• DOMINGO 9
  • de agosto de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 2 al 8 de agosto del 2026


Domingo 2 de agosto del 2026

MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Incorporan al “Cronograma de Pagos del Programa Nacional CONTIGO” correspondiente al ejercicio fiscal 2026, el Cronograma de Pagos del Padrón IV-2026 focalizado para usuarios continuadores de la región Junín 

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social incorporó al “Cronograma de Pagos del Programa Nacional CONTIGO” correspondiente al ejercicio fiscal 2026, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N°D000009-2026-MIDIS/PNPDS-DE y modificado mediante las Resoluciones de Dirección Ejecutiva N° D0000152026-MIDIS/PNPDS-DE y N° D000043-2026-MIDIS/PNPDS-DE, el Cronograma de Pagos del Padrón IV-2026 focalizado para usuarios continuadores de la región Junín, conforme a lo elaborado y validado a continuación por la Unidad de Operaciones y Transferencias. 

CUADRO 1: CRONOGRAMA DE PAGO 2026 DEL PROGRAMA CONTIGO

Padrón de Usuarios

Periodo

Recepción de Información de Entidades

Generación del listado del Padrón de Usuarios

Aprobación del Padrón de Usuarios con Resolución de

Dirección Ejecutiva

Transferencia de la pensión no contributiva en cuenta

I

ENERO-FEBRERO

23/01/2026

02/02/2026

04/02/2026

06/02/2026

II

MARZO-ABRIL

13/03/2026

23/03/2026

25/03/2026

27/03/2026

III

MAYO-JUNIO

04/06/2026

15/06/2026

17/06/2026

19/06/2026

IV

JULIO-AGOSTO

05/08/2026

17/08/2026

19/08/2026

21/08/2026

V

SETIEMBRE-OCTUBRE

07/10/2026

19/10/2026

21/10/2026

23/10/2026

VI

NOVIEMBRE-DICIEMBRE

19/11/2026

30/11/2026

02/12/2026

04/12/2026

CUADRO 2: Cronograma de Pago Padrón IV-2026

Focalizado para usuarios continuadores de la Región de Junín

Padrón de Usuarios

Focalizado

Periodo

Recepción de Información de Entidades

Generación del listado del Padrón de Usuarios

Aprobación del Padrón de Usuarios con Resolución de

Dirección Ejecutiva

Transferencia de la pensión no contributiva en cuenta

IV

JULIO-AGOSTO

31/07/2026

03/08/2026

04/08/2026

07/08/2026




La incorporación del referido cronograma se dispuso mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000153-2026-MIDIS/PNPDS-DE. Conozca la norma aquí


SUNAT
No sancionarán las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas relacionadas al proceso de inspección no intrusiva en la Intendencia de Aduana de Chancay durante tres meses

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aplicará la facultad discrecional para no sancionarlas infracciones tipificadas en el inciso b) del artículo 197° y en el inciso a) del artículo 198° de la Ley Generalde Aduanas, identificadas con los códigos N38 y P29 respectivamente, que se configuren como consecuenciade las acciones de inspección no intrusiva y siempre que se cumpla con las siguientes condiciones en forma conjunta:


Base legal

Supuesto de infracción

Infractor

Condiciones

LGA

Tabla de sanciones

Artículo 197
inciso b)

Código N38

No someter las mercancías al control no intrusivo a su ingreso, traslado o salida del territorio nacional.

- Almacén aduanero.

a) No se haya comunicado la selección a inspección no intrusiva inmediatamente después de la recepción de la transmisión del acto relacionado Registro del ingreso del vehículo con la carga al puerto (RIP).

b) La infracción haya sido cometida en la jurisdicción de la Intendencia de Aduana de Chancay desde el 04.08.2026 hasta el 04.11.2026.

Artículo 198
inciso a)

Código P29

No someter las mercancías al control no intrusivo a su ingreso, traslado o salida del territorio nacional.

- Exportador.



De acuerdo con la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 000014-2026-SUNAT/300000 no procederá la devolución ni compensación de los pagos realizados vinculados a las infracciones materia de la facultad discrecional prevista. Conozca la norma aquí


Lunes 3 de agosto del 2026

GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Aprueban y autorizan la transferencia financiera de hasta 2'999,989.46 soles al Ministerio de la Producción  a través del Programa Nacional Compras a MYPErú

El Gobierno Regional de la Libertad aprobó la transferencia financiera a favor del Ministerio de la Producción (Produce) hasta por la suma de S/ 2'999,989.46 (DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 46/100 SOLES), destinados al financiamiento para la prestación de iniciar el proceso de adquisición bajo el modelo de Compras a MYPErú, con el objeto de articular esfuerzos, capacidades y acciones para promover la adquisición de bienes manufacturados producidos por las MYPE de la Región La Libertad, a través del Proceso Especial de Compras Públicas con el fin de fortalecer las capacidades de las MYPE manufactureras de la misma región, sin generar obligación de transferencia de recursos.

De acuerdo con el Acuerdo Regional N° 000133-2026-GRLL-CR se autoriza al Gobernador del Gobierno Regional de La Libertad, la suscripción del convenio respectivo, conforme a lo determinado en el Decreto Legislativo N° 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Produce a conformar núcleos ejecutores de compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas; así como, disponer las acciones necesarias para la transferencia financiera autorizada. Conozca la norma aquí


MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMÁN
Aprueban nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de San Román - Juliaca

La Municipalidad Provincial de San Román - Juliaca aprobó su nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) que consta de dos Títulos, siete Capítulos, 135 artículos; así como su estructura orgánica y organigrama.

