Derecho
Así, en primera instancia administrativa, la Comisión de la Oficina Regional de Junín sancionó de oficio a una agencia de publicidad y a un anunciante por difundir mensajes discriminatorios contra la comunidad LGTBIQ+, conducta que vulnera el principio de adecuación social previsto en la Ley de Represión de la Competencia Desleal.
Según la comisión, los mensajes fueron colocados en puntos estratégicos de Huancayo con la finalidad de inducir, reforzar o normalizar actos de discriminación basados en la orientación sexual.
La institución precisó asimismo que la libertad de expresión comercial no ampara la difusión de contenidos que promuevan prácticas discriminatorias o que atenten contra la dignidad de las personas.
sanciones
El Indecopi impuso una multa de 15 UIT a la agencia de publicidad, y de 10 UIT al anunciante, un total de 25 UIT. Además, ordenó a ambos abstenerse de difundir contenidos similares.