• DOMINGO 24
  • de mayo de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 17 al 23 de mayo del 2026


Domingo 17 de mayo del 2026

MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Oficializan acciones a desarrollarse a nivel sectorial en el marco del “2026 Año Internacional de la Agricultora”

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego oficializó, para el Año Fiscal 2026, las actividades
a desarrollarse en el marco del “2026 Año Internacional de la Agricultora” en el ámbito de este portafolio, orientadas a visibilizar y fortalecer el aporte de las agricultoras en los sistemas agroalimentarios y sus cadenas de valor al desarrollo rural sostenible, la seguridad alimentaria y la resiliencia de los sistemas agroalimentarios.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° D000161-2026-MIDAGRI-DM con la cual se aprueba y autoriza el Plan de Actividades que ha de ejecutarse en el marco del “2026 Año Internacional de la Agricultora”.

En ese contexto, se encarga a la Dirección de Promoción de la Mujer Productora Agraria de la Dirección General de Gestión Territorial, en coordinación con los órganos, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, la implementación, articulación y seguimiento de las acciones desarrolladas en el marco de la citada  Resolución Ministerial.

Además, se dispone la publicación del referido plan en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Aprueban formatos de Fichas Técnicas Ambientales para proyectos y actividades en curso que presentan superposición con Áreas Naturales Protegidas (ANP), Zonas de Amortiguamiento (ZA) y Áreas de Conservación Regional (ACR)

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego aprobó nueve (9) formatos de Fichas Técnicas
Ambientales para proyectos y actividades en curso que presentan superposición con Áreas Naturales Protegidas (ANP), Zonas de Amortiguamiento (ZA) y Áreas de Conservación Regional (ACR), en el marco de lo establecido en la Séptima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2024-MIDAGRI, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2025-MIDAGRI.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° D000162-2026-MIDAGRI-DM con la cual se dispone la publicación de las nueve (9) Fichas Técnicas Ambientales en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri). Conozca la norma aquí


SUNASS
Disponen difusión del proyecto de Resolución de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaría la modificación del Reglamento que regula el Procedimiento para la emisión del Mandato de Liberación de Interferencias, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 069-2017-SUNASS-CD, de su informe y de su exposición de motivos

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) dispuso la difusión del proyecto de Resolución de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaría la modificación del Reglamento que regula el Procedimiento para la emisión del Mandato de Liberación de Interferencias, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 069-2017-SUNASS-CD, su informe y su correspondiente exposición de motivos, en la sede digital de la Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el portal de transparencia estándar.

Fue mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 017-2026-SUNASS-CD con la cual se otorga un plazo de quince días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de esta Resolución de Consejo Directivo en el El Peruano, a fin de que los interesados remitan sus comentarios sobre el proyecto normativo a la mesa de partes virtual o física de la Sunass o al correo electrónico dpn@sunass.gob.pe. 

Los comentarios deberán ser remitidos en el formato que se difundirá en la sede digital de la Sunass (www.gob.pe/sunass), encargándose a la Dirección de Políticas y Normas de la Sunass el acopio, la sistematización y el análisis de los comentarios que se presenten. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Declaran Emergencia Sanitaria por brote de sarampión con transmisión local confirmada en el departamento de Puno y riesgo elevado de diseminación en Lima Metropolitana, en los departamentos de Arequipa, Cusco, Huancavelica, Moquegua, Amazonas, Loreto, Tacna, Tumbes, Ucayali, Madre de Dios y Apurímac, y en la Provincia Constitucional del Callao
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del sábado 16 de mayo del 2026)

El Ministerio de Salud (Minsa) declaró en Emergencia Sanitaria, por el plazo de 90 días calendario, Lima Metropolitana, los departamentos de Puno, Arequipa, Cusco, Huancavelica, Moquegua, Amazonas, Loreto, Tacna, Tumbes, Ucayali, Madre de Dios y Apurímac, y la Provincia Constitucional del Callao, conforme a lo detallado en el “PLAN DE ACCIÓN PARA
LA ATENCIÓN DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR BROTE DE SARAMPIÓN CON TRANSMISIÓN LOCAL CONFIRMADA EN EL DEPARTAMENTO DE PUNO Y RIESGO ELEVADO DE DISEMINACIÓN EN LIMA METROPOLITANA, EN LOS DEPARTAMENTOS DE AREQUIPA, CUSCO, HUANCAVELICA, MOQUEGUA, AMAZONAS, LORETO, TACNA, TUMBES, UCAYALI, MADRE DE DIOS Y APURÍMAC, Y EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DE CALLAO”, por brote de sarampión.

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 008-2026-SA con el cual se establece que corresponde al Minsa, al Instituto Nacional de Salud, las Direcciones de Redes Integradas de Salud de Lima Metropolitana, la Dirección Regional de Salud Amazonas, la Gerencia Regional de Salud Arequipa, la Dirección Regional de Salud Apurímac, la Gerencia Regional de Salud Cusco, la Dirección Regional de Salud Huancavelica, la Dirección Regional de Salud Loreto, la Dirección Regional de Salud Madre de Dios, la Dirección Regional de Salud Moquegua, la Dirección Regional de Salud Puno, la Dirección Regional de Salud Ucayali, la Dirección Regional de Salud Tacna, la Dirección Regional de Salud Tumbes y la Dirección Regional de Salud del Callao, realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el Plan de Acción contenido en el Anexo I del citado Decreto Supremo, en el marco de lo dispuesto por el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1156, que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2014-SA.

En ese contexto, el Minsa dispone la publicación del mencionado plan en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Minsa (www.minsa.gob.pe).  Conozca la norma aquí


Lunes 18 de mayo del 2026

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Modifican el Reglamento de Organización y Funciones del Banco Central de Reserva del Perú

El Banco Central de Reserva del Perú modificó su Reglamento de Organización y Funciones, mediante la Resolución de Directorio Nº 0025-2026-BCRP-N.

Con dicha modificación se introducen cambios en la estructura organizacional y funciones de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, Gerencia de Tecnologías de Información, Gerencia Central de Estudios Económicos, Gerencia de Operaciones Internacionales, Gerencia de Comunicaciones y Secretaría General del Banco Central de Reserva del Perú.

Por tanto se dispone que la Administración de la citada institución publique el Reglamento de Organización y Funciones del Banco Central de Reserva del Perú en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal del Banco Central de Reserva del Perú (www.bcrp.gob.pe). Conozca la norma aquí


ONPE
Extienden para la Segunda Elección Presidencial 2026 la vigencia de las excusas al cargo de miembro de mesa y de las justificaciones de inasistencia a la instalación de mesa de sufragio que fueran otorgadas durante las Elecciones Generales 2026

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) extendió para la Segunda Elección Presidencial 2026 la vigencia de las excusas al cargo de miembro de mesa y de las justificaciones de inasistencia a la instalación de mesa de sufragio que fueran otorgadas por dicha oficina durante las Elecciones Generales 2026.

