ONPE aprueba diseños de las cédulas de sufragio para las Elecciones Regionales y Municipales
Se publican para conocimiento de organizaciones políticas.
En todos los diseños, las cédulas incorporan un mecanismo de control que aumenta la seguridad y eficacia del proceso: un código de barras que sirve para identificar la circunscripción electoral a la que corresponden.
En los comicios programados para el 4 de octubre habrá cédulas distintas, dependiendo de las autoridades que se deban elegir.
Elección de autoridades regionales, provinciales y distritales
Los electores de todos los distritos del Perú –excepto los de Lima Metropolitana– recibirán una cédula para elegir autoridades regionales, municipales provinciales y municipales distritales.
De ancho, la cédula tendría 38 cm y de largo 21 cm, como mínimo, pues esta medida se incrementará proporcionalmente de acuerdo al número de organizaciones políticas que se presenten, hasta un máximo de 52 cm. Para efectos de la publicación del diseño de la cédula, en el cuerpo de esta se consideran 8 filas correspondientes a 8 organizaciones políticas participantes.
La cédula se encuentra dividida en cuatro secciones: Gobernador y Vicegobernador Regional, Consejero Regional, Municipal Provincial y Municipal Distrital. Todas tienen un borde de color negro y las siglas "JNE ONPE RENIEC" caladas con letras de color blanco en forma diagonal ascendente. Lo que varía es el color de la trama que va como fondo: en la parte de gobernador y vicegobernador regional, el fondo es amarillo; consejero regional, verde claro; autoridades municipales provinciales, rosado; autoridades municipales distritales, celeste.
Otras cédulas aprobadas
La resolución también aprobó otros tres diseños de cédula de las ERM:
•la que se usará en todas las capitales de provincias, excepto Lima Cercado;
•la que corresponderá a los distritos de Lima Metropolitana (provincia de Lima), menos Lima Cercado;
•la de Lima Cercado.
Asimismo, fue aprobado el diseño de la cédula de sufragio que se utilizaría en las regiones donde se realice una Segunda Elección Regional. Estos comicios serían convocados cuando ninguna de las fórmulas de candidatos a gobernador y vicegobernador regional alcance al menos el 30 % de los votos válidos.
La cédula de esta segunda vuelta regional tendría una dimensión de 15 cm por 21 cm, y contendría únicamente los nombres y los símbolos de las dos organizaciones políticas que hayan obtenido la mayor votación en las elecciones del 4 de octubre.
Más información
•En las cédulas de las ERM 2026, los partidos políticos irán en la parte superior. Los movimientos regionales, en la sección inferior; ubicación que fue definida mediante sorteo público realizado el 10 de junio. Las alianzas electorales que participen en los comicios subnacionales serán incluidas en uno u otro bloque dependiendo del alcance que tengan.
•Diseñar los materiales electorales –cédula de sufragio, actas electorales, formatos y otros– es una de las funciones de la ONPE, así como la determinación de las características de las cédulas, su impresión y distribución.
•Según lo dispuesto por el artículo 165 de la Ley Orgánica de Elecciones, la ONPE debe publicar y presentar ante personeros y candidatos –dentro de los dos días calendario contados a partir del vencimiento del plazo para la presentación de solicitudes de inscripción de candidaturas– el diseño de la cédula de sufragio correspondiente al proceso electoral en curso. Esta presentación tiene como objeto que los personeros de las organizaciones políticas puedan presentar impugnaciones sobre el diseño de la cédula ante el Jurado Nacional de Elecciones.
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