• JUEVES 14
  • de mayo de 2026

Derecho

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DERECHO

El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, jueves 14 de mayo del 2026


MINISTERIO DE SALUD
Declaran por 90 días Emergencia Sanitaria por riesgo elevado de Tosferina y otras enfermedades respiratorias en la provincia de Loreto del departamento de Loreto

El Ministerio de Salud (Minsa) declaró en Emergencia Sanitaria, por el plazo de 90 días calendario, la provincia de Loreto del departamento de Loreto, conforme a lo detallado en el “PLAN DE ACCIÓN PARA LA ATENCIÓN DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR RIESGO ELEVADO DE TOSFERINA Y OTRAS ENFERMEDADES RESPIRATORIAS EN LA PROVINCIA DE LORETO – DEPARTAMENTO DE LORETO”, por el riesgo del elevado brote de Tosferina y otras enfermedades respiratorias en la provincia de Loreto del departamento de Loreto.

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 007-2026-SA con el cual se establece que corresponde a la Dirección Regional de Salud Loreto realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el Plan
de Acción contenido en el Anexo I de este Decreto Supremo, en el contexto de lo dispuesto por el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1156, que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2014-SA.


Concluida la declaratoria de emergencia sanitaria, la entidad interviniente deberá informar respecto de las actividades y recursos ejecutados en el contexto del referido Plan de Acción, así como sobre los resultados alcanzados, en el contexto de lo dispuesto por los artículos 24 y siguientes del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1156. 
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OSIPTEL
Aprueban Norma que establece el Cargo de Interconexión Tope por Terminación de Llamadas en las Redes de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones Móviles de Telefonía Móvil, Servicio de Comunicaciones Personales (PCS) y Servicio Móvil de Canales Múltiples de Selección Automática (Troncalizado)

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó la Norma que establece el Cargo de Interconexión Tope por Terminación de Llamadas en las Redes de los Servicios  Públicos de Telecomunicaciones Móviles de Telefonía Móvil, Servicio de Comunicaciones Personales (PCS) y Servicio Móvil de Canales Múltiples de Selección Automática (Troncalizado), mediante la Resolución N° 000058-2026-CD/OSIPTEL.

La norma aprobada, que consta de cinco (5) artículos y tres (3) Disposiciones Complementarias Finales, establece el cargo de interconexión tope por terminación de llamadas en las redes de los servicios públicos de telecomunicaciones móviles, el cual es aplicable a las Empresas Operadoras
Móviles con Red que son concesionarias de los servicios públicos de telecomunicaciones móviles de Telefonía Móvil, Servicio de Comunicaciones Personales (PCS) y Servicio Móvil de Canales Múltiples de Selección Automática (Troncalizado), incluyendo aquellas que en el futuro puedan prestar esta facilidad esencial.

El valor del cargo de interconexión tope por terminación de llamadas en las redes de los servicios públicos móviles, aplicable a todas las Empresas Operadoras de Servicios Públicos Móviles, que se establece es de US$ 0,00082.

Esto,teniendo en cuenta que dicho cargo de interconexión tope es por minuto tasado al segundo, está expresado en dólares corrientes de los Estados Unidos de América y no incluye el Impuesto
General a las Ventas. 
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SUNAT
Establecen la forma, plazo y condiciones en que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego pone a disposición de la Sunat la información contenida en el Padrón de Productores Agrarios y sus Organizaciones en las Cadenas de Valor para la aplicación de la Ley que promueve la transformación productiva, competitiva y sostenible del sector agrario con protección social hacia la agricultura moderna

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) reguló la forma, plazo y condiciones en que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) debe poner a disposición de dicha entidad supervisora la información del Padrón de Productores
Agrarios y sus Organizaciones en las Cadenas de Valor, con la finalidad de que la Sunat aplique las disposiciones de la Ley N° 32434, Ley que promueve la transformación productiva, competitiva y sostenible del sector agrario con protección social hacia la agricultura moderna.

Fue mediante la Resolución de Superintendencia N° 000086-2026/SUNAT con la cual se establece que el Midagri debe poner a disposición de la Sunat el contenido del referido Padrón a través de la herramienta informática que ambas entidades acuerden.

La información del mencionado Padrón deberá ser puesta a disposición de la Sunat el primer día hábil de cada mes, actualizada hasta el último día hábil del mes anterior conforme a la estructura señalada en el anexo de la citadda resolución. Conozca la norma aquí