el
artículo 34 sobre la viabilidad de la anotación preventiva del proyecto de habilitación urbana acorde a la modificación del artículo 10 de Ley N° 29090, el artículo 40 que suprime la exigencia del sello municipal en el documento privado para la inscripción de la recepción de obras; el artículo 41 sobre la independización de aportes reglamentarios a favor de instituciones beneficiarias en virtud de la resolución de recepción de obras; y el artículo 66 que flexibiliza los requisitos para la acumulación de predios.

Asimismo, comprenden el artículo 68 que precisa el supuesto para exigir los requisitos para acumulación de predios con garantías reales o medidas cautelares; el artículo 78 referido a la inscripción de la declaratoria de fábrica de predios de sociedad conyugal o copropiedad; el artículo 82 donde se regulan precisiones para facilitar el procedimiento de inscripción del levantamiento de carga técnica de partidas independizadas, cuando ya consta inscrita el levantamiento de carga sobre el predio matriz; y, el artículo 89 que introduce una medida de flexibilización para formalizar la modificación unilateral del reglamento interno. Conozca la norma aquí