• JUEVES 9
  • de julio de 2026

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¿Eres Gerente Público? Conoce los requisitos para acceder al beneficio de defensa legal aprobado por SERVIR

Garantizan acceso a asesoría legal especializada cuando sean investigados.

La Resolución de Presidencia Ejecutiva N.º 000099-2026-SERVIR-PE precisa que la directiva desarrolla el marco normativo previsto en el Decreto Legislativo N.º 1024, que crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, y en su reglamento, con el fin de uniformizar el otorgamiento de este beneficio.

Asimismo, dispone la publicación de la directiva en la sede digital de Servir y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano.

El documento, de esta manera, establece las medidas complementarias para el otorgamiento del beneficio de defensa legal a los Gerentes Públicos, garantizando su acceso a asesoría legal especializada cuando sean investigados, procesados o demandados por actos realizados en el ejercicio regular de sus funciones. 

El beneficio se extiende incluso si el gerente ya no presta servicios en la entidad receptora o ha dejado de pertenecer al Cuerpo de Gerentes Públicos, siempre que los hechos estén vinculados a su desempeño funcional. 

Para acceder al beneficio, el interesado debe presentar una solicitud expresa, la documentación que acredite su situación procesal, un compromiso de reembolso en caso se determine su responsabilidad y una propuesta de asesor legal. 

La directiva también establece los supuestos de improcedencia, como procesos iniciados por el propio gerente, investigaciones promovidas por SERVIR o hechos ajenos al ejercicio de sus funciones. 

El procedimiento comprende la evaluación de la solicitud, la autorización de la Presidencia Ejecutiva y la contratación del servicio de defensa conforme a la normativa vigente. Asimismo, SERVIR supervisa la prestación del servicio y, de comprobarse responsabilidad total o parcial del gerente, este deberá reembolsar los gastos asumidos por la entidad correspondientes a la asesoría legal especializada.