• LUNES 22
  • de junio de 2026

Derecho

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DERECHO

¿Se trabaja este miércoles 24 de junio? Revisa la norma vigente aquí

Atención, empleadores y trabajadores.

De acuerdo con dicho decreto, el único día no laborable compensable para el sector público en este periodo es el:

-lunes 27 de julio de 2026

Por tanto, el 24 de junio no figura en esta relación y se mantiene como jornada ordinaria de trabajo.

Feriados nacionales restantes del año

-Lunes 29 de junio: Día de San Pedro y San Pablo
-Jueves 23 de julio: Día de la Fuerza Aérea del Perú
-Martes 28 de julio y miércoles 29 de julio: Fiestas Patrias
-Jueves 6 de agosto: Batalla de Junín
-Domingo 30 de agosto: Santa Rosa de Lima
-Jueves 8 de octubre: Combate de Angamos
-Domingo 1 de noviembre: Día de Todos los Santos
-Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
-Miércoles 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho
-Viernes 25 de diciembre: Navidad

Diferencias entre feriado y día no laborable
Para evitar confusiones, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recuerda las principales diferencias entre un feriado nacional y un día no laborable:

Feriado nacional:
El trabajador descansa con goce íntegro de remuneración. Si labora en dicha fecha, el empleador puede optar por otorgar un descanso sustitutorio o pagar la triple remuneración correspondiente (remuneración por el día trabajado, remuneración por el feriado y sobretasa por trabajo en feriado).

Día no laborable compensable (sector público):
Es una medida dispuesta por el Poder Ejecutivo para fomentar el turismo o la productividad. Las horas no laboradas deben ser compensadas posteriormente, según lo disponga la oficina de recursos humanos correspondiente. No genera pago adicional.

En el sector privado, las empresas pueden acogerse a los días no laborables, previo acuerdo con sus trabajadores, estableciendo conjuntamente la forma de compensación de las horas. A falta de acuerdo, la decisión corresponde al empleador.