Fue mediante la Resolución Jefatural N° 000083-2026-JN/ONPE con la cual se establece el plazo de cinco (5) días hábiles para presentar las solicitudes de excusa al cargo de miembro de mesa en la Segunda Elección Presidencial 2026, que se contarán desde el día siguiente de la publicación de la resolución de proclamación de resultados de dicha elección, emitida por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Además, se establece que el plazo para presentar las solicitudes de justificación por inasistencia a la instalación de mesa de sufragio en la Segunda Elección Presidencial 2026 a tramitar ante la ONPE es hasta antes de los cinco (5) días naturales previos a la realización de dicha elección.
Conozca la norma aquí



Martes 19 de mayo del 2026

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32599: Declaran de interés nacional la protección, restauración, conservación y puesta en valor de la Casona Villanueva, ubicada en el departamento de Cajamarca

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32599, Ley que declara de interés nacional la protección, restauración, conservación y puesta en valor de la Casona Villanueva, ubicada en el departamento de Cajamarca.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Poder Legislativo, se declara de interés nacional la protección, restauración, conservación y puesta en valor de la Casona Villanueva, ubicada en el distrito de Cajamarca de la provincia de Cajamarca del departamento de Cajamarca, en atención a su valor histórico y cultural, y a su importancia para el desarrollo económico, cultural y social del referido departamento.

Para tal fin, el Poder Ejecutivo, el Gobierno Regional de Cajamarca y la Municipalidad Provincial de Cajamarca coordinarán en el marco de sus respectivas competencias y atribuciones. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32600: Declaran de interés nacional la exclusión de parte del área del terreno del aeropuerto internacional Padre Aldamiz, ubicado en la ciudad de Puerto Maldonado, distrito de Tambopata, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32600, Ley que declara de interés nacional la exclusión de parte del área del terreno del aeropuerto internacional Padre Aldamiz, ubicado en la ciudad de Puerto Maldonado, distrito de Tambopata, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Poder Legislativo, se declara de interés nacional la exclusión de parte del área del terreno del aeropuerto internacional Padre Aldamiz, ubicado en la ciudad de Puerto Maldonado, del distrito de Tambopata, de la provincia de Tambopata, del departamento de Madre de Dios, cuya titularidad corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones y está inscrito en la Partida Registral 05004272. 

La exclusión de dicha parte tiene como fin destinarla al desarrollo de proyectos de infraestructura pública, equipamiento urbano, servicios públicos y saneamiento físico-legal. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo participará en la Conferencia de Ministros y Ministras del Trabajo de América Latina y el Caribe, a llevarse a cabo los días 21 y 22 de mayo de 2026, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia

El señor OSCAR FAUSTO FERNANDEZ CACERES, Ministro de Estado en el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo participará en la Conferencia de Ministros y Ministras del Trabajo de América Latina y el Caribe, a llevarse a cabo los días 21 y 22 de mayo de 2026, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia.

La Conferencia de Ministros y Ministras del Trabajo de América Latina y el Caribe constituye un espacio de diálogo político-técnico intrarregional orientado a fortalecer la gestión ordenada de la migración laboral, así como la certificación y el reconocimiento de competencias laborales.

El citado evento tiene como propósito promover un instrumento marco de cooperación entre los países de América Latina y el Caribe que contribuya a la protección integral de los derechos de las personas migrantes y a su integración socioeconómica, como mecanismo para la prevención de flujos migratorios masivos; lo cual, además, se enmarca en la Declaración de Punta Cana para el trabajo decente y diálogo social, adoptada en la 20ª Reunión Regional Americana en octubre de 2025.

Por ende, el Poder Ejecutivo autorizó el viaje del señor OSCAR FAUSTO FERNANDEZ CACERES, Ministro de Estado en el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo, a
la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 20 a 23 de mayo del 2026.

Ante ello, se encarga el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo al señor ALDO MARTIN PRIETO BARRERA, Ministro de Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones, en tanto dure la ausencia del Titular. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Aprueban el “Plan de Asistencia Técnica con enfoque territorial al Gobierno Subnacional en materias de modernización de la gestión pública para el año 2026"

El Poder Ejecutivo aprobó el “Plan de Asistencia Técnica con enfoque territorial al Gobierno Subnacional en materias de modernización de la gestión pública para el año 2026", mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2026-PCM-SGP.

Dicho Plan de Asistencia Técnica vencerá el 31 de diciembre del 2026; debiendo la Subsecretaría de Administración Pública presentar un informe de evaluación dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su vencimiento.

En ese contexto, se dispone la publicación del Plan de Asistencia Técnica aprobado, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aprueban el “Protocolo para el tratamiento adecuado de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en la publicidad estatal y la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres”

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprobó el “Protocolo para el tratamiento adecuado de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en la publicidad estatal y la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres”, mediante el Decreto Supremo N° 003-2026-MIMP.

Dicho protocolo será publicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

La implementación del Protocolo aprobado se financiará con cargo a los recursos del presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Ratifican la Convención para Lograr la Unificación Internacional y el Perfeccionamiento del Sistema Métrico suscrita en París, República Francesa, el 20 de mayo de 1875 y enmendada por la Cuarta Conferencia General de Pesos y Medidas, reunida en París, República Francesa, el 17 de octubre de 1907, así como por la Convención suscrita en Sèvres, República Francesa, el 6 de octubre de 1921

El Ministerio de Relaciones Exteriores ratificó la Convención para Lograr la Unificación
Internacional y el Perfeccionamiento del Sistema Métrico suscrita en París, República Francesa, el 20 de mayo de 1875 (la “Convención del Metro”) y enmendada por la Cuarta Conferencia General de Pesos y Medidas, reunida en la ciudad de París, República Francesa, el 17 de octubre de 1907, así como por la Convención suscrita en Sèvres, República Francesa, el 6 de octubre de 1921.

Fue mediante el Decreto Supremo N° 021-2026-RE con la cual se precisa que la citada Convención del Metro tiene por objeto establecer y regular un sistema internacional de
metrología, integrado por la Oficina Internacional de Pesos y Medidas, cuya actividad es científica y permanente. 

El Comité Internacional de Pesos y Medidas, dirige y supervisa el trabajo de la referida Oficina; y la Conferencia General de Pesos y Medidas, es la autoridad bajo la cual funciona el referido Comité.

El Ministerio de Relaciones Exteriores procedará a publicar en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el texto íntegro de la mencionada Convención y la fecha de su entrada en vigor. Conozca la norma aquí


SUNARP
Incorporan en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros disposiciones relativas al asiento de conclusión del contrato de riesgo compartido y cierre de partida, a la inscripción de partida acumulada, y a las concesiones mineras ubicadas en oficinas registrales diferentes

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) incorporó en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros disposiciones relativas al asiento de conclusión del contrato de riesgo compartido y cierre de partida, a la inscripción de partida acumulada, y a las concesiones mineras ubicadas en oficinas registrales diferentes.

Fue mediante la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 00065-2026-SUNARP/SN que modifica los artículos 5, 8, 10, 19, 20, 23, 24, 25, 35, 39 e incorpora los artículos 39-A; 44-A; 44-B y 46-A, del Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros, aprobado por la Resolución N° 052-2004-SUNARP/SN.

