El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, sábado 16 de mayo del 2026
Gobierno: promulga la Ley N.° 32595, que crea el Banco Nacional de Datos de Perfiles Genéticos (BNDPG)
El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N.° 32595, que crea el Banco Nacional de Datos de Perfiles Genéticos (BNDPG), herramienta técnico-científica destinada a fortalecer la investigación criminal, la búsqueda de personas desaparecidas y la identificación de cadáveres mediante el análisis de ADN no codificante.
La norma establece que el banco funcionará como una base de datos reservada administrada por la Dirección de Criminalística de la Policía Nacional del Perú, con el objetivo de facilitar el cotejo de perfiles genéticos obtenidos en escenas del crimen, investigaciones policiales y procesos penales.
Además, precisa que el sistema almacenará perfiles genéticos de investigados, procesados, internos de establecimientos penitenciarios, víctimas, personas desaparecidas, familiares, evidencias biológicas y servidores públicos vinculados con labores criminalísticas.
En los casos de investigados y personas privadas de libertad, la toma de muestras será obligatoria y no requerirá consentimiento, anota.
Asimismo, la ley dispone que únicamente se utilizará ADN no codificante, es decir, información genética que permite identificar a una persona sin revelar datos médicos o biológicos sensibles.
También prohíbe expresamente el uso de la información genética para fines distintos a la identificación humana en investigaciones penales.
La ley incorpora medidas de protección de datos personales, confidencialidad y seguridad informática, además de establecer que los remanentes de muestras biológicas deberán ser destruidos una vez obtenido el perfil genético, salvo que formen parte de las evidencias necesarias para el proceso penal. Conozca la norma aquí.
Ejecutivo: publican ley que crea la Universidad Nacional del Nororiente de Tayacaja
La Ley N.° 32596, que crea la Universidad Nacional del Nororiente de Tayacaja (UNNOT), casa de estudios que tendrá su sede en el distrito de Cochabamba, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, publicó el Gobierno.
La norma establece que el nuevo centro superior contará con personería jurídica de derecho público interno y se constituirá como pliego presupuestal. Asimismo, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir partidas presupuestarias con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación.
De acuerdo con la ley, la UNNOT iniciará su organización académica con tres facultades: Ingeniería y Ciencias Ambientales, Ciencias de la Salud y Educación.
Entre las carreras aprobadas figuran Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Ambiental, Ingeniería Civil, Ingeniería Agroindustrial y Alimentos, Ingeniería Agroecológica y Desarrollo Rural, así como Enfermería y Obstetricia.
En el ámbito educativo, la universidad ofrecerá programas de Educación Inicial, Primaria y Secundaria Bilingüe Intercultural, orientados a fortalecer la formación profesional en una zona con importante presencia de comunidades andinas.
La ley también dispone que la universidad podrá ampliar progresivamente su oferta académica según las necesidades locales, regionales y nacionales, en concordancia con los estándares de calidad establecidos por la Ley Universitaria. Conozca la norma aquí.
Congreso: publican Ley N.° 32597 que declara de necesidad pública e interés nacional el fortalecimiento del desarrollo ferroviario
Por insistencia, el Congreso de la República promulgó la Ley N.° 32597, norma que declara de necesidad pública e interés nacional el fortalecimiento del desarrollo ferroviario en el país y busca acelerar la ejecución de proyectos incluidos en el Plan Nacional de Desarrollo Ferroviario.
La ley tiene como objetivo promover la construcción, modernización y ampliación de infraestructura ferroviaria para impulsar el crecimiento económico y social en distintas regiones del Perú, así como mejorar la conectividad nacional y facilitar el transporte de pasajeros y carga. Asimismo, establece que los proyectos deberán contar con certificación ambiental otorgada por el sector competente.
Entre las principales iniciativas consideradas en la norma destacan el ferrocarril Lima–Ica, el tramo Trujillo–Chiclayo–Piura, el tren logístico minero Cajamarca–Chiclayo–Puerto Eten, el corredor ferroviario Lima–Barranca y el proyecto ferroviario bioceánico que uniría el puerto brasileño de Santos con Bayóvar, en Piura.
La ley también incorpora proyectos como el Tren Blanco de Arequipa, el tren Puno–Desaguadero, el ferrocarril de Pucallpa a la Costa y la rehabilitación del ferrocarril Huancayo–Huancavelica, entre otros.
De acuerdo con la norma, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones será el encargado de ejecutar estudios, planes y acciones necesarias para implementar el Plan Nacional de Desarrollo Ferroviario y determinar la incorporación de estas iniciativas en el Programa Multianual de Inversiones desde el año fiscal 2026.
Además, dispone la participación de gobiernos regionales y locales en el desarrollo de los proyectos, en coordinación con sus competencias y funciones, con el propósito de promover el desarrollo económico y social de las zonas de influencia. Conozca la norma aquí.
