En los considerandos del dispositivo se señala que el artículo 86 de la Constitución Política del Perú establece que el directorio del Banco Central de Reserva del Perú es gobernado por un directorio de siete miembros, correspondiendo al Poder Ejecutivo designar a cuatro de ellos.
Asimismo, dicho artículo dispone que todos los directores del Banco Central de Reserva son nombrados por el período constitucional que corresponde al Presidente de la República y que no representan a entidad ni interés particular alguno.
La resolución suprema es suscrita por la presidenta de la República, Keiko Fujimori Higuchi; el presidente del Consejo de Ministros, Luis Galarreta Velarde, y el ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba Bustinza.
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