De acuerdo con los cambios efectuados al extender el asiento de conclusión del contrato de riesgo compartido, el registrador procederá a cerrar la partida correspondiente, extendiendo simultáneamente en la partida registral de las concesiones aportadas una anotación en la que se deje constancia de dicha conclusión y cierre.

Cuando la concesión aportada esté inscrita en una oficina registral distinta a la del contrato de riesgo compartido, el registrador que extiende el asiento de conclusión y cierre de partida será competente para extender la anotación que deje constancia de dicha conclusión y cierre en la partida correspondiente a la concesión.

Para la inscripción de la acumulación el registrador procederá con la apertura de una nueva partida registral. Inscrita la acumulación, se procederá al cierre simultáneo de las partidas registrales involucradas mediante anotación que consigne la partida en la cual quedan acumuladas.

De existir concesiones acumuladas parcialmente, se inscribirá la reducción de área en la partida de las concesiones originarias. El asiento de inscripción deberá contener lo
establecido en el artículo 23 del mencionado reglamento, en cuanto le corresponda.

En caso que las concesiones acumuladas se encuentren inscritas en dos o más oficinas registrales, el registrador que efectúa la acumulación será competente para extender el asiento de cierre de partida registral o el asiento de reducción de área, según corresponda.

De encontrarse inscrita la concesión originaria en oficina registral distinta, el registrador competente para conocer el fraccionamiento o división de la concesión también tendrá competencia para extender el asiento de reducción de área, conforme a lo señalado en el artículo 10 del referido reglamento.

Con la modificación de artículos e incorporación de otros en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros se busca lo siguiente: (i) actualizar la organización de partidas registrales y contenido de asientos para adecuarlos al SIR Minero Web; (ii) optimizar el cómputo del plazo de vigencia de las anotaciones preventivas; (iii) eliminar actuaciones administrativas innecesarias como la transcripción íntegra de resoluciones; (iv) establecer la competencia
nacional del registrador para determinados actos; (v) incorporar actuaciones especializadas en acumulación, fraccionamiento, división y contrato de riesgo compartido; y (vi) armonizar disposiciones con el ordenamiento vigente.

Las modificaciones al Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros entrarán en vigencia a partir de hoy, 19 de mayo del 2026, con excepción de las disposiciones sujetas a aplicación progresiva conforme se detalla en el artículo 3 de la mencionada resolución. Conozca la norma aquí


SUNARP
Aprueban implementación del nuevo Sistema de Información Registral Minero Web

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos aprobó la implementación del nuevo Sistema de Información Registral Minero Web (SIR Minero Web), como plataforma tecnológica de uso institucional para el acceso y utilización por parte de la instancia registral competente en la calificación e inscripción de los actos inscribibles correspondientes al Registro de Derechos Mineros.

Fue mediante la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 00071-2026-SUNARP/SA con la cual se dispone el despliegue progresivo del nuevo Sistema de Información Registral Minero Web (SIR Minero Web) aprobado en las oficinas registrales competentes, conforme al siguiente cronograma:

1. A partir de hoy, 19 de mayo del 2026, en la Oficina Registral de Trujillo.
2. A partir del 27 de junio del 2026, en las demás Oficinas Registrales a nivel nacional. Conozca la norma aquí


JNE
Oficializan proclamación de resultados de la elección de Presidente y Vicepresidentes de la República realizada el 12 de abril del 2026 y la declaración que las fórmulas presidenciales de Fuerza Popular y Juntos por el Perú participarán en la segunda elección presidencial convocada para el 7 de junio del 2026  
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del lunes 18 de mayo del 2026)

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) oficializó la proclamación de resultados de la elección de Presidente y Vicepresidentes de la República realizada el 12 de abril del 2026 y la declaración que las fórmulas presidenciales de Fuerza Popular y Juntos por el Perú participarán en la segunda elección presidencial convocada para el 7 de junio del 2026.

Fue mediante la Resolución N° 1135-2026-JNE con la cual se proclama los siguientes resultados de dichos comicios:

ORGANIZACIÓN POLÍTICA

CANTIDAD DE VOTOS

PORCENTAJE VOTOS VÁLIDOS

PORCENTAJE VOTOS EMITIDOS

FUERZA POPULAR

2 877 678

17.192%

14.269%

JUNTOS POR EL PERÚ

2 015 114

12.039%

9.992%

RENOVACIÓN POPULAR

1 993 905

11.912%

9.887%

PARTIDO DEL BUEN GOBIERNO

1 837 517

10.978%

9.111%

PARTIDO CÍVICO OBRAS

1 698 903

10.150%

8.424%

PARTIDO PAÍS PARA TODOS

1 326 717

7.926%

6.578%

AHORA NACIÓN - AN

1 221 272

7.296%

6.056%

PRIMERO LA GENTE - COMUNIDAD, ECOLOGÍA, LIBERTAD Y PROGRESO

571 170

3.412%

2.832%

PARTIDO SICREO

560 792

3.350%

2.781%

PARTIDO FRENTE DE LA ESPERANZA 2021

307 880

1.839%

1.527%

PODEMOS PERÚ

266 768

1.594%

1.323%

PARTIDO POLÍTICO COOPERACIÓN POPULAR

214 779

1.283%

1.065%

ALIANZA PARA EL PROGRESO

192 516

1.150%

0.955%

PARTIDO APRISTA PERUANO

161 248

0.963%

0.800%

PARTIDO DEMOCRÁTICO SOMOS PERÚ

153 073

0.915%

0.759%

PARTIDO PATRIÓTICO DEL PERÚ

144 183

0.861%

0.715%

PARTIDO POLÍTICO PERÚ PRIMERO

143 908

0.860%

0.714%

ALIANZA ELECTORAL VENCEREMOS

140 174

0.837%

0.695%

UN CAMINO DIFERENTE

128 009

0.765%

0.635%

PARTIDO DEMÓCRATA UNIDO PERÚ

119 028

0.711%

0.590%

PARTIDO POLÍTICO NACIONAL PERÚ LIBRE

100 073

0.598%

0.496%

PARTIDO MORADO

82 196

0.491%

0.408%

UNIDAD NACIONAL

67 939

0.406%

0.337%

PROGRESEMOS

66 046

0.395%

0.327%

PARTIDO DEMÓCRATA VERDE

63 924

0.382%

0.317%

PARTIDO POLÍTICO INTEGRIDAD DEMOCRÁTICA

63 751

0.381%

0.316%

LIBERTAD POPULAR

40 870

0.244%

0.203%

AVANZA PAÍS - PARTIDO DE INTEGRACIÓN SOCIAL

32 585

0.195%

0.162%

PARTIDO POLÍTICO PERÚ ACCIÓN

31 710

0.189%

0.157%

FUERZA Y LIBERTAD

27 217

0.163%

0.135%

FE EN EL PERÚ

23 335

0.139%

0.116%

PARTIDO DEMOCRATICO FEDERAL

21 744

0.130%

0.108%

SALVEMOS AL PERÚ

17 648

0.105%

0.088%

PARTIDO POLÍTICO PRIN

14 566

0.087%

0.072%

PERÚ MODERNO

9 801

0.059%

0.049%

PARTIDO DE LOS TRABAJADORES Y EMPRENDEDORES PTE - PERÚ

0

0.000%

0.000%




ONPE
Modifican el Cronograma de las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados 2026
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del lunes 18 de mayo del 2026)

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) modificó el Cronograma de las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados 2026, mediante la Resolución de Gerencia General Nº 000005-2026-GG/ONPE.