Ley N.° 32598: modifican la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre
El Parlamento publicó la Ley N.° 32598 que modifica la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre para precisar las autoridades competentes en la jerarquización vial y establecer el régimen de aprobación de las redes que integran el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC).
La norma incorpora el artículo 15-A a la Ley 27181 y define las competencias de cada nivel de gobierno sobre las redes viales. En ese marco, el gobierno nacional, mediante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), será responsable de la red vial nacional, incluso cuando las carreteras atraviesen zonas urbanas.
Asimismo, los gobiernos regionales tendrán competencia sobre las vías departamentales o regionales y los gobiernos locales sobre la red vial provincial, urbana y los caminos rurales.
La norma también establece que la clasificación, reclasificación y modificaciones de la jerarquización vial las aprobará el MTC que tomará como base la información y propuestas remitidas por los gobiernos regionales y locales, conforme al Reglamento de Jerarquización Vial y demás disposiciones aplicables.
A la par, la norma señala que las autoridades de los tres niveles de gobierno podrán suscribir convenios y efectuar delegaciones de gestión para la administración, operación, conservación y mejora de carreteras o tramos viales.
Sin embargo, esos acuerdos no modificarán la jerarquía formal de las vías, recalca la norma que fue reconsiderada por el Congreso tras aceptar las observaciones formuladas por la Presidencia de la República.
Además, se autoriza al MTC a promover y suscribir convenios de cooperación técnica y de gestión con gobiernos regionales y locales para facilitar la administración y operación de las redes viales de su competencia. Conozca la norma aquí.
Ejecutivo: se prorroga estado de emergencias en diversos departamentos por lluvias
El Poder Ejecutivo prorrogó por 60 días calendario el estado de emergencia en varios distritos de los departamentos de Áncash, Ica, La Libertad, Lambayeque, Lima, Moquegua, Piura y Tumbes debido al peligro inminente generado por las intensas precipitaciones pluviales.
La medida, que se oficializó mediante el Decreto Supremo N.° 074-2026-PCM, entrará en vigencia desde el 19 de mayo de 2026 y permitirá continuar con la ejecución de acciones de reducción del riesgo, respuesta y rehabilitación en las zonas afectadas.
La declaratoria inicial se permite en enero de este año mediante el Decreto Supremo N.° 005-2026-PCM y posteriormente extendida en marzo a través del Decreto Supremo N.° 039-2026-PCM, se refiere.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), aún existen acciones pendientes, principalmente trabajos de limpieza y descolmatación de ríos y quebradas, así como la entrega de insumos agrarios para atender a la población afectada por las lluvias.
El informe técnico del INDECI señala que la capacidad de respuesta de los gobiernos regionales y locales continúa sobrepasada, por lo que resulta necesaria la intervención del Gobierno Nacional.
Asimismo, se advierte que persisten condiciones de muy alto riesgo debido a las precipitaciones previstas para los próximos meses, según informes del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (Senamhi) y del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (ENFEN). Conozca la norma aquí.
Sector público: el lunes 27 de julio será día no laborable
El Poder Ejecutivo declaró día no laborable compensable para los trabajadores del sector público el lunes 27 de julio próximo, con el objetivo de promover el turismo interno y generar un fin de semana largo por Fiestas Patrias.
El Decreto Supremo N.° 075-2026-PCM, que oficializó la disposición, precisa que la medida será aplicable a escala nacional para los servidores públicos y que las horas dejadas de laborar deberán ser compensadas dentro de los diez días posteriores o en la fecha que determine cada entidad, de acuerdo con sus necesidades institucionales.
Asimismo, establece que el 27 de julio será considerado hábil para fines tributarios, por lo que las obligaciones fiscales deberán cumplirse con normalidad.
El Ejecutivo señala que la disposición busca impulsar el turismo interno, dinamizar las economías locales y fomentar el desplazamiento de ciudadanos hacia diversos destinos del país durante las celebraciones patrias.
En esa línea, recuerda que desde hace más de una década el Gobierno promueve fines de semanas largos mediante días no laborables sujetos a recuperación.
La norma también dispone que las entidades públicas adopten las medidas necesarias para garantizar la continuidad de los servicios esenciales para la población.
En el sector privado, las empresas podrán acogerse a la medida previo acuerdo con sus trabajadores sobre la recuperación de horas; de no existir consenso, la decisión quedará en manos del empleador.
Además, se excluye de este beneficio a trabajadores de actividades consideradas indispensables para la comunidad, como servicios de salud, electricidad, agua, telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, hospedaje, restaurantes, seguridad, sistema financiero y expendio de alimentos, entre otros. Conozca la norma aquí.