• SÁBADO 6
  • de junio de 2026

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Desconocer la ley seca y la norma que prohibe propaganda electoral implica fuertes multas

Restricciones están contempladas en la Ley Orgánica de Elecciones que establece, además, pena privativa de la libertad.

La denominada ley seca, que prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas en todo el país, regirá hasta las 08:00 horas del lunes 8 de junio.

Esta medida forma parte de las restricciones contempladas en la Ley Orgánica de Elecciones. Según el inciso a) del artículo 390 de dicha norma, su incumplimiento se sanciona con pena privativa de la libertad no mayor de seis meses y una multa no menor del 10 % del ingreso mínimo vital multiplicado por 30 días de multa, equivalente a S/3,390.


Suspensión de propaganda electoral

En el mismo sentido, desde las 00:00 horas del sábado 6 de junio quedó suspendida toda forma de propaganda política en el territorio nacional. El incumplimiento de esta disposición puede acarrear una pena de prisión no menor de dos años, de acuerdo con la normativa electoral vigente.

Otras restricciones

Además, mañana domingo estará prohibida la realización de espectáculos públicos, tanto al aire libre como en recintos cerrados. Tampoco se permitirán reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de una mesa de sufragio, entre las 07:00 y las 17:00 horas.

Por tal motivo, los fiscalizadores del Jurado Nacional de Elecciones realizarán operativos en diversas regiones del país, con el objetivo de verificar el cumplimiento de las restricciones electorales y garantizar condiciones adecuadas para el ejercicio libre y transparente del voto.

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