Nuevas garantías para trabajadores con cáncer: conoce lo que debe cumplir tu empleador
Gobierno fortalece protección laboral de trabajadores con diagnóstico de cáncer mediante nuevo reglamento
La medida, contenida en el Decreto Supremo N.° 008-2026-TR, incorpora disposiciones específicas en el Reglamento de la Ley de Fomento del Empleo, el Reglamento de la Carrera Administrativa y el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, con el objetivo de prevenir actos de discriminación laboral y garantizar condiciones de trabajo compatibles con el estado de salud de los trabajadores y servidores públicos afectados por esta enfermedad.
Entre los principales cambios destaca el reconocimiento expreso de la nulidad del despido, cese o término de la relación laboral cuando estos tengan como motivo el diagnóstico de cáncer, su tratamiento o los efectos derivados de la enfermedad. Asimismo, se establece una presunción de nulidad cuando el empleador o la entidad pública no logre acreditar una causa justa y debidamente comprobada, ajena al estado de salud del trabajador.
La norma también dispone que la protección será aplicable siempre que el empleador o la entidad tengan conocimiento previo del diagnóstico, el cual deberá sustentarse mediante certificación médica emitida por un profesional habilitado de un establecimiento de salud público o privado.
Adicionalmente, se incorporan medidas de adaptación laboral orientadas a preservar la continuidad del empleo y la salud del trabajador. Estas incluyen la flexibilización de horarios, la implementación del teletrabajo, la adecuación de herramientas y espacios de trabajo, así como la asignación de funciones afines cuando las condiciones de salud lo requieran, sin reducción de remuneraciones ni afectación de la carrera administrativa.