La norma, publicada en el Diario Oficial El Peruano, busca mitigar el impacto negativo del incremento sostenido en el precio de los combustibles, situación que actualmente afecta la sostenibilidad financiera de las empresas operadoras y pone en riesgo la eficiencia del servicio para los usuarios.
Mediante este decreto, se autoriza de manera temporal y excepcional la creación del "Subsidio para la Estabilidad y Continuidad Operativa (ECO)", el cual estará bajo la administración de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU).
Este mecanismo tiene como finalidad directa reducir los costos operativos de las empresas de transporte que brindan servicios bajo el régimen excepcional, asegurando que los ciudadanos no se vean afectados por interrupciones en sus desplazamientos diarios.
Para acceder a este beneficio económico, las empresas operadoras deberán cumplir obligatoriamente con ciertos requisitos formales. Entre ellos, contar con una autorización vigente en el Registro del Servicio Público de Transporte Regular de la ATU y mantener su Registro Único de Contribuyente (RUC) en estado activo y en condición de habido. Estas medidas buscan asegurar la formalidad y legalidad de las empresas beneficiadas.
Asimismo, a nivel vehicular, se exige que las unidades cuenten con un Sistema de Control y Monitoreo inalámbrico (GPS) que transmita información en tiempo real al Centro de Gestión de la ATU.
De igual forma, las unidades deben tener vigentes su Certificado contra Accidentes de Tránsito (CAT) o Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT), además del certificado de Inspección Técnica Vehicular (ITV), garantizando así la seguridad del pasajero.
La cuantía del subsidio ECO se determinará de manera objetiva en función del kilometraje efectivo recorrido por cada vehículo, validado estrictamente a través del Sistema Integrado de Control y Monitoreo (SICM).
Los montos asignados varían según el tipo de unidad: S/ 0.50 por kilómetro para ómnibus, S/ 0.40 para minibuses y S/ 0.30 para microbuses.
Para el financiamiento de esta subvención, el Ministerio de Economía y Finanzas autorizó una transferencia de partidas de hasta 44 millones 177 mil 798 soles a favor de la ATU, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia.
El decreto estipula rigurosamente que estos fondos se destinarán de forma exclusiva al pago del subsidio ECO y sus gastos operativos, debiendo revertirse al Tesoro Público cualquier saldo no utilizado al término de su vigencia.
Los recursos depositados a los operadores tendrán un carácter estrictamente intangible, por lo que el dinero del subsidio no podrá ser objeto de compensaciones legales, embargos, retenciones o cualquier otra forma de afectación administrativa o judicial.
Con ello, el Gobierno garantiza que el capital llegue directamente a su propósito: cubrir el combustible y la operación de las rutas.
Finalmente, la norma establece que la ATU tendrá un plazo de 15 días hábiles para aprobar los lineamientos operativos y publicar mensualmente en su portal web la relación de beneficiarios junto a los montos asignados.
El decreto de urgencia entrará en vigencia al día siguiente de su publicación oficial y mantendrá su validez hasta el 31 de diciembre de 2026.