• VIERNES 15
  • de mayo de 2026

Política

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Pedido de nulidad de actas 900,000 no procede

La decisión corresponde al recurso de apelación interpuesto por el personero legal alterno del partido político tras la decisión del Jurado Electoral Especial (JEE) de Pacasmayo, que rechazó el pedido en primera instancia.

Esta primera resolución fue emitida el 7 de mayo último y declaró improcedente la solicitud de nulidad de dichas actas por una presunta violación del artículo 201 de la Ley Orgánica de Elecciones.

Se informó que en los fundamentos de la resolución del JNE se precisa que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) tiene facultades amplias para instalar mesas de sufragio, incluso en centros poblados.

Además, se indica que estas se conforman por decisión técnica de la ONPE y que la entidad no requiere para ello de una ley específica por cada mesa o tipo de mesa.

En esa línea, se señala que la Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados no regula la creación de un tipo especial de mesa de sufragio, “por cuya razón la ONPE no requiere de esta norma para instalar mesas en centros poblados”.

Dato

La ONPE organiza elecciones primarias en Arequipa para el domingo 17 de mayo, con miras a los comicios regionales y municipales del 2026.