El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, lunes 27 de julio del 2026
MINISTERIO DE DESAROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Aprueban “Directiva para la Gestión Social y Diálogo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobó la Directiva Nº 007-2026-MIDIS, “Directiva para la Gestión Social y Diálogo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, mediante la Resolución Ministerial Nº D000177-2026-MIDIS.
Dicho documento normativo establece las disposiciones para la gestión social y diálogo, con la finalidad de fortalecer la gestión preventiva, la identificación y atención de riesgos sociales, la gestión de alertas preventivas, la participación institucional en procesos de diálogo, el seguimiento de compromisos y la articulación institucional vinculada con los Programas Nacionales y las Prestaciones Sociales Complementarias, dentro del ámbito de competencias del citado portafolio.
Así, la mencionada directiva constituye un instrumento de gestión necesario para uniformizar los procedimientos, responsabilidades e instrumentos vinculados a la gestión social y diálogo en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
Por ende, se dispuso la publicación de la referida directiva en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis). Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Actualizan normas técnicas relativas a las consideraciones básicas y principios generales del Reglamento Nacional de Edificaciones conforme a la evolución del marco normativo y a las actuales exigencias del desarrollo urbano y rural
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento actualizó las normas técnicas relativas a las consideraciones básicas y principios generales del Reglamento Nacional de Edificaciones conforme a la evolución del marco normativo y a las actuales exigencias del desarrollo urbano y rural.
Fue mediante la Resolución Ministerial N° 278-2026-VIVIENDA con la cual se modifican las Normas Técnicas G.010 Consideraciones Básicas y G.020 Principios Generales, contenidas en el Título I Generalidades del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobadas por el Decreto Supremo N°011-2006-VIVIENDA.
Así, se precisa que el Reglamento Nacional de Edificaciones es el único marco técnico normativo de alcance nacional, cuyo objeto es establecer los criterios y requisitos mínimos para el diseño, ejecución, supervisión y mantenimiento- de las habilitaciones urbanas y edificaciones, en concordancia con los Instrumentos de AcondicionamientoTerritorial, Planificación Urbana y Planificación Rural, según corresponda; además, regula los derechos y responsabilidades de los actores que intervienen en dichos procesos, con el fin de asegurar su calidad.
En ese contexto, se precisa los alcances de los principios de integridad de las personas, legalidad, seguridad jurídica, unidad, interés público, diseño universal y sostenibilidad que sustentan el Reglamento Nacional de Edificaciones.
A tono con ello, se precisa la estructura del mencionado reglamento, así como las condiciones que deben satisfacerse en el diseño, ejecución, supervisión y mantenimiento de las habilitaciones urbanas y edificaciones, atendiendo a que el Reglamento Nacional de Edificaciones tiene por objetivo garantizar la seguridad de las personas, la calidad de vida y la protección ambiental. Conozca la norma aquí
OSINERGMIN
Autorizan la publicación para comentarios el proyecto de Resolución de Consejo Directivo que modifica la Norma “Condiciones para la no iniciación de Procedimiento Administrativo Sancionador en Actividades de Comercialización de Hidrocarburos”
El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) autorizó la publicación para comentarios del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que modifica la Norma “Condiciones para la no iniciación de Procedimiento Administrativo Sancionador en Actividades de Comercialización de Hidrocarburos”, aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 153-2025-OS/CD conjuntamente con su exposición de motivos en el portal institucional de Osinergmin (https://www.gob.pe/institucion/osinergmin/colecciones/5514-proyectos-normativosparacomentarios).
Fue mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería Osinergmin N° 87-2026-OS/PRES con la cual se otorga un plazo de quince (15) días hábiles, para que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias al proyecto normativo a través de la Ventanilla Virtual de Osinergmin, a la siguiente dirección electrónica: comentarios.normas.5@osinergmin.gob.pe, o a través de la mesa de partes física con las que Osinergmin cuenta anivel nacional; siendo la persona designada para recibirlosel abogado Jim Gastelo Flores.
Las modificaciones que se plantean obedecen a la necesidad de ampliar las infracciones comprendidas en el artículo 5° de la citada norma, a fin de incorporar otros incumplimientos vinculados a obligaciones del subsector hidrocarburos que pueden dar lugar a la imposición de medidas administrativas y cuya superación permite alcanzar la finalidad de la fiscalización.
Además, el mencionado organismo advierte la existencia de supuestos en los que, aun cuando no se haya impuesto una medida administrativa, el cumplimiento normativo puede ser restablecido antes del inicio del procedimiento administrativo sancionador, siempre que el agente fiscalizado corrija, regularice o cese la conducta infractora bajo condiciones objetivas, verificables y de aplicación restrictiva.
En atención a ello, se plantea la incorporación de las disposiciones específicas que permitan valorar la- corrección, regularización o cese de la conducta antes del inicio del procedimiento administrativo sancionador, siempre que no se genere afectación a terceros, a la infraestructura supervisada o a la seguridad, y que se cumplan las condiciones expresamente previstas para cada supuesto.
La División de Supervisión Regional dela Gerencia de Supervisión de Energía se encargará de la publicación dispuesta, de la recepción y análisisde los comentarios, opiniones y sugerencias que se formulen al proyecto de resolución; así como de la presentación de la propuesta final al Consejo Directivode Osinergmin. Conozca la norma aquí
OSINERGMIN
Autorizan publicar para comentarios el proyecto de Resolución de Consejo Directivo que modifica el Anexo 1 de laTipificación y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural de Osinergmin
El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) autorizó la publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que modifica el Anexo 1 de la Tipificación y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural de Osinergmin, aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 388-2007-OS/CD y sus modificatorias, a fin de recibir comentarios, opiniones y sugerencias de los interesados.
Fue mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería Osinergmin N° 88-2026-OS/PRES con la cual se otorga un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación, para que los interesados remitan sus comentarios, opiniones o sugerencias al proyecto normativo a través de la ventanilla virtual de Osinergmin https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/, a la dirección electrónica comentarios.normas.5@osinergmin.gob.pe, o mediante las mesas de partes físicas con las que Osinergmin cuenta a nivel nacional; siendo la persona designada para recibirlos el abogado Jim Gastelo Flores.
La modificación que se plantea tiene por finalidad fortalecer la uniformidad, predictibilidad y proporcionalidad en la aplicación de la suspensión del Registro de Hidrocarburos, considerando la incidencia de determinadas conductas en la trazabilidad del abastecimiento de GNV, el correcto funcionamiento del Sistema de Control de Carga y la seguridad de la actividad de expendio.
La División de Supervisión Regional de la Gerencia de Supervisión de Energía se encargará de la publicación, de la recepción y análisis de los comentarios, opiniones y sugerencias que se formulen al proyecto de resolución publicado; así como de la presentación de la propuesta final al Consejo Directivode Osinergmin.
El proyecto normativo y exposición de motivos, se publicará en el portal institucional de Osinergmin (https://www.gob.pe/institucion/osinergmin/colecciones/5514-proyectos-normativos-paracomentarios).