• SÁBADO 23
  • de mayo de 2026

Política

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Segunda vuelta: autorizan uso del DNI amarillo y documentos de identidad vencidos para votar

Medida del Reniec busca garantizar el derecho constitucional al sufragio que tienen los ciudadanos por lo que solo aplicará de manera excepcional.

La medida fue oficializada mediante la Resolución Jefatural n.º 000057-2026/JNAC/RENIEC, publicada hoy en el boletín de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Según la disposición, los ciudadanos que cumplieron la mayoría de edad y aparecen incorporados en el padrón electoral podrán sufragar utilizando dicho DNI, en caso no hayan realizado oportunamente el trámite para obtener el documento azul de mayor de edad.

El organismo explicó que la falta de actualización del documento no implica la pérdida de la ciudadanía ni del derecho constitucional al voto, por lo que se adoptaron medidas excepcionales para garantizar la participación en la segunda vuelta presidencial.

Asimismo, el Reniec dispuso extender, hasta el 7 de junio de 2026, la vigencia de los DNI caducos o que estén por vencer de los ciudadanos obligados a sufragar en el balotaje.

No aplica para otros trámites

La resolución precisa que ambas medidas tendrán validez únicamente para ejercer el derecho al sufragio durante la segunda elección presidencial y no para otros trámites administrativos o civiles.

El documento también señala que la decisión busca evitar que exigencias formales limiten la participación ciudadana y el ejercicio de derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política del Perú.

La norma fue puesta en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para las acciones correspondientes.

La segunda elección presidencial fue convocada para el domingo 7 de junio de 2026, conforme al Decreto Supremo N.º 039-2025-PCM.

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