Homologación de sueldos: estos son los criterios que exige la Corte Suprema
Criterios frente a las demandas de homologación salarial
Carlos Cadillo Ángeles
Socio de Miranda & Amado Abogados
Dichos criterios de análisis son los siguientes: (i) la procedencia del demandante y el homólogo propuesto; (ii) la categoría o nivel ocupacional al que pertenecen; (iii) la antigüedad laboral; (iv) las labores realizadas por el demandante y el homólogo; y, (v) una correcta diferenciación disgregada entre los conceptos remunerativos que se perciben en el caso del demandante y los homólogos propuestos.
La Corte precisa que estos criterios fueron establecidos en el precedente de observancia obligatoria contenido en la Casación N° 208-2005-Pasco; por lo que deben ser seguidos por todos los jueces e instancias judiciales. Además, enfatiza que los criterios deben ser analizados íntegramente en cada proceso.
En el caso concreto, la demandante demandó la homologación de remuneraciones, entre otras materias. Respecto a las pretensiones de homologación de remuneraciones, reintegro de remuneraciones y de beneficios; la sentencia de primera instancia declaró infundada la demanda. Sin embargo, en segunda instancia, la sala superior revocó dicho extremo, declarando fundada la homologación de remuneraciones y modificó el monto ordenado respecto al pago de los beneficios sociales; frente a lo cual el empleador interpuso un recurso de casación.
Por su parte, la Corte encontró que la sala superior no realizó el análisis de los criterios arriba indicados. De un lado, si bien se constató la diferencia de fechas de ingreso entre el homólogo (en el año 1988) y la demandante (en el 2011), la sala superior desestimó este factor porque el empleador no contó con una política salarial que pueda sustentar la inclusión y la aplicación del criterio de antigüedad. No obstante, la Corte señala que se ha desconocido la vasta experiencia del homólogo, que constituye una causa objetiva de diferenciación.
De otro lado, la Corte señala que, si bien la sala superior reconoció el régimen laboral de origen del homólogo (criterio relacionado con la procedencia), omitió realizar la diferenciación disgregada de los conceptos remunerativos. La sala superior optó por fusionar estos conceptos bajo una teoría de novación y la presunción salarial de los mismos.
Por estos motivos, la Corte Suprema concluyó que la sentencia de la sala superior tuvo una motivación aparente e insuficiente, en la medida que no se pronunció respecto a la antigüedad y la estructura salarial como causas objetivas de diferenciación, entre la remuneración de la demandante y la de su homólogo comparativo. De esta manera, declaró fundado el recurso de casación interpuesto por el empleador y ordenó que la sala superior emita una nueva sentencia pronunciándose sobre los criterios omitidos.
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