Empresas de leasing deberán reportar operaciones a la UIF-Perú: conoce las nuevas reglas
Impacto del Decreto Supremo Nº 008-2026-JUS
La medida fue establecida mediante el Decreto Supremo Nº 008-2026-JUS, en el marco de lo dispuesto por el numeral 3.3 del artículo 3 de la Ley Nº 29038, norma que incorpora la UIF-Perú a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
Asimismo, el decreto dispone que dichas empresas serán supervisadas por la UIF-Perú en materia de prevención del lavado de activos (LA) y del financiamiento del terrorismo (FT).
Con esta disposición se busca que las empresas de arrendamiento financiero implementen sistemas de prevención de LA/FT, a fin de evitar que sean utilizadas para actividades vinculadas al lavado de activos o al financiamiento del terrorismo.
De este modo, las referidas entidades pasan a tener la condición de sujetos obligados a reportar información a la UIF-Perú conforme al marco legal vigente.