• VIERNES 24
  • de julio de 2026

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SBS extiende el plazo para aplicar nuevas reglas contables en las entidades financieras

Postergan hasta agosto de 2027 cambios contables para entidades del sistema financiero

Mediante la Resolución SBS N.° 01889-2026, la entidad dispuso que las modificaciones a los capítulos III (Catálogo de Cuentas) y IV (Descripción y Dinámica de Cuentas), aprobadas previamente por la Resolución SBS N.° 2663-2025, entrarán en vigor con la información financiera correspondiente al mes de agosto de 2027.

La prórroga comprende los cambios en las cuentas contables vinculadas a las obligaciones con el público, entre ellas las referidas a obligaciones a la vista, cuentas de ahorro, depósitos a plazo, obligaciones restringidas y gastos por pagar derivados de dichas obligaciones.

Asimismo, la resolución posterga hasta el 1 de agosto de 2027 la aplicación de las modificaciones al capítulo V del Manual de Contabilidad, referido a la información complementaria que deben presentar las empresas del sistema financiero.

La SBS recordó que la Resolución SBS N.° 2663-2025 introdujo estos cambios con el propósito de armonizar la regulación contable peruana con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) 9, sobre instrumentos financieros; NIIF 13, sobre medición del valor razonable; y NIIF 15, sobre ingresos procedentes de contratos con clientes.

Según los considerandos de la nueva resolución, la implementación de estas modificaciones implica ajustes significativos en los sistemas informáticos y procesos operativos de las entidades financieras. Por ello, la Superintendencia estimó necesario conceder un plazo adicional que permita una implementación adecuada y asegure el cumplimiento de los nuevos estándares contables sin afectar la calidad de la información financiera presentada por las empresas supervisadas.





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