• LUNES 22
  • de junio de 2026

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Confirma fallo: Indecopi actuó legalmente en Chancay, dice el Poder Judicial

Judicatura ratifica facultades de Indecopi en megapuerto Chancay

Esta decisión fue notificada al Indecopi a través de la Resolución N° 9 del Juzgado Civil de Chancay (Corte Superior de Huaura) en la que se precisa que las actuaciones del Indecopi formalizadas en los Oficios N° 047 y N° 049-2025/DLC-INDECOPI, así como en el Informe Técnico N° 015-2025-DLC/INDECOPI son parte del ejercicio ordinario y legal de sus competencias asignadas para prevenir fallas de mercado que puedan perjudicar tanto a los usuarios intermedios como a los consumidores finales.
 
La resolución también determina que la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia actuó bajo el estricto mandato de las facultades consagradas en el artículo 61 de la Constitución Política del Perú y su Ley de Organización y Funciones, desestimando cualquier argumento sobre una presunta desviación de poder o falta de sustento legal.
 
Cabe señalar que los citados documentos recogen las conclusiones del estudio técnico emitido el pasado 2 de abril de 2025, en los cuales la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Indecopi determinó que no existirían condiciones de competencia en la prestación de servicios portuarios dentro del terminal de Chancay en cuatro mercados relevantes vinculados directamente con la atención de naves portacontenedores y el flujo de carga en contenedores en el megacomplejo portuario.
 
Los servicios materia de evaluación fueron los siguientes: (i) el servicio general de embarque o descarga de contenedores llenos; (ii) el servicio en función a la nave, que comprende específicamente el amarre y desamarre de naves portacontenedores; (iii) el paquete de servicios integrados que abarca el servicio en función a la nave y la atención a la carga de contenedores vacíos; y, (iv) el paquete de servicios integrados que incluye el servicio en función a la nave y el servicio técnico de transbordo de contenedores.
 
La mencionada evaluación fue iniciada formalmente por la institución en respuesta a una solicitud legal presentada por el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran), en cumplimiento del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional.
 
Las evaluaciones que realiza el Indecopi sobre condiciones de competencia constituyen insumos técnicos para que las entidades competentes adopten las decisiones que correspondan, en beneficio de los usuarios y del adecuado funcionamiento de los mercados. El Indecopi reafirma su compromiso de ejercer sus competencias en materia de libre competencia con objetividad, predictibilidad y respeto del marco legal vigente.