• SÁBADO 30
  • de mayo de 2026

Economía

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Plazo para obtener adecuación ambiental de actividades turísticas se amplió hasta el 2030

Mincetur aprueba decreto supremo que garantiza facilidades para tramitar la adecuación ambiental de las actividades turísticas en curso.

La medida, oficializada mediante el Decreto Supremo n.° 006-2026-MINCETUR, permitirá que los titulares de actividades turísticas que no cuentan con un Instrumento de Gestión Ambiental (IGA) aprobado puedan regularizar su situación ambiental mediante la presentación del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) o del Plan de Adecuación Ambiental en Turismo (PAAT), según corresponda, hasta el 2 de junio de 2030.

El RGAST establecía un plazo máximo de tres años para dicho proceso, el cual vencía el 1 de junio de 2026. En ese sentido, la ampliación aprobada responde a la necesidad de facilitar el cumplimiento progresivo de la normativa ambiental, considerando que un número importante de administrados aún no había iniciado su proceso de adecuación.

Asimismo, el decreto supremo incorpora disposiciones específicas para aquellos titulares que, contando con un IGA aprobado, hayan ejecutado ampliaciones o modificaciones sin aprobación, estableciendo los mecanismos que permitan su regularización conforme al marco normativo vigente.

Esta norma recoge los aportes de los actores del sector Turismo y de la ciudadanía, recibidos durante el proceso de prepublicación, así como las preocupaciones planteadas por gremios nacionales, quienes identificaron limitaciones técnicas, operativas y administrativas que dificultaban culminar adecuadamente los procesos de adecuación ambiental dentro del plazo originalmente establecido.

Con esta aprobación, el Mincetur reafirma su compromiso con una gestión ambiental responsable del turismo, promoviendo el desarrollo sostenible de la actividad turística, la protección del ambiente y el bienestar de las comunidades locales a nivel nacional.

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