• JUEVES 25
  • de junio de 2026

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¿Trabajar el 29 de junio siempre implica un pago triple? Los casos en los que ello no ocurre

El pago adicional por laborar en feriado depende de si el trabajador recibe descanso sustitutorio. Las multas pueden llegar hasta S/288,915.

“Por este día, el trabajador tiene derecho a percibir la remuneración ordinaria correspondiente a un día de trabajo”, explica David Corthorn, abogado de Editorial Economía y Finanzas.

Pago triple: cuándo aplica y cuándo no

Cuando el trabajador presta servicios durante esa fecha, el tratamiento varía según las condiciones pactadas con el empleador. Si existe un descanso sustitutorio, el trabajador percibirá la remuneración por la labor realizada el 29 de junio y la correspondiente al día de descanso compensatorio.

“Si el trabajador realiza labores el feriado con un descanso sustitutorio, mantiene el pago por el trabajo efectuado y también por el día destinado al descanso”, señala Corthorn.

El escenario cambia cuando el trabajador labora el feriado y no recibe descanso sustitutorio. En ese caso la ley reconoce una retribución por la labor realizada con una sobretasa del 100%. Por ejemplo, si la remuneración diaria es de S/100, el trabajador percibirá S/300: S/100 por el feriado y S/200 por el trabajo realizado, monto que incluye el pago adicional establecido por la norma.

Casos especiales para el descanso semanal

También existen reglas específicas para quienes tienen como día de descanso semanal obligatorio el propio 29 de junio. Si ese día descansan, perciben la remuneración correspondiente a dicho descanso; pero si laboran, tienen derecho al pago del descanso semanal obligatorio y, además, a la remuneración por el feriado trabajado con la sobretasa del 100%.

Descanso sustitutorio

Respecto a la organización de la jornada, el abogado de EEF recuerda que la legislación faculta al empleador a modificar turnos, días u horarios de trabajo, siempre que la medida responda a criterios de razonabilidad y a las necesidades del centro laboral. Asimismo, recomienda que cualquier acuerdo sobre descanso sustitutorio quede registrado por escrito para evitar futuras controversias.

Sanciones para las empresas

Finalmente, Corthorn advierte que no pagar la sobretasa correspondiente o incumplir con el descanso sustitutorio acordado constituye una infracción muy grave en materia de relaciones laborales. Según la normativa vigente, las sanciones pueden ir desde S/1,265 para microempresas hasta S/288,915 para empresas que no son mype.