El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy sábado 30 de mayo del 2026
Ley 32618 incorpora a docentes de penales y universidades públicas a la Reforma Magisterial
El Congreso de la República promulgó la Ley N.° 32618, norma que modifica la Ley de Reforma Magisterial (Ley N.° 29944) con el propósito de incorporar a los docentes que laboran en instituciones educativas de educación básica y técnico-productiva ubicadas en establecimientos penitenciarios, así como a profesores de universidades públicas, dentro de los alcances de la Carrera Pública Magisterial.
La modificación del artículo 1 de la Ley 29944 amplía el ámbito de aplicación de la norma para incluir a los profesores que prestan servicios en entidades administradas por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), y en universidades públicas. Con ello, estos profesionales accederán al régimen que regula derechos, deberes, evaluación, formación continua, remuneraciones, estímulos e incentivos establecidos para el magisterio nacional.
La ley dispone que los docentes nombrados bajo el Decreto Legislativo 276 y la Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria sean incorporados de manera excepcional a la Carrera Pública Magisterial, considerando sus años de servicio. De esta forma, quienes registren entre uno y tres años serán ubicados en la Primera Escala Magisterial; de cuatro a diez años, en la Segunda Escala; y con once años o más, en la Tercera Escala.
Asimismo, se establece que el Ministerio de Educación asumirá la rectoría de los procesos de ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos de los docentes del INPE, en coordinación con los gobiernos regionales. Por su parte, el instituto penitenciario participará en la determinación de plazas y perfiles requeridos.
En materia presupuestaria, la implementación de la norma durante el presente ejercicio fiscal será financiada con recursos institucionales del INPE, sin demandar fondos adicionales al Tesoro Público. Además, el Poder Ejecutivo deberá adecuar el reglamento de la Ley de Reforma Magisterial y las normas complementarias correspondientes en un plazo máximo de 120 días calendario.
Gobierno aprueba Plan Multisectorial ante Sismos y peligros asociados para el periodo 2026-2028
El Poder Ejecutivo aprobó el “Plan Multisectorial ante Sismos y peligros asociados 2026-2028” mediante el Decreto Supremo N.° 082-2026-PCM, con el objetivo de fortalecer la coordinación y articulación de las acciones del Estado frente a eventos sísmicos y riesgos conexos en los distritos priorizados del país.
La norma dispone que los ministerios y organismos públicos involucrados ejecuten, dentro de sus competencias, las medidas necesarias para la implementación del plan, el cual busca optimizar la capacidad de respuesta, prevención y gestión del riesgo de desastres. El documento forma parte integrante del decreto como anexo oficial.
En materia presupuestal, el Ejecutivo precisó que las acciones contempladas serán financiadas con los recursos disponibles de cada entidad participante, sin generar demandas adicionales al Tesoro Público.
Asimismo, se encargó a la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) el seguimiento del cumplimiento de las metas previstas. Para ello, los sectores involucrados deberán remitir, en un plazo de quince días calendario desde la publicación de la norma, sus cronogramas de ejecución, así como reportes periódicos sobre el avance físico y financiero de las intervenciones programadas.
El decreto también establece que el Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial informará semestralmente al Consejo de Ministros sobre los avances del plan y promoverá su difusión a través de la Plataforma Digital Única del Estado.
Gobierno actualiza Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje para el 2026
El Poder Ejecutivo aprobó la actualización del “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2025-2027” para el año 2026, mediante la publicación del Decreto Supremo N.° 083-2026-PCM. La medida busca fortalecer las acciones de prevención y respuesta frente a los efectos de las bajas temperaturas y los eventos de friaje que afectan a diversas regiones del país.
La norma incorpora tres nuevos anexos al plan aprobado originalmente por el Decreto Supremo N.° 009-2025-PCM. Estos comprenden la identificación de los distritos focalizados en zonas de heladas y friaje para la programación 2026, así como el presupuesto destinado a la ejecución de las intervenciones previstas durante dicho periodo.
De acuerdo con el decreto, las acciones contempladas serán financiadas con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin generar demandas adicionales al Tesoro Público. De esta manera, los sectores participantes deberán ejecutar las medidas programadas con los recursos ya asignados en sus respectivos pliegos presupuestales.
Asimismo, se establece que la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) será responsable de supervisar el cumplimiento de las intervenciones y metas previstas en la actualización del plan.
La disposición también ordena la publicación del decreto y sus anexos en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y en los portales institucionales de los ministerios que lo refrendan.
El decreto cuenta con el refrendo de la Presidencia del Consejo de Ministros y de diversos sectores, entre ellos Salud, Educación, Desarrollo Agrario, Vivienda, Transportes, Energía y Minas, Ambiente, Interior, Defensa y Desarrollo e Inclusión Social.
Entró en vigor para el Perú el Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales
Desde el 28 de abril de 2020 se encuentra en vigor, tanto a nivel internacional como para el Perú, el Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, instrumento internacional adoptado el 24 de junio de 2012 durante la Conferencia Diplomática celebrada en la ciudad de Beijing, China.
La adhesión del Estado peruano se concretó mediante la Resolución Legislativa N.° 30775, que aprobó el tratado, y su posterior ratificación a través del Decreto Supremo N.° 025-2018-RE, publicado el 25 de junio de 2018.
Este tratado fortalece la protección de los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes en el ámbito audiovisual, otorgándoles reconocimiento y garantías sobre sus interpretaciones y ejecuciones fijadas en producciones audiovisuales.
Entre sus disposiciones principales, establece que las Partes Contratantes deberán conceder la protección prevista en el tratado a los artistas que sean nacionales de otros Estados adheridos. Asimismo, dispone que aquellos artistas que no tengan la nacionalidad de una Parte Contratante, pero mantengan residencia habitual en uno de esos Estados, recibirán el mismo trato que los nacionales para efectos de la aplicación de sus disposiciones.