• VIERNES 26
  • de junio de 2026

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Indecopi: Empresas y anunciantes responden por publicidad que fomente actos discriminatorios

Sancionan a agencia de publicidad y anunciante por difundir publicidad discriminatoria

La Comisión concluyó que los sancionados difundieron mensajes en lugares estratégicos de la ciudad de Huancayo los mismo que buscaban inducir, reforzar o legitimar actos de discriminación contra las personas por razón de su orientación sexual; pese a la libertad de expresión comercial no ampara la difusión de publicidad que promueva o normalice conductas discriminatorias.
 
En ese sentido, la Comisión impuso una multa de 15 UIT a la empresa Consorcio Transmarv S.A.C., en su calidad de agencia de publicidad, y 10 UIT a una persona natural, como anunciante. Las multas impuestas ascienden a 25 UIT, equivalentes a S/137 500.  Además, ordenó a ambos infractores abstenerse de volver a difundir publicidad con contenido similar o que pueda inducir a actos discriminatorios, reafirmando así el compromiso del Indecopi con la protección de los derechos fundamentales y la promoción de una actividad publicitaria respetuosa de la dignidad y de la igualdad de las personas.
 
La Resolución N° 254-2026/INDECOPI-JUN, está en plazo de apelación y, de ser el caso, sería revisada por la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Indecopi.