Economía
Detalló que la Resolución de Consejo Directivo N.° 60-2026-OS/CD establece que, desde esa fecha, los locales de expendio de carburantes deberán registrar sus inventarios diariamente y de forma obligatoria mediante la Plataforma Virtual de Osinergmin (PVO).
“Esta medida busca facilitar el acceso a los datos para el usuario final. Sucedía que al ingresar al aplicativo Facilito se hallaba un reporte determinado; no obstante, al llegar a la estación, no se hallaban suministros, lo cual resultó más evidente durante la crisis derivada de la situación en Camisea”, precisó Ochoa en Andina Canal Online.
“Ante ese escenario, hemos corregido el sistema para que los establecimientos reporten las reservas disponibles en el momento. Dicha actualización genera confianza automáticamente en el consumidor, quien podrá acudir al punto de venta con la certeza de hallar el insumo requerido”, añadió.
El funcionario sostuvo que el cumplimiento del registro de inventarios será condición indispensable para generar requerimientos en el Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP). En consecuencia, los centros que omitan reportar sus reservas no podrán adquirir hidrocarburos hasta la regularización respectiva.
“El objetivo primordial es evitar la eventual especulación. Esto se logrará mediante la restricción del abastecimiento en las plantas de ventas a las estaciones que no declaren sus reservas, medida que actúa como un mecanismo disuasorio ante el incumplimiento”, explicó el directivo.
“De esta manera se garantiza que los datos se suministren en tiempo real. Cabe recordar que, durante la crisis en Camisea, algunas estaciones declaraban desabastecimiento pese a contar con reservas en sus tanques, lo cual fomentaba la especulación y las irregularidades observadas”, añadió.
Por otro lado, Ochoa sostuvo que el abastecimiento de combustibles en la Selva y la zona sur del territorio peruano continuará gracias al Decreto de Urgencia N.° 003-2026, norma emitida por el Poder Ejecutivo el 11 de mayo de este año para establecer medidas extraordinarias que mitiguen la crisis energética.
“Al final se tomó una medida positiva porque esto permitirá que Petroperú continúe en operaciones y abasteciendo, sobre todo, a mercados como la Amazonía y el sur del país, donde la empresa privada no llega”, afirmó.
Fideicomiso
El presidente del Osinergmin comentó que el Decreto de Urgencia N.° 003-2026 es una modalidad distinta a las anteriores, pues se está conformando un fideicomiso que estará a cargo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión).
“Se autorizó a Petroperú para que pueda obtener préstamos del exterior; sin embargo, el monto será destinado exclusivamente a capital de trabajo; es decir, la adquisición de petróleo o materia prima para producir combustibles”, indicó.
“Hay una diferencia fundamental con relación a los anteriores decretos de urgencia. En esta norma, se establecen restricciones a Petroperú para que los recursos no sean de libre disponibilidad”, añadió.
Cifra
80% de los combustibles en la selva lo abastece Petroperú, con lo cual mantiene el flujo de actividades.