Dicho cronograma queda establecido de la siguiente manera:

n.º

Hito

Fecha

Responsable

Convocatoria y organización

1

Convocatoria

06/03/2026

Municipalidad Provincial

2

Plazo máximo para el sorteo de miembros del Comité Electoral y su instalación

25/06/2026

Municipalidad Provincial

3

Jornada electoral

01/11/2026

Comité Electoral y Municipalidad Provincial

Padrón electoral

4

Cierre del padrón de electores

05/01/2026

Reniec

5

Plazo máximo para la recepción de observaciones a los padrones electorales remitidos a las municipalidades provinciales

29/05/2026

Reniec

6

Plazo máximo para la remisión final de padrón de electores a la municipalidad provincial

21/06/2026

Reniec

Candidaturas

7

Plazo máximo para la presentación de listas de candidaturas

14/07/2026

Ciudadanía

8

Publicación de diseño de cédula y procedimiento de ubicación de candidaturas

16/07/2026

Municipalidad Provincial

9

Plazo máximo para la publicación de listas de candidaturas para tachas

14/08/2026

Comité Electoral

10

Plazo máximo para la presentación de tachas a las candidaturas

17/08/2026

Ciudadanía

11

Plazo máximo para la resolución de tachas a las candidaturas

31/08/2026

Comité Electoral

12

Plazo máximo para el retiro de candidaturas o renuncias

02/09/2026

Ciudadanía

13

Plazo máximo para la publicación definitiva de candidaturas

11/09/2026

Comité Electoral

Miembros de mesa

14

Sorteo de miembros de mesa y publicación

21/08/2026

Comité Electoral

15

Plazo máximo para publicación del sorteo de miembros de mesa en lugares públicos del centro poblado

26/08/2026

Comité Electoral

16

Plazo máximo para presentación de tachas a miembros de mesa sorteados

29/08/2026

Ciudadanía

17

Publicación definitiva de miembros de mesa

02/09/2026

Comité electoral

18

Capacitación a miembros de mesa

Del 29/09/2026 al 31/10/2026

Comité Electoral




Miércoles 20 de mayo del 2026

MINISTERIO DEL INTERIOR
Disponen la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014 IN, para adecuarlo a las disposiciones de la Ley N° 32378 y fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas y consulta pública” y su exposición de motivos

El Ministerio del Interior dispuso la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014 IN, para adecuarlo a las disposiciones de la Ley N° 32378 y fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas y consulta pública” y de su Exposición de Motivos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/mininter).

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 0667-2026-IN con la cual se establece un plazo de quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de dicha Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, a fin de recibir las opiniones, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales en general.

Las opiniones, comentarios o recomendaciones podrán ser presentadas a través de la dirección de correo electrónico jalzad@mininter.gob.pe y la Mesa de Partes del Ministerio del Interior.

La Dirección General de Seguridad Ciudadana se encargará de la recepción, procesamiento y sistematización de las opiniones, comentarios o recomendaciones que se presenten al citado proyecto normativo. Conozca la norma aquí


PRODUCE
Declaran el 11 de junio de cada año como el “Día Nacional del Vino Peruano”

El Ministerio de la Producción (Produce) declaró el 11 de junio de cada año como el “Día Nacional del Vino Peruano”, mediante la Resolución Ministerial N° 000136-2026-PRODUCE.

De acuerdo con la norma, establecer una fecha fija para destacar la importancia del Vino Peruano en el desarrollo productivo empresarial permitirá fortalecer la promoción, planificación sectorial y su valoración cultural.

Además, se precisa que la celebración de dicho día constituye una muestra del reconocimiento a la historia, a la identidad cultural, a la diversidad de variedades patrimoniales y a la contribución socioeconómica del sector vitivinícola peruano al desarrollo del país, considerando que el
referido sector genera alrededor de 36,000 empleos. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 009-97-SA, y de su exposición de motivos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/mtpe), por el plazo de quince (15) días calendario, a efectos de recibir los comentarios, aportes y/u opiniones de las entidades públicas o privadas, los empleadores y trabajadores, o sus respectivas organizaciones, y la ciudadanía en general.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 106-2026-TR con lacual se precisa que la propuesta normativa modificatoria tiene por finalidad adecuar la mencionada norma reglamentaria a las modificaciones efectuadas por la Ley N° 32503 a la Ley 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, a fin de mejorar la cobertura de salud a favor de trabajadores de construcción civil.

La Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones será la responsable de la publicación en sede digital de la propuesta normativa modificatoria.

Los comentarios, aportes y/u opiniones sobre el proyecto normativo modificatorio y su exposición de motivos, podrán presentarse, con atención a la Dirección de Seguridad Social y Migración Laboral de la Dirección General de Trabajo: en la Mesa de Partes de la sede central del MTPE, ubicada en la avenida General Salaverry 655, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima; a través de la mesa de partes digital del MTPE, cuya dirección web es https://sgd.trabajo.gob.pe/appmesapartesenlinea/inicio; o, al correo electrónico acarrillos@trabajo.gob.pe.

La Dirección de Seguridad Social y Migración Laboral de la Dirección General de Trabajo será la encargada de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes y/u opiniones que se presenten. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban “Cronogramas del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte terrestre regular de personas para Lima y Callao”

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó los “Cronogramas del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte terrestre regular de personas para Lima y Callao”, mediante la Resolución Ministerial N° 251-2026-MTC/01.02.

Los Cronogramas aprobados por dicha resolución ministerial serán aplicables a los vehículos que a la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano se encuentren habilitados para prestar el servicio de transporte terrestre regular de personas por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU); y, siempre que cumplan lo establecido en la Vigésima Novena Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC.

La ATU efectuará la identificación de brechas de oferta y realizará el análisis por rutas, en concordancia con sus instrumentos de planificación, los cuales serán actualizados a efectos de minimizar la afectación a la oferta de transporte derivada de los Cronogramas aprobados. Para tal efecto, priorizará la continuidad del servicio mediante la reorganización de la oferta de transporte e incentivos para la incorporación progresiva de nueva flota vehicular.

Además, la ATU adecuará sus planes de fiscalización al control prioritario de las unidades que se retiran por antigüedad de acuerdo a los Cronogramas aprobados, promoviendo la prestación del servicio de transporte terrestre regular de personas por unidades debidamente autorizadas.