Fue mediante la Ordenanza Municipal N° 008-2025-CMPSR-J con la cual se faculta al Titular del Pliego de la  Municipalidad Provincial de San Román, para la emisión de disposiciones legales y normativas que correspondan para la adecuada implementación del ROF modificado. Conozca la norma aquí


Martes 4 de agosto del 2026

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Aprueban índice de reajuste diario a efectos del reajuste automático de deudas correspondiente al mes de agosto del 2026 

El Banco Central de Reserva determinó que el índice de reajuste diario, a que se refiere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones, para efectos del reajuste automático de deudas, correspondiente al mes de agosto es el siguiente:

DÍA

ÍNDICE

DÍA

ÍNDICE

1

12,12734

17

12,14520

2

12,12845

18

12,14632

3

12,12957

19

12,14744

4

12,13068

20

12,14855

5

12,13180

21

12,14967

6

12,13292

22

12,15079

7

12,13403

23

12,15191

8

12,13515

24

12,15303

9

12,13627

25

12,15414

10

12,13738

26

12,15526

11

12,13850

27

12,15638

12

12,13962

28

12,15750

13

12,14073

29

12,15862

14

12,14185

30

12,15974

15

12,14297

31

12,16086

16

12,14408

 

 




De acuerdo con la Circular Nº 0019-2026-BCRP el índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artículo 1235º del Código Civil.

Además, el índice en mención no debe ser utilizado para: 

a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. 
b. Determinar el valor al día del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley N° 26598). 
Conozca la norma aquí


SBS
Fortalecen la supervisión consolidada de la SBS y la alínean con los estándares internacionales

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (SBS) fortaleció su supervisión consolidada y la alineó con los estándares internacionales mediante la Resolución SBS N° 01959-2026.

La norma modifica el Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgos a efectos de que las empresas supervisadas procuren que las entidades que conforman su grupo financiero o grupo consolidable incorporen prácticas de gobierno corporativo y de gestión integral de riesgos compatibles con las previstas en dicho Reglamento.

Por ende, se establece que cuando la SBS ejerza supervisión consolidada en el marco de lo establecido en el Reglamento para la Supervisión Consolidada de los Conglomerados Financieros y Mixtos, la empresa responsable de la remisión de la información consolidada procurará que las entidades que forman parte de su grupo financiero o grupo consolidable incorporen los estándares de gobierno corporativo y gestión integral de riesgos del Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgos, aprobado mediante Resolución SBSN° 272-2017 y sus modificatorias, que sean compatibles con su naturaleza, tamaño, la complejidad de sus operaciones y servicios, y el marco normativo que les sea aplicable.

En ese sentido, se incorpora un último párrafo en el artículo 1° y un texto en el artículo 2° del Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgos. Conozca la norma aquí


Miércoles 5 de agosto del 2026

PODER EJECUTIVO
Declaran en reorganización el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego

El Poder Ejecutivo declaró en reorganización el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), por el plazo deciento veinte (120) días calendario, con el objeto de evaluar su situación administrativa, organizacional y de gestión; y, proponer las acciones y medidas de reforma que correspondan.

Fue mediante el Decreto Supremo N° 008-2026-MIDAGRI con el cual se establece que dicho portafolio, a través de la Oficina de Modernización de su Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, realizará un diagnóstico que incluirá la determinación de medidas de reforma y mejora organizacional; para dichos efectos, deberá considerar el análisis de la situación administrativa, organizacional, planeamiento estratégico, presupuestal, inversión pública, integridad, entre otros que sean necesarios.

El citado diagnóstico, que estará contenido en un informe que detallará las medidas de reforma y mejora organizacional, se presentará al Despacho Ministerial del MIDAGRI, previa conformidad de los Despachos Viceministeriales y de la Secretaría General, según corresponda al ámbito de competencia de las recomendaciones contenidas en el mencionado documento. Conozca la norma aquí


SUNASS
Adecúan marco normativo emitido por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento a la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS) adecuó el marco normativo que emitió a lo establecido en las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo N° 1192 que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, estableciendo, entre otros aspectos, el régimen jurídico aplicable para el procedimiento de liberación de interferencias.

Fue mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 029-2026-SUNASS-CD que modifica el Reglamento que regula el Procedimiento para la emisión del Mandatode Liberación de Interferencias.

De esta manera la Sunass adecúa el Reglamento que regula el Procedimiento para la emisión del Mandato de Liberación de Interferencias, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 069-2017-SUNASS-CD respecto a la definición de controversia, la finalidad, los requisitos para solicitar un mandato, los plazos de ejecución de la liberación de interferencias, el cumplimiento e incumplimiento de las obligaciones de los prestadores de servicios y titulares de las interferencias para la entrega de información y abstención de actividades, la metodología de estimación de costos y la tabla de infracciones,sanciones y escala de multa. Conozca la norma aquí


SBS
Alínean el esquema del Fondo de Seguro de Depósitos a las mejores prácticas internacionales para asegurar su suficiencia frente a eventos de estrés financiero y sostenibilidad

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) alineó el esquema del Fondo de Seguro de Depósitos a las mejores prácticas internacionales, estableciendo un ratio de reserva objetivo que permita asegurar la suficiencia de dicho Fