• MIÉRCOLES 20
  • de mayo de 2026

Derecho

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investigación preliminar

JNJ aprueba fichas técnicas

El objetivo de la primera ficha es regular las acciones necesarias de la investigación preliminar que determinará si procede o no el inicio de un procedimiento disciplinario contra un juez o fiscal, de cualquier nivel, especialidad y condición; los jefes de la Autoridad Nacional del Poder Judicial y el Ministerio Público; el jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

El procedimiento se inicia con el acuerdo del Pleno de la JNJ que dispone abrir la investigación preliminar, el cual es comunicado al miembro instructor, que elaborará el informe en base al análisis del expediente y la documentación pertinente para remitirlo a la Dirección de Procedimientos Disciplinarios.

Este órgano de línea emitirá la resolución respectiva. En caso el investigado presente su descargo, el miembro instructor lo evaluará y decidirá si se amplía o no la investigación para luego emitir un informe que será evaluado en sesión del Pleno de la JNJ y se emita la opinión respectiva.