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Aprueban la Décima quinta convocatoria del año 2026 para el otorgamiento de 39 Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias en atención al Decreto Supremo N° 003-2026-PCM

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobó la décima quinta convocatoria del año 2026 para el otorgamiento de 39 Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias dirigida a igual número de potenciales beneficiarios constituidos por los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables, ante intensas precipitaciones pluviales, ubicadas en algunos distritos y provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Ayacucho y Cusco, en el marco de los Estados de Emergencia declarados por el Decreto Supremo N° 003-2026-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo N° 032-2026-PCM; y, los Decretos Supremos N° 019-2026-PCM, N° 025-2026-PCM, N° 031-2026-PCM y N° 035-2026-PCM.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 202-2026-VIVIENDA con la cual se precisa que el valor del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias es de S/ 500.00 (Quinientos y 00/100 Soles) y, se otorgará con periodicidad mensual por el plazo máximo de hasta dos años, para el arrendamiento de una vivienda ubicada en los departamentos de Amazonas, Áncash, Ayacucho y Cusco, según corresponda. Conozca la norma aquí


OSITRAN
Autorizan publicación para comentarios del Proyecto de “Reglamento de Requisitos de Calidad y Niveles de Servicio para Aeropuertos a Cargo de CORPAC S.A.”

El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran) autorizó la publicación para comentarios del Proyecto de “Reglamento de Requisitos de Calidad y Niveles de Servicio para Aeropuertos a Cargo de CORPAC S.A.” y sus anexos, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 0028-2026-CD-OSITRAN.

A la par, dispuso la publicación del proyecto de dicha norma reglamentaria en el Portal Institucional del Ositran ubicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www. gob.pe/ositran).

En ese contexto, estableció un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la citada publicación, para que los interesados puedan presentar sus comentarios o sugerencias al Proyecto de Reglamento; los cuales deberán ser remitidos al Ositran en su sede ubicada en Calle Los Negocios 182, Surquillo, Lima, o a través de su sede digital.

La Gerencia de Supervisión y Fiscalización se encargará de la sistematización y el análisis de los comentarios o sugerencias que se reciban respecto del Proyecto de Reglamento, así como de la elaboración de la propuesta final de aquel Reglamento. Conozca la norma aquí


SUNAT
Dispuso la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que uniformiza la obligación de proporcionar datos de contacto en el RUC, regula su validación, adopta medidas de seguridad para el ingreso a SUNAT Operaciones en Línea y facilita el trámite de cambio del tipo de contribuyente a través de SUNAT Virtual

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que uniformiza la obligación de proporcionar datos de contacto en el RUC, regula su validación, adopta medidas de seguridad para el ingreso a SUNAT Operaciones en Línea y facilita el trámite de cambio del tipo de contribuyente a través de SUNAT Virtual así como su exposición de motivos, en la sede digital de la S(www.sunat.gob.pe), por el plazo de quince (15) días calendario, para recoger las opiniones, comentarios y sugerencias del público.

Fue mediante la Resolución de Superintendencia N° 000089-2026/SUNAT con la cual se precisa que dicho proyecto de resolución de superintedencia modifica la Resolución de Superintendencia N° 210-2004/SUNAT para: a) uniformizar la obligación de proporcionar la dirección de correo electrónico y el número de teléfono móvil para todo sujeto obligado a inscribirse en el RUC, así como regular su validación, y b) aprobar nuevos formularios virtuales que facilitan la comunicación o actualización y/o modifi cación de datos del RUC por canales virtuales que impliquen el cambio de tipo de contribuyente y la baja de comprobantes de pago, de ser el caso, de persona natural sin negocio a con negocio y viceversa, vinculados con el inicio de actividades
empresariales o como trabajador independiente, según corresponda.

Asimismo, modifica la Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT para adecuarla a las modificaciones antes señaladas; y la Resolución de Superintendencia N° 109-2000/SUNAT para establecer que para la generación del código de usuario y/o la clave SOL en SUNAT Virtual o en el aplicativo a que hace referencia su artículo 3-C deberá validarse la dirección de correo electrónico y el número de teléfono móvil registrado en el RUC y que la Sunat podrá establecer las medidas de seguridad que garanticen la identidad del usuario que accede a SUNAT Operaciones en Línea.

Las opiniones, comentarios y sugerencias del público podrán presentarse en la Mesa de Partes de la Sunat, ubicada en la avenida Garcilaso de la Vega N° 1472, Cercado de Lima; en los Centros de Servicios al Contribuyente de la Sunat a nivel nacional y en la Mesa de Partes Virtual - SUNAT; o enviarse a la siguiente dirección de correo electrónico: RCORDOVA@sunat.gob.pe, teniendo en cuenta que la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos estará a cargo de su recepción, sistematización y análisis. Conozca la norma aquí


RENIEC
Amplió el alcance de la gratuidad de los procedimientos de inscripción por primera vez, renovación, duplicados, actualización de imágenes y rectificación de datos, según corresponda para menores de edad

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) amplió el alcance de la gratuidad de los procedimientos de inscripción por primera vez, renovación, duplicados, actualización de imágenes y rectificación de datos, según corresponda para menores de edad, mediante la Resolución Jefatural N° 000055-2026/JNAC/RENIEC.

Para tal efecto, se modifica el cuadro correspondiente al “Grupo 1” del artículo segundo de la Resolución Jefatural N° 000213-2025/JNAC/RENIEC de acuerdo con lo siguiente:

GRUPO DE ATENCIÓN

POBLACIÓN POTENCIAL

Grupo 1

Menores de 0 a 16 años que realizan trámites de inscripción y la emisión del DNI electrónico en las Oficinas Registrales Auxiliares.

Menores de 03 años que realizan trámites de inscripción y la emisión de DNI electrónico en centros de atención de la Dirección de Servicios Registrales y OREC Automatizadas.




CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32601: Declaran de interés nacional la protección, promoción, difusión y conservación de la danza de los negritos del distrito de Cotaparaco, provincia de Recuay, departamento de Áncash
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 19 de mayo del 2026)

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32601, Ley que declara de interés nacional la protección, promoción, difusión y conservación de la danza de los negritos del distrito de Cotaparaco, provincia de Recuay, departamento de Áncash.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, se declara de interés nacional la protección, promoción, difusión y conservación de la danza de los negritos del distrito de Cotaparaco, provincia de Recuay, departamento de Áncash, omo manifestación cultural y expresión de la identidad local y nacional. 

Para este fin, el Ministerio de Cultura coordinará con la Municipalidad Distrital de Cotaparaco y la Municipalidad Provincial de Recuay las acciones que correspondan, en el contexto de sus funciones y competencias. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32602: Reconocen y fortalecen el Servicio de Formación del Talento Musical en la Universidad Nacional de Música
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 19 de mayo del 2026)

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32602, Ley que reconoce y fortalece el Servicio de Formación del Talento Musical en la Universidad Nacional de Música.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, se reconoce y fortalece el Servicio de Formación del Talento Musical (SFTM) como componente estructural del modelo educativo institucional de la Universidad Nacional de Música (UNM), garantizando su continuidad, sostenibilidad y articulación con las políticas nacionales de educación y cultura.

De esta manera se busca promover la formación musical integral desde las edades tempranas hasta los niveles superiores, en concordancia con la naturaleza, los fines y la autonomía académica de la UNM.

