Gobierno prorroga el Estado de Emergencia en Trujillo y Virú: conoce las nuevas restricciones
Mediante el Decreto Supremo N.° 078-2026-PCM también dispone emergencia en Chepén.
La disposición fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.° 078-2026-PCM, publicado por el Poder Ejecutivo. Según la norma, la Policía Nacional del Perú continuará a cargo del control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas en las zonas consideradas críticas, determinadas a partir de labores de inteligencia, estadísticas y mapas del delito.
Durante la vigencia del Estado de Emergencia se restringirán algunos derechos constitucionales vinculados a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito, libertad de reunión y seguridad personal, conforme a lo establecido en el artículo 137 de la Constitución Política del Perú.
Asimismo, las actividades religiosas, culturales, deportivas y otros eventos públicos masivos deberán contar con autorización previa de las autoridades competentes. Las actividades no masivas podrán desarrollarse sin necesidad de permiso especial.
El decreto también establece que las intervenciones de la Policía y las Fuerzas Armadas deberán realizarse respetando las normas sobre uso de la fuerza y los protocolos de protección a personas en condición de vulnerabilidad.
Finalmente, el Ejecutivo dispuso que, al culminar el periodo de emergencia, el Comando de Coordinación Operativa Unificada presente un informe con los resultados obtenidos y las recomendaciones correspondientes ante las principales instituciones del Estado.
Las empresas tienen la obligación legal de registrar a sus trabajadores en la planilla electrónica desde el primer día de labores y realizar el alta correspondiente el mismo día en que se inicia la prestación de servicios. ??https://t.co/geexL3q7ESpic.twitter.com/qaYD4E6VAx
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) May 21, 2026