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  • de mayo de 2026

Derecho

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Atención, personas naturales sin negocio

Reglas para declarar Renta 2025

Cronograma de vencimientos para cumplir con la obligación empieza a regir.

Aunque el formulario está disponible desde marzo, hay contribuyentes que aún no saben si están obligados a declarar o si incluso podrían recibir una devolución de impuestos.

Al respecto, la tributarista Sofía Chirinos explicó que el formulario incluye data precargada sobre ingresos, retenciones y pagos, por lo que es importante revisar y corregir los datos antes de enviarlo.

Obligados

Deben presentar la declaración quienes hayan tenido ingresos por alquileres, venta de acciones u otros bienes, trabajo independiente, trabajo dependiente o ingresos del extranjero y hayan determinado un monto pendiente de pago ante la Sunat.

Esta obligación alcanza además a las personas que obtuvieron un saldo a favor al calcular el impuesto a la renta (IR) o a quienes buscan atribuir gastos de alquiler a su cónyuge o conviviente.

“Deben presentar la declaración quienes arrastren saldos a favor de años anteriores pendientes de devolución”, precisó Chirinos, abogada de Editorial Economía y Finanzas (EEF).

Aclaró que los no domiciliados que obtienen ingresos de fuente peruana no están obligados a declarar.

Multas

Como el vencimiento depende del último dígito del RUC, si termina en 0 vence este 27 de mayo; si termina en 1, el 28 de mayo, y así sucesivamente hasta el 9 de junio.

En el caso de buenos contribuyentes y personas no obligadas a inscribirse en el RUC, el plazo para declarar vence el 10 de junio.

Chirinos advirtió que no presentar la declaración dentro del plazo establecido puede generar una multa equivalente al 50 % de una UIT, es decir 2,750 soles.

Deducciones

Además de la deducción fija de 7 UIT, los contribuyentes pueden descontar hasta 3 UIT adicionales por determinados gastos sustentados y bancarizados. Entre ellos alquileres de inmuebles, honorarios de médicos, odontólogos, psicólogos y nutricionistas, aportes a EsSalud por trabajadores del hogar y consumos en hoteles y restaurantes.

Chirinos explicó que también pueden deducirse donaciones a entidades sin fines de lucro autorizadas, aunque con límites establecidos por ley.

Saldo a favor

Si al presentar la declaración el contribuyente pagó impuestos en exceso podrá solicitar una devolución mediante el Formulario Virtual N.° 1649. “Esto puede ocurrir cuando el empleador realizó retenciones mayores a las que correspondían o cuando las deducciones generan un saldo a favor”, indicó Chirinos. 

En caso de que el resultado sea una deuda pendiente de pago, se puede solicitar aplazamiento o fraccionamiento ante la Sunat. Según Chirinos este beneficio permite pagar hasta en 36 cuotas y postergar el inicio del pago hasta por seis meses.