En ese contexto, el SFTM brindará formación musical integral a niños, adolescentes y jóvenes con aptitudes artísticas destacadas, preparándolos para continuar estudios profesionales de nivel superior en la UNM, conforme a su modelo educativo, estatuto y reglamentos internos.

Esto teniendo en cuenta que el SFTM formará parte de la función de extensión cultural y responsabilidad social universitaria prevista en el artículo 124 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32603: Crean la Universidad Nacional Autónoma Húsares de Junín
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 19 de mayo del 2026)

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32603, Ley que crea la Universidad Nacional Autónoma Húsares de Junín.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, se crea la Universidad Nacional Autónoma Húsares de Junín como persona jurídica de derecho público, sobre la base del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público San Ignacio de Loyola y del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Humberto Yauri Martínez, ambos con sede en la ciudad de Junín del distrito de Junín de la provincia de Junín del departamento de Junín.

Constituirán fines de la Universidad Nacional Autónoma Húsares de Junín, además de los establecidos en la Ley N° 30220, Ley Universitaria, los siguientes:

a) Atender las necesidades de formación profesional, investigación científica y tecnológica, y extensión universitaria en todos los ámbitos de su actividad académica.
b) Propender al desarrollo sostenible de la provincia de Junín y de su área de influencia, la conservación del equilibrio ecológico y la preservación de un ambiente saludable.
c) Contribuir a la elevación y mejoramiento de la producción y productividad de las actividades económicas de la provincia de Junín y del departamento de Junín.

Las carreras profesionales que ofrecerá la Universidad Nacional Autónoma Húsares de Junín serán las siguientes:

a) Ingeniería Civil
b) Ingeniería de Energías Renovables y Gestión Ambiental
c) Ingeniería Agroindustrial y Alimentaria
d) Zootecnia
e) Ingeniería de Sistemas e Informática
f) Administración y Negocios Internacionales
g) Contabilidad
h) Enfermería

Este listado no es taxativo y podrá ampliarse de acuerdo con las necesidades y la demanda educativa de la provincia de Junín del departamento de Junín. Conozca lanorma aquí


Jueves 21 de mayo del 2026

PODER EJECUTIVO
Prorrogan por 60 días el Estado de Emergencia en 12 distritos y 8 centros poblados de provincias pertenecientes a los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Junín y Cusco

El Poder Ejecutivo prorrogó por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 26 de mayo del 2026, el Estado de Emergencia declarado en doce (12) distritos y ocho (8) centros poblados de provincias pertenecientes a los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Junín y Cusco, así como en la franja territorial denominada “Eje Energético del Gas de Camisea" la cual abarca una distancia de ocho (8) kilómetros a cada lado del Sistema de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural, desde el Centro Poblado Nuevo Mundo en el distrito de Megantoni, de la provincia de La Convención, departamento de Cusco, hasta el distrito de Anco en la provincia de La Mar, departamento de Ayacucho.

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 077-2026-PCM, con el cual se detalla aquellos distritos y centros poblados, describiéndose la referida franja y se prorroga también por el mismo lapso el Estado de Emergencia declarado en la franja territorial denominada “Corredor Operacional Fluvial - Terrestre del Ene”; que abarca un espacio territorial hacia ambas márgenes del Río Ene, con los límites que se detallan.

Por ende, se prorroga por el plazo antes indicado las medidas dictadas en los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, la Primera, Segunda y Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 012-2026-PCM, con el objeto de consolidar la intervención articulada del gobierno nacional en la zona del VRAEM.

El Comando Especial VRAEM (CE VRAEM), por conducto regular, informará al titular del Ministerio de Defensa los resultados obtenidos durante la vigencia del Estado de Emergencia y a su culminación. El informe final será elevado a la Presidencia de la República y al Congreso de la República. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Aprueban los “Lineamientos para que los Gobiernos Regionales informen sobre la adquisición, stock en sus almacenes, distribución y atención de Bienes de Ayuda Humanitaria – BAH, en el marco de las emergencias registradas en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (SINPAD)”

El Poder Ejecutivo aprobó los “Lineamientos para que los Gobiernos Regionales informen sobre la adquisición, stock en sus almacenes, distribución y atención de Bienes de Ayuda Humanitaria – BAH, en el marco de las emergencias registradas en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (SINPAD)”,- mediante la Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres N° 001-2026-PCM/SGRD.

Por ende, dispuso la publicación de los lineamientos aprobados en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) y del Instituto Nacional de Defensa Civil (wvvw.gob.pe/indeci).  Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Declaran de interés nacional la organización y realización de la 60ª Asamblea Anual de la Federación Latinoamericana de Bancos (FELABAN) en Perú durante el año 2026

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) declaró de interés nacional la organización y realización de la 60ª Asamblea Anual de la Federación Latinoamericana de Bancos (FELABAN), que se desarrollará en la ciudad de Lima, los días 3, 4, 5 y 6 de noviembre de 2026.

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 092-2026-EF, ccon el cual se precisa que dicho portafolio ejercerá la coordinación intersectorial del Estado en el contexto de sus competencias, en articulación con la Asociación de Bancos del Perú (ASBANC), como entidad promotora y organizadora, y con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Superintendencia Nacional de Migraciones y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), conforme a lo establecido en la Ley Nº 31816.

Los organismos públicos de los diversos sectores y niveles de gobierno, dentro de sus respectivas competencias, participarán de manera conjunta y coordinada para asegurar el éxito de la 60ª Asamblea Anual de la Federación Latinoamericana de Bancos (FELABAN). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Incorporan a las Empresas de Arrendamiento Financiero no comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, como sujetos obligados a informar a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú)

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) incorporó como sujetos obligados a informar a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), conforme a lo previsto en el párrafo 3.3 del artículo 3 de la Ley Nº 29038, Ley que incorpora la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-PERÚ) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a las Empresas de Arrendamiento Financiero no comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros.

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 008-2026-JUS con el cual se establece que dichas empresas serán supervisadas en materia de prevención del lavado de activos (LA) y del financiamiento del terrorismo (FT) por la UIF-Perú.

De esta manera se busca que las Empresas de Arrendamiento Financiero no comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley Nº 26702, tengan la obligación de implementar un sistema de prevención del LA y del FT para evitar que sean utilizadas para estas actividades.

Por tanto, se incorpora como sujetos obligados a informar a la UIF-Perú, conforme a lo previsto en el párrafo 3.3 del artículo 3 de la Ley Nº 29038, a las Empresas de Arrendamiento Financiero no comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley Nº 26702. Conozca la norma aquí


INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Aprueban “Guía de Práctica Clínica para el tratamiento del cáncer de mama en estadios tempranos” en su versión extensa

El Instituto Nacional de Salud (INS) aprueban la Guía Técnica N° 007-INS/CETS-2026. Vs.01: “Guía de Práctica Clínica para el tratamiento del cáncer de mama en estadios tempranos” en su versión extensa, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000098-2026-INS/PE.

