El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, lunes 22 de junio del 2026
MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Aprueban el “Reconocimiento a la excelencia en la gestión del servicio alimentario escolar del Comité de Alimentación Escolar - CAE”, a cargo del Programa de Alimentación Escolar (PAE)
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobó el “Reconocimiento a la excelencia en la gestión del servicio alimentario escolar del Comité de Alimentación Escolar - CAE”, a cargo del Programa de Alimentación Escolar (PAE), el cual se efectuará de manera semestral, conforme a los criterios que dicho Programa aprobará.
Fue mediante la Resolución Ministerial Nº D000151-2026-MIDIS con la cual se dispuso que el PAE adopte las acciones necesarias a fin de implementar la ejecución del “Reconocimiento a la excelencia en lagestión del servicio alimentario escolar del Comité de Alimentación Escolar - CAE".
De esta manera se busca reconocer y visibilizar la gestión, compromiso, liderazgo y creatividad de los CAE en la mejora continua del servicio alimentario escolar, promoviendo experiencias exitosas, sostenibles y replicables en otras instituciones educativas. Conozca la norma aquí
SBS
Autorizan difusión en consulta pública del proyecto normativo denominado “Modificaciones al Título V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, referido a Afiliación y Aportes, en lo relacionado a implementar la recaudación de los aportes previsionales de los afiliados al SPP a través de billeteras digitales y entidades de servicios de pago”
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) autorizó la difusión en consulta pública del proyecto normativo denominado “Modificaciones al Título V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, referido a Afiliación y Aportes, en lo relacionado a implementar la recaudación de los aportes previsionales de los afiliados al SPP a través de billeteras digitales y entidades de serviciosde pago”; en la sede digital de dicha superintendencia (www.sbs.gob.pe).
Fue mediante la Resolución SBS N° 01651-2026 con la cual se establece que el plazo para que el público en general pueda remitir a la SBS sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado, es de quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la citada resolución en el Diario Oficial El Peruano.
De esta manera, se busca establecer el marco normativo que posibilite el uso de billeteras digitales u otros mecanismos innovadores para los pagos de los aportes previsionales dentro del pilar contributivo en el Sistema Privado de Pensiones (SPP), teniendo como principal objetivo la protección de los ahorros jubilatorios de los afiliados al SPP, de modo que estos puedan ser acreditados correctamente en las cuentas individuales de capitalización (CIC) de los afiliados. Conozca la norma aquí
SBS
Autorizan difusión en consulta pública del proyecto normativo que modifica el Reglamento para la Inversión de los Fondos de Pensiones en el Exterior, aprobado porla Resolución SBS N° 8-2007, así como el Título VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por la Resolución N° 052 98 EF/SAFP
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) autorizó la difusión en consulta pública del proyecto normativo que modifica el Reglamento para la Inversión de los Fondos de Pensiones en el Exterior, aprobado por la Resolución SBS N° 8-2007, así como el Título VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por la Resolución N° 052-98-EF/SAFP, en la sede digital de dicha entidad supervisora (www.sbs.gob.pe).
Fue mediante la Resolución SBS N° 01652-2026 con la cual se establece que el plazo para que el público en general pueda remitir a la SBS sus comentarios y observaciones sobre el proyecto normativo es de15 días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial El Peruano.
De esta manera, se busca modificar la metodología de clasificación de emisores extranjeros y las reglas aplicables a los instrumentos de inversión emitidos por entidades constituidas en el extranjero, a fin de superar las limitaciones identificadas en el enfoque vigente y, además, adecuarse al reciente ajuste del Reglamento de la Ley del SPP aprobado por el Decreto Supremo N° 004-98EF, fortaleciendo así la precisión y consistencia en el marco regulatorio.
Asimismo, se pretende introducir modificaciones a los límites por emisor y por emisión aplicables a los instrumentos del exterior, con el objetivo de promover una mayor autonomía en la gestión que realizan las empresas administradoras de fondos (EAF), favoreciendo un marco de flexibilidad que permita optimizar los rendimientos de los fondos, siempre bajo la responsabilidad y el compromiso fiduciario que les corresponde. Conozca la norma aquí
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