• JUEVES 9
  • de julio de 2026

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¿Negociación colectiva en el Estado? SERVIR aclara qué acuerdos ya no pueden modificarse

Entidad precisa plazos para la suscripción y remisión de convenios colectivos en el sector público y exhorta a cumplir el marco legal vigente.

Mediante un pronunciamiento emitido tras la suscripción del convenio, SERVIR precisó que esta disposición se enmarca en la Ley N.º 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, y sus Lineamientos, aprobados por el Decreto Supremo N.º 008-2022-PCM.

La entidad también recordó que, antes de suscribir un convenio colectivo a nivel descentralizado, las partes deberán considerar el espacio fiscal determinado en el Informe Final de Estado Situacional de la Administración Financiera del Sector Público, elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), así como el correspondiente Informe de Viabilidad Presupuestal de cada entidad.

Plazos obligatorios

SERVIR enfatizó que el plazo máximo para la suscripción del convenio colectivo descentralizado, del acta de conciliación o, de corresponder, la emisión del laudo arbitral, vence el 15 de julio de 2026.

Asimismo, detalló que las entidades deberán remitir al MEF el convenio colectivo, el acta de conciliación o el laudo arbitral, según corresponda, hasta el 15 de agosto de 2026, mediante el Módulo de Registro de la Negociación Colectiva en el Sector Público.

En cuanto a la remisión de la documentación a SERVIR, precisó que los convenios colectivos descentralizados deberán enviarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a su suscripción, mientras que los laudos arbitrales deberán remitirse en un plazo máximo de cinco días hábiles desde su emisión.

Llamado al cumplimiento del marco legal

Finalmente, SERVIR exhortó a las entidades públicas y a las organizaciones sindicales a respetar los plazos, requisitos y condiciones previstos en la normativa vigente, con el objetivo de garantizar procesos de negociación colectiva ordenados, transparentes y fiscalmente sostenibles, fortaleciendo así el servicio civil en beneficio de la ciudadanía.