Por ende, se encarga al Centro de Evaluación de Tecnologías Sanitarias la difusión de la citada Guía de Práctica Clínica y a la Unidad de Comunicación e Imagen Institucional del INS proceda a publicarla en el Portal Institucional del INS (www.gob.pe/ins). Conozca la norma aquí


INEI
Autorizan la ejecución de la “Encuesta Nacional Agropecuaria 2026”, a nivel nacional y en la Provincia Constitucional del Callao

El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) autorizó la ejecución de la “Encuesta Nacional Agropecuaria 2026”, a nivel nacional y en la Provincia Constitucional del Callao, dirigida a productores agropecuarios y empresas agropecuarias, que conducen las unidades agropecuarias seleccionadas a nivel nacional, en la modalidad de entrevista directa en la misma unidad agropecuaria y la modalidad de auto diligenciamiento mediante Cuestionario web.

Fue mediante la Resolución Jefatural N° 127-2026-INEI con la cual se precisa que la “Encuesta Nacional Agropecuaria 2026”, será conducida por la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, y deberá cumplir con las siguientes características:

a) “Productores agropecuarios”, comprende las unidades agropecuarias con superficie agrícola y los productores que las conducen, es decir que tienen a su cargo la conducción técnica y económica de una unidad agropecuaria.
b) “Empresas agropecuarias”, comprende las unidades agropecuarias del país que son empresas agrícolas, empresas pecuarias (granjas avícolas, porcinas y cuyes, establos lecheros, centros de engorde de ganado vacuno) y, por excepción, las personas naturales con crianza y cultivos de manejo especializado.

No formarán parte del estudio las unidades agropecuarias que son comunidades campesinas y nativas.

Por tanto elINEI también aprobó los Cuestionarios de la referida Encuesta, los que estarán disponibles en la página WEB del INEI (www. inei.gob.pe), desde el día de la publicación de la mencionada Resolución.

La encuesta autorizada se ejecutará en el periodo comprendido entre los meses de mayo a noviembre del año 2026, empleando la modalidad de entrevista directa en la misma unidad agropecuaria y la modalidad de auto diligenciamiento mediante Cuestionario web. Conozca la norma aquí


Viernes 22 de mayo del 2026

Gobierno amplía medidas de seguridad en Trujillo y Virú

El Gobierno prorrogó el Estado de Emergencia en las provincias de Trujillo y Virú, en la región La Libertad, y declaró esta misma medida en la provincia de Chepén por un periodo de 60 días calendario, a partir del 26 de mayo de 2026, con el objetivo de enfrentar la criminalidad y otras situaciones de violencia.

La disposición fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.° 078-2026-PCM, publicado por el Poder Ejecutivo. Según la norma, la Policía Nacional del Perú continuará a cargo del control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas en las zonas consideradas críticas, determinadas a partir de labores de inteligencia, estadísticas y mapas del delito.

Durante la vigencia del Estado de Emergencia se restringirán algunos derechos constitucionales vinculados a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito, libertad de reunión y seguridad personal, conforme a lo establecido en el artículo 137 de la Constitución Política del Perú.

Asimismo, las actividades religiosas, culturales, deportivas y otros eventos públicos masivos deberán contar con autorización previa de las autoridades competentes. Las actividades no masivas podrán desarrollarse sin necesidad de permiso especial.

El decreto también establece que las intervenciones de la Policía y las Fuerzas Armadas deberán realizarse respetando las normas sobre uso de la fuerza y los protocolos de protección a personas en condición de vulnerabilidad.

Finalmente, el Ejecutivo dispuso que, al culminar el periodo de emergencia, el Comando de Coordinación Operativa Unificada presente un informe con los resultados obtenidos y las recomendaciones correspondientes ante las principales instituciones del Estado.


Gobierno modifica reglamento y fortalece acceso laboral de deportistas de alto nivel

El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Supremo N.° 006-2026-MINEDU, que modifica el artículo 6 del Reglamento de la Ley N.° 27674, norma que regula el acceso de deportistas de alto nivel a la administración pública. La medida adecúa el reglamento a las recientes modificaciones introducidas por la Ley N.° 31958 y precisa la vigencia del reconocimiento otorgado a los atletas destacados.

La nueva redacción establece que el reconocimiento de “Deportista Calificado de Alto Nivel” será otorgado por el Instituto Peruano del Deporte (IPD), en coordinación con las Federaciones Deportivas Nacionales, el Comité Olímpico Peruano (COP) y la Asociación Nacional Paralímpica del Perú (ANPPERÚ), según corresponda. Asimismo, se dispone que la acreditación tendrá una vigencia de cuatro años.

Durante dicho período, los deportistas podrán presentar esta acreditación ante entidades de la administración pública y otras instituciones comprendidas en el reglamento, a fin de acceder a plazas vacantes bajo los beneficios previstos por la Ley N.° 27674.

La norma se sustenta en el marco constitucional y en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, que faculta al Gobierno a reglamentar leyes y adecuar disposiciones vigentes. Además, toma como referencia la Ley del Deportista de Alto Nivel y la Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte.



Publican nueva lista oficial de mercancías autorizadas en Zona Comercial de Tacna

El Poder Ejecutivo aprobó la nueva lista de subpartidas nacionales de mercancías que podrán ingresar para su comercialización a la Zona Comercial de Tacna, mediante el Decreto Supremo Nº 094-2026-EF, publicado en el diario oficial El Peruano.

La norma actualiza y amplía el listado de bienes autorizados a ingresar a través de los depósitos francos de la Zona Franca de Tacna (ZOFRATACNA), conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27688, Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna. El objetivo es fortalecer el desarrollo económico, comercial y tecnológico de la región mediante mayores incentivos para la inversión y el comercio.

De acuerdo con el decreto, la nueva relación comprende un total de 1,618 subpartidas nacionales. Esta cifra incorpora 61 nuevas subpartidas respecto al listado aprobado anteriormente por el Decreto Supremo Nº 347-2021-EF. Además, se realizó la adecuación correspondiente al Arancel de Aduanas 2022.

Las mercancías autorizadas para su comercialización en la Zona Comercial de Tacna mantienen beneficios tributarios como la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV), Impuesto de Promoción Municipal (IPM) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), debiendo pagar únicamente un arancel especial, según lo establecido por la legislación vigente.

La ampliación fue propuesta por el Comité de Administración de la ZOFRATACNA y coordinada entre el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Ministerio de la Producción.

El Decreto Supremo y su Anexo serán publicados en las plataformas digitales oficiales del Estado, incluyendo los portales del MEF, Mincetur y Produce.


SUNARP moderniza consultas legales con IA “JULIO”

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos aprobó la implementación del Módulo de Consulta de Precedentes de Observancia Obligatoria y Acuerdos del Tribunal Registral, así como el Módulo de Consulta de Resoluciones de la Dirección Técnica Registral, como nuevos componentes de la plataforma de inteligencia artificial “JULIO”. La medida fue oficializada mediante la Resolución N.° 00072-2026-SUNARP/SN.

