Derecho
La medida fue dispuesta mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000140-2026/SUNAT, que busca facilitar la transición hacia la nueva Declaración Jurada Informativa de Boletos de Transporte Aéreo.
La norma establece que las empresas que opten por mantener el PDT N.° 3540 deberán presentar mensualmente una declaración con la totalidad de los boletos emitidos en el período, sin importar el medio de emisión.
La declaración deberá presentarse hasta el último día hábil del mes siguiente mediante Sunat Virtual e incluir el período declarado, el número de RUC de la compañía aérea y la información de cada boleto exigida por la normativa vigente.