Derecho
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“Precisamente por ello, uno de los principales desafíos regulatorios consiste en diseñar un marco normativo capaz de canalizar esa demanda hacia operadores autorizados, para garantizar simultáneamente la protección del consumidor, la integridad deportiva y la sostenibilidad del sistema regulatorio”, sostuvo Carlos Fonseca, abogado especialista en la materia.
A tono con ello, indicó que el primer gran desafío es la lucha contra el mercado negro, por considerar que los operadores ilegales, especialmente aquellos que ofrecen servicios desde el extranjero sin autorización del Estado peruano, compiten con menores costos regulatorios y tributarios.
“Si la regulación impone cargas excesivas o desproporcionadas a los operadores autorizados, se generan incentivos económicos para que tanto empresas como consumidores migren hacia la informalidad”, afirmó Fonseca, CEO de Gaming Law SAC.
En consecuencia, dijo, el objetivo de una política pública eficiente no debe ser únicamente recaudar o sancionar, sino maximizar la canalización de los jugadores hacia el mercado regulado.
Tributación
En ese contexto, consideró que el diseño de una tributación adecuada adquiere una importancia fundamental.
“Además de los tributos generales que afectan a cualquier actividad empresarial, como el impuesto a la renta, los operadores autorizados en el Perú se encuentran sujetos a un impuesto específico equivalente al 12% sobre la base imponible determinada por las ganancias brutas del juego, cuya carga efectiva asciende aproximadamente al 11.76% del Gross Gaming Revenue (GGR). Si bien, este nivel impositivo puede considerarse elevado, se encuentra dentro de los estándares observados en diversas jurisdicciones internacionales”, explicó.
Sin embargo, agregó, posteriormente se incorporó un impuesto selectivo al consumo (ISC) equivalente al 1% sobre el valor de cada apuesta realizada.
Ante ello, detalló que el Congreso de la República aprobó una iniciativa legislativa orientada a fortalecer las medidas dirigidas a combatir el amaño de partidos y proteger la integridad deportiva. “No obstante, dicha iniciativa fue observada por el Poder Ejecutivo y actualmente se encuentra pendiente de una eventual aprobación por insistencia en el Congreso”, indicó.
Ante este escenario, consideró deseable que este debate concluya con una solución técnicamente adecuada que preserve la competitividad del mercado formal y fortalezca los mecanismos de integridad deportiva.
Integridad
A criterio de Fonseca, el segundo desafío regulatorio consiste entonces en preservar la integridad de las competiciones deportivas, mediante la implementación de mecanismos eficaces para prevenir, detectar y sancionar la manipulación de resultados y otras formas de fraude deportivo.
“Ello exige una estrecha cooperación entre autoridades regulatorias, operadores, organizaciones deportivas y organismos internacionales especializados”, acotó.
Hito
Por lo pronto, Fonseca consideró que la Ley N.° 31557 y sus modificatorias representan un hito en el ordenamiento jurídico peruano. Toda vez que regulan por primera vez de manera integral la explotación de los juegos a distancia y las apuestas deportivas a distancia.
“Su importancia trasciende el ámbito meramente administrativo, debido a que incide directamente en el ejercicio y la armonización de diversos derechos constitucionales y principios propios de la economía social de mercado reconocida por la Constitución peruana”, afirmó.
Por ejemplo, desde una perspectiva constitucional, sostuvo que esta regulación impacta en el derecho al libre desarrollo de la personalidad, en la medida en que el juego constituye una manifestación del uso del tiempo libre y de la autonomía individual.
También consideró que impacta en el derecho al ocio y a la recreación; en la libertad de empresa, al permitir el desarrollo de una actividad económica lícita sujeta a autorización estatal; en la libertad de contratar, tanto entre operadores y proveedores como entre operadores y consumidores. Asimismo, añadió, en la libre competencia, al establecer reglas destinadas a garantizar condiciones equitativas entre quienes participan en el mercado; y en los derechos de los consumidores, quienes deben recibir información transparente, mecanismos eficaces de reclamación y herramientas de protección vinculadas al juego responsable.
A la par, Fonseca advirtió que la referida regulación incide en el derecho de propiedad, particularmente a través del ejercicio de la potestad tributaria del Estado. “En efecto, la imposición de tributos sobre esta actividad debe respetar los principios constitucionales que limitan el poder tributario, tales como la legalidad, razonabilidad, igualdad, capacidad contributiva y no confiscatoriedad. Ello adquiere especial relevancia en una industria caracterizada por márgenes específicos y elevada competencia internacional”, afirmó el experto.
Desde la perspectiva comercial y financiera, señaló que la citada regulación ha contribuido a formalizar una actividad previamente desregulada, al promover mayores estándares de transparencia, cumplimiento normativo y prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. “De esta manera, se fortalece la confianza en el mercado y se incentiva la inversión responsable”, acotó Fonseca.
En definitiva, el especialista sostuvo que el verdadero aporte de la Ley N.° 31557 consiste entonces en haber incorporado al ámbito del Estado de derecho una actividad propia de la economía digital, al dotarla de reglas, garantías y mecanismos de supervisión acordes con las exigencias de una sociedad democrática y tecnológicamente interconectada.
Tutela y respeto
A criterio de Fonseca, la Ley N.º 31557 no crea un supuesto “derecho a apostar”. “Lo que hace es reconocer que una actividad económica y social preexistente, lícita y desarrollada masivamente a través de internet requiere un marco jurídico que permita compatibilizar el ejercicio de derechos y libertades constitucionales con la consecución de fines legítimos del Estado, tales como la protección del consumidor, la prevención del lavado de activos, la integridad del mercado, la recaudación tributaria y la lucha contra la oferta ilegal”, afirmó el especialista.
Precisamente por ello, sostuvo que el gran desafío regulatorio consiste en alcanzar un equilibrio razonable entre la tutela del interés público y el respeto de las libertades individuales y económicas, evitando tanto la ausencia de regulación como el exceso regulatorio que, paradójicamente, podría incentivar el crecimiento del mercado negro.
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