• VIERNES 5
  • de junio de 2026

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INPE: más de 2,600 internos podrían ser evaluados para conmutar pena si pagan deuda alimentaria

Comisión de Gracias Presidenciales evaluará solicitudes de internos que cumplan con los requisitos establecidos por ley

La norma establece, de manera excepcional y temporal, supuestos especiales para que la Comisión de Gracias Presidenciales evalúe y recomiende la concesión de este beneficio a las personas privadas de libertad que cumplan con los requisitos establecidos.

La medida, orientada a contribuir con la reducción del hacinamiento en los establecimientos penitenciarios, tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028 y será aplicable a los internos que se encuentren en el régimen cerrado ordinario, no registren más de una condena efectiva ni procesos penales pendientes.

Asimismo, los beneficiarios deberán haber cumplido con el pago mínimo del 70 % de la deuda alimentaria impuesta por los órganos jurisdiccionales competentes a favor de los alimentistas.

El decreto supremo tiene como finalidad promover el cumplimiento de las obligaciones alimentarias mediante la recomendación de concesión de la conmutación de la pena para las personas privadas de libertad por el delito de omisión de prestación de alimentos, tipificado en el artículo 149 del Código Penal.

Las solicitudes de conmutación de pena iniciadas antes de la entrada en vigencia de la norma se adecuarán a sus disposiciones. Del mismo modo, las deudas alimentarias canceladas antes de la vigencia del decreto también podrán ser consideradas para la aplicación de este beneficio.

Cabe señalar que, entre enero y marzo del presente año, ingresaron a los establecimientos penitenciarios del país 1,196 personas sentenciadas por este delito, según información de la Unidad de Estadística del INPE.