Con esta decisión, la entidad busca fortalecer el acceso a la información registral y facilitar la consulta especializada de criterios y resoluciones emitidas por el sistema registral peruano. Ambos módulos estarán disponibles para operadores registrales de todo el país y también para ciudadanos, abogados, notarios y demás usuarios, a través de los Servicios en Línea de la Sunarp.

La resolución autoriza además el pase a producción de estas herramientas digitales, integradas a la plataforma IA “JULIO”, creada en 2024 para modernizar y optimizar los servicios registrales mediante el uso de inteligencia artificial.

Asimismo, la Sunarp aprobó los manuales de usuario de ambos módulos, los cuales podrán ser consultados públicamente en la sede digital institucional. La Dirección Técnica Registral, en coordinación con las Zonas Registrales, deberá desarrollar acciones de difusión y capacitación para garantizar el adecuado uso de las nuevas herramientas tecnológicas en todo el territorio nacional.

La norma establece que los módulos entrarán en vigencia el 30 de mayo de 2026, fecha desde la cual estarán plenamente operativos para consultas especializadas en materia registral.


Produce oficializa el “Pescador Artesanal del Año 2026”

El Ministerio de la Producción oficializó el evento “Pescador Artesanal del Año 2026”, que se desarrollará a nivel nacional el próximo 29 de junio, conforme a la Resolución Ministerial N.° 000142-2026-PRODUCE publicada en el Diario Oficial El Peruano. La medida busca reconocer la labor de los pescadores artesanales y su aporte a la producción pesquera, la seguridad alimentaria y el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos en el país.

La resolución encarga a la Dirección General de Pesca Artesanal, dependiente del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, la organización y coordinación del evento, así como la aprobación de medidas complementarias mediante resolución directoral para garantizar su ejecución.

La norma recuerda que el Ministerio de la Producción tiene competencias exclusivas en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, y competencias compartidas con gobiernos regionales y locales respecto de la pesca artesanal. 

Asimismo, destaca que la Ley General de Pesca establece que el Estado debe promover el desarrollo de la actividad pesquera artesanal mediante capacitación, transferencia tecnológica e incentivos.

La actividad, de esta forma, tiene como finalidad reconocer a los agentes de la pesca artesanal por su contribución al abastecimiento alimentario y fomentar buenas prácticas pesqueras y la conservación de los recursos marinos y continentales.


Sábado 23 de mayo del 2026

Gobierno aprueba plan de Seguridad y Defensa al 2030

El Ejecutivo aprobó el Plan Estratégico Multisectorial que implementa la Política Nacional Multisectorial de Seguridad y Defensa Nacional al 2030, mediante el Decreto Supremo Nº 079-2026-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano. La norma busca fortalecer la articulación de las entidades públicas responsables de la seguridad y defensa nacional en los tres niveles de gobierno.

El objetivo principal es establecer las previsiones necesarias para ejecutar los servicios contemplados en la política nacional, así como definir acuerdos e insumos clave para su implementación progresiva. El plan aprobado será de cumplimiento obligatorio para todos los componentes del Sistema de Defensa Nacional regulados por el Decreto Legislativo Nº 1129.

Su ejecución además estará a cargo de las entidades competentes en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN), las cuales deberán coordinar acciones con la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional (SEDENA) para garantizar el cumplimiento de las metas y plazos establecidos.

Asimismo, la norma dispone que el seguimiento y evaluación de las acciones previstas también se realizarán bajo la coordinación de la SEDENA, con el fin de supervisar el avance de las medidas implementadas.


El decreto fue refrendado por la Presidencia del Consejo de Ministros y los ministerios vinculados a relaciones exteriores, defensa, economía, interior y justicia.


Aprueban reglas para Juegos Escolares y Paradeportivos 2026 a nivel nacional

El Ministerio de Educación aprobó las Bases Generales de los Juegos Escolares Deportivos y Paradeportivos (JEDPA) 2026 mediante la Resolución Viceministerial N.° 092-2026-MINEDU, con el objetivo de fortalecer la práctica deportiva y la inclusión de estudiantes a nivel nacional.

La norma establece que las bases forman parte integrante de la resolución y serán de cumplimiento obligatorio para las Direcciones Regionales de Educación, las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), las instituciones educativas públicas y privadas, así como para el Instituto Peruano del Deporte (IPD), en el marco de sus respectivas competencias.

Asimismo, se encarga a la Dirección de Educación Física y Deporte del Minedu la difusión y promoción de los JEDPA 2026 a través de la sede digital institucional y de las redes sociales oficiales, a fin de garantizar una amplia participación de escolares en las distintas disciplinas deportivas y paradeportivas contempladas en el certamen.

La resolución también dispone la publicación oficial de la norma y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE) y en el diario oficial El Peruano, asegurando el acceso público a las disposiciones aprobadas para la organización de los juegos escolares del próximo año.


Nueva plataforma del MIMP ofrecerá orientación digital y atención las 24 horas

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) oficializó la creación de la Plataforma Integrada de Orientación y Atención mediante la Resolución Ministerial N.° 000282-2026-MIMP, con el objetivo de fortalecer la atención ciudadana a través de canales no presenciales y mejorar el acceso a información especializada sobre los servicios de la entidad.

La nueva plataforma funcionará como un mecanismo integrado que articulará los distintos canales virtuales y remotos del sector, permitiendo brindar orientación, información y derivación de consultas de manera más rápida y eficiente. Según la norma, la finalidad es garantizar a la ciudadanía acceso oportuno a información confiable y especializada, además de optimizar la calidad de la atención en los servicios del MIMP.

La resolución establece que la Oficina General de Tecnologías de la Información asumirá la implementación tecnológica, operatividad y soporte del sistema, mientras que la Oficina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documental estará a cargo de su administración funcional y actualización de contenidos. Asimismo, la Oficina de Modernización Institucional definirá mecanismos de clasificación y filtrado de información.

La plataforma atenderá mediante llamadas telefónicas, plataformas digitales, servicios virtuales y herramientas de mensajería. Además, promoverá el uso de asistencia automatizada para responder consultas de forma inmediata y continua, sin excluir la atención personalizada cuando sea necesaria.

La implementación será progresiva y no demandará recursos adicionales al Tesoro Público. También se prevé la integración gradual de las líneas telefónicas de atención del MIMP en una central única de orientación ciudadana.


Reniec autoriza uso de DNI vencido para votar en segunda vuelta del 7 de junio 

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) emitió una resolución jefatural 000057-2026 que prorroga de manera excepcional la vigencia del Documento Nacional de Identidad (DNI) que se encuentra vencido o por vencer hasta el 7 de junio de 2026, con el objetivo de que los ciudadanos puedan utilizar dicho documento para ejercer su derecho al voto en la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2026.

Esta medida surtirá efecto solo para el ejercicio de la votación; es decir, solo el domingo 7 de junio de 2026, día en el que se elegirá al presidente de la República del Perú, se podrá utilizar el DNI vencido, en cualquiera de sus versiones, para sufragar.

Para oficializar la disposición y se pondrá en conocimiento al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para las acciones correspondientes de acuerdo a sus funciones.

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