• MARTES 23
  • de junio de 2026

Derecho

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DERECHO

El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, martes 23 de junio del 2026


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32673: Declaran de interés nacional la adjudicación de terreno a favor de la Asociación de Capitanes de Navío, Coroneles de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en Situación de Retiro (ASCOREFA)

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32673, Ley que declara de interés nacional la adjudicación de terreno a favor de la Asociación de Capitanes de Navío, Coroneles de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en Situación de Retiro (ASCOREFA).

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, se declara de interés nacional la adjudicación, a título gratuito a favor de la Asociación de Capitanesde Navío, Coroneles de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en Situación de Retiro (ASCOREFA), el terreno donde se encuentra construida su sede institucional, ubicado en el Lote 26 de la Manzana B, con frente a la avenida Caminos del Inca en el distrito de Santiagode Surco de la provincia de Lima del departamento deLima, con un área de 730.48 m2, inscrito en la Partida Registral 44586932 de la Superintendencia Nacionalde los Registros Públicos (SUNARP), a fin de que sea utilizado únicamente para fines institucionales y dedesarrollo de actividades patrióticas, culturales, sociales y demás relacionadas, en beneficio de sus miembros odel público en general. 

El Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, realizará las coordinaciones necesarias en el marco de sus competencias y atribuciones. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32674: Crean la Universidad Nacional Intercultural de Datem del Marañón en la ciudad de San Lorenzo, distrito de Barranca, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto  

El Poder Ejecutivo publicó la  Ley N° 32674, Ley que crea la Universidad Nacional Intercultural de Datem del Marañón en la ciudad de San Lorenzo, distrito de Barranca, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, se crea la Universidad Nacional Intercultural de Datem del Marañón (UNIDA), con personería jurídica de derecho público interno, con sede principal en la ciudad de San Lorenzo del distrito de Barranca de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto, con autonomía académica, administrativa, económica y financiera, dedicada a la formación profesional superior universitaria basada en la interculturalidad, la investigación científica y tecnológica.

La Universidad Nacional Intercultural de Datem del Marañón estará conformada por los departamento académicos, escuelas profesionales, unidades de investigación y de posgrado que sean aprobados al momento de establecer su régimen académico, los cuales tendrán por finalidad alcanzar lo establecido en la Ley N° 30220, Ley Universitaria.

La Universidad Nacional Intercultural de Datemdel Marañón contará inicialmente con las siguientes carreras profesionales basadas enla demanda laboral local, regional, nacional e internacional, sujetas a la aprobación del Consejo Universitario: 

a) Facultad de Ciencias de la Salud 

1) Medicina Humana Intercultural 
2) Obstetricia Intercultural 
3) Enfermería Intercultural 
4) Medicina Veterinaria y Zootecnia 

b) Facultad de Ciencias Sociales 

1) Educación Intercultural Bilingüe Inicial 
2) EducaciónIntercultural Bilingüe Primaria 

c) Facultad de Ingeniería 

1) Ingeniería de Sistemas e informática 
2) Ingeniería Forestal
3) Ingeniería Ambiental 
4) Ingeniería Agroindustrial 

d)Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

1) Derecho

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CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32675: Declaran de interés nacional la construcción, mantenimiento y equipamiento de institutos regionales de enfermedades neoplásicas (IREN) en los departamentos de Cajamarca, Huancavelica y Puno, y del Hospital Carlos Monge Medrano en el distrito de Juliaca dela provincia de San Román, departamento de Puno  

El Poder Ejecutivo publicó la  Ley N° 32675, Ley que declara de interés nacional la construcción, mantenimiento y equipamiento de institutos regionales de enfermedades neoplásicas (IREN) en los departamentos de Cajamarca, Huancavelica y Puno, y del Hospital Carlos Monge Medrano en el distrito de Juliaca de la provincia de San Román, departamento de Puno.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, se declara de interés nacional la construcción, mantenimiento y equipamiento de: 

1. Los institutos regionales de enfermedades neoplásicas (IREN) en los departamentos de Cajamarca, Huancavelica y Puno, a fin de incrementar la capacidad de atención preventiva y garantizar el acceso a tratamientos especializados para los pacientes condiagnóstico de cáncer. 

2. El Hospital Carlos Monge Medrano en el distrito de Juliaca de la provincia de San Román, departamento de Puno, para una atención decalidad a la ciudadanía. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32676: Regulan saneamiento de tres tramos del límite entre la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao 

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32676, Ley de saneamiento de tres tramos del límite entre la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao.

La norma, aprobada por el Congreso de la República, tiene por objeto sanear tres (3) tramos del límite entre la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. 

De esta manera se busca garantizar los marcos de referencia que permitan la prestaciónde bienes y servicios a la población de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Resolución Legislativa N° 010-2025-2026-CR: Inhabilitan por diez años para el ejercicio dela función pública a la ciudadana Delia Milagros Espinoza Valenzuela, ex fiscal de la nación  

El Congreso de la República publicó la Resolución Legislativa N° 010-2025-2026-CR, Resolución Legislativa del Congreso que inhabilita por diez años para el ejercicio dela función pública a la ciudadana Delia Milagros Espinoza Valenzuela, ex fiscal de la nación.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Poder Legislativo, dicha inhabilitación procede debido a que el Congreso de la República concluyó que la citada ciudadana infringió los artículos 45, 93 y 139 (incisos 3 y 5) de la Constitución Política del Perú. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Disponen publicación del proyecto de“Lineamientos para la identificación, clasificación y promoción de los NegociosVerdes” 

El Ministerio del Ambiente dispuso la publicación del proyectode “Lineamientos para la identificación, clasificación y promoción de los Negocios Verdes”, así como del proyecto de Resolución Ministerial que los aprueba, mediante la Resolución Ministerial N° D000198-2026-MINAM.

Dicha publicación se realiza en el Portal Institucionaldel Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultaspublicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir comentarios, aportes u opiniones de los interesados, por un plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la citada resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. 

Los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto señalado, deberán ser remitidos por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada N° 425, primer piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima y/o a la dirección electrónica bioyeconegocios@minam.gob.pe; siendo la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental la encargada de su recepción, sistematizacióny análisis.
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PODER EJECUTIVO
Disponen la puesta en ejecución del Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Guatemala y del Protocolo al Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Guatemala 

El Poder Ejecutivo pondrá en ejecución a partir del 1 de julio de 2026, el Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Guatemala y el Protocolo al Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la Repúblicade Guatemala, cuyos textos íntegros se encuentran publicados en la página web de Acuerdos Comerciales del Perú del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.acuerdoscomerciales.gob.pe).

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 007-2026-MINCETUR el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo comunicará  a las entidades correspondientes las disposiciones que fueran pertinentes para la adecuada ejecución del Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Guatemala y del Protocolo al Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Guatemala.  Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Disponen la publicación de la propuesta de “Lineamientos y el Cronograma para la Implementación de la Plataforma Digital para los Procedimientos Administrativos de Evaluación Ambiental del Sector Agrario y de Riego”

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego dispuso la publicación de la propuesta de “Lineamientos y el Cronograma para la Implementación de la Plataforma Digital para los Procedimientos Administrativos de Evaluación Ambiental del Sector Agrario y de Riego”, en el marco de la Segunda Disposición Complementaria Final del Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2024-MIDAGRI; así como la Resolución Ministerial que las aprueba, en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego:(www.gob.pe/midagri), y su Anexo I “Formato de Observaciones, Comentarios y/o Aportes” en el Diario Oficial El Peruano, a fin de recibir las observaciones, comentarios y/o aportes de la ciudadanía, dentro delplazo de diez (10) días hábiles.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° D000212-2026-MIDAGRI-DM con la cual se establece que la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios se encargará de la recepción, sistematización, evaluación y consolidación de las observaciones, comentarios y/o aportes que se formulen respecto del proyecto normativo citado,  así como de su incorporación, según corresponda, en la propuesta final del mismo. 

Las observaciones, comentarios y/o aportes podrán ser presentados por los interesados y la ciudadanía utilizando el Anexo I “Formato de Observaciones, Comentarios y/o Aportes”, a través del correo electrónico institucional: consultas_dgaaa@midagri.gob.pe; de la Mesa de Partes Digital del Ministerio de Desarrollo Agrarioy Riego (https://mesadepartesdigital.midagri.gob.pe); o de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la entidad, ubicada en el Jirón Cahuide N° 805, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Actualizan los valores máximos de la Vivienda de Interés Social en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento actualizó los valores máximos de la Vivienda de Interés Social en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva, estableció los alcances de la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 007-2025-VIVIENDA y dictó disposiciones complementarias, mediante el Decreto Supremo N° 012-2026-VIVIENDA.

De acuerdo con la norma publicada, se  actualizan los valores máximos de la Vivienda de Interés Social (VIS) en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva (AVN), de acuerdo a lo siguiente:

Descripción de la VIS

Valores máximos de la VIS en la modalidad de AVN

Unifamiliar, con área techada igual o mayor a 35 m²

Hasta S/ 109,100

Edificio Multifamiliar/Conjunto Residencial/Quinta, con área techada igual o mayor a 40 m²

Hasta S/ 136,100


Los valores máximos referidos se aplicarán a toda VIS en la modalidad de AVN, con excepción de lo previsto en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo publicado.

En el marco del Programa Techo Propio, la modificación del precio de venta de la vivienda al nuevo valor máximo de la VIS aplicable, de corresponder, solo podrá efectuarse en los supuestos y conforme a las condiciones previstas en el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional en la modalidad de AVN, aprobado por la Resolución Ministerial N° 0104-2025-VIVIENDA, así como en las demás disposiciones aplicables.

Conforme a la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N°012-2026-VIVIENDA las VIS unifamiliares con un área techada mínimade 25 m² y menor de 35 m², comprendidas en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 007-2025-VIVIENDA, constituirán el único universo de VIS sujeto al régimen transitorio previsto en dicha disposición; en consecuencia, para dicho universo resultará aplicable exclusivamente el valor máximo que se indica a continuación:

Descripción de la VIS

Valor máximo de la VIS en la modalidad de AVN

Unifamiliar, con área techada mínima de 25 m² y menor de 35 m².

Hasta S/ 106,000




A partir del año 2027 y en tanto subsista dicho universo de VIS, el valor máximo antes señalado se actualizará cada año, utilizando la metodología prevista en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 007-2025-VIVIENDA. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban los nuevos montos de la remuneración consolidada del personal militar de las Fuerzas Armadas y Policial de la Policía Nacional del Perú
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del lunes 22 de junio del 2026)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó los nuevos montos de la remuneración consolidada del personal militar de las Fuerzas Armadas y Policial de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo Nº 112-2026-EF.

De acuerdo con la norma, se aprueban los nuevos montos de la remuneración consolidada que forman parte de los ingresos del personal militar de las Fuerzas Armadas y policialde la Policía Nacional del Perú, a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, conforme alsiguiente detalle:

a) Personal de Oficiales:

Nivel

remunerativo

Grados equivalentes Oficiales

Monto

S/

Ejército

Marina de Guerra

Fuerza Aérea

Policía Nacional

1

General de División

Vicealmirante

Teniente General

Teniente General

12 688,04

2

General de Brigada

Contraalmirante

Mayor General

General

12 377,18

3

Coronel

Capitán de Navío

Coronel

Coronel

10 226,56

4

Teniente Coronel

Capitán de Fragata

Comandante

Comandante

6 332,60

5

Mayor

Capitán de Corbeta

Mayor

Mayor

4 816,38

6

Capitán

Teniente Primero

Capitán

Capitán

4 003,08

7

Teniente

Teniente Segundo

Teniente

Teniente

3 342,03

8

Sub Teniente

Alférez de Fragata

Alférez

Alférez

3 263,36



b) Personal de Suboficiales:


Nivel

remunerativo

Grados equivalentes Suboficiales

Monto

S/

Ejército

Marina de Guerra

Fuerza Aérea

Policía Nacional

1

Técnico Jefe Superior

Técnico Superior Primero

Técnico Supervisor

Sub Oficial Superior

3 949,79

2

Técnico Jefe

Técnico Superior Segundo

Técnico Inspector

Sub Oficial Brigadier

3 790,22

3

Técnico Primera

Técnico Primero

Técnico de Primera

Sub Oficial Técnico de Primera

3 525,18

4

Técnico Segunda

Técnico Segundo

Técnico de Segunda

Sub Oficial Técnico de Segunda

3 298,07

5

Técnico Tercera

Técnico Tercero

Técnico de Tercera

Sub Oficial Técnico de Tercera

3 114,80

6

Sub Oficial de Primera

Oficial de Mar Primero

Sub Oficial de Primera

Sub Oficial de Primera

3 023,96

7

Sub Oficial de Segunda

Oficial de Mar Segundo

Sub Oficial de Segunda

Sub Oficial de Segunda

2 967,87

8

Sub Oficial de Tercera

Oficial de Mar Tercero

Sub Oficial de Tercera

Sub Oficial de Tercera

2 924,82





En ese contexto, se autoriza a la Caja de Pensiones Militar Policial(CPMP), al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Interior, a consignar según corresponda en las planillas y boletas de pago de los pensionistas titularesdel Decreto Ley Nº 19846 y de los pensionistas de Montepío, así como de sus sobrevivientes, de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, el concepto denominado “Monto Total Pensionario”, que incluye la suma de la Remuneración Consolidada y los reajustes pensionarios que correspondan conforme a la normatividad vigente.

La consignación de dicho concepto tiene carácter informativo y de presentación en la planilla y boletade pago; no modifica la naturaleza pensionaria ni las condiciones de los conceptos que lo integran, deconformidad con la normativa vigente. Conozca la norma aquí


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