Derecho
La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.° 006-2026-Minedu, que modifica el artículo 6 del Reglamento de la Ley N.° 27674, adecuándolo a los cambios introducidos por la Ley N.° 31958.
La nueva disposición establece que el reconocimiento de “Deportista calificado de alto nivel” será otorgado por el Instituto Peruano del Deporte (IPD), en coordinación con las federaciones deportivas nacionales, el Comité Olímpico Peruano (COP) y la Asociación Nacional Paralímpica del Perú (Anpperú), según corresponda.
Asimismo, se precisa que la acreditación tendrá una vigencia de cuatro años. Durante ese período, los deportistas podrán presentarla ante entidades públicas e instituciones comprendidas en el reglamento para acceder a plazas vacantes bajo los beneficios previstos en la Ley N.° 27674.
La norma se sustenta en la Constitución, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la legislación vinculada a la promoción y el desarrollo del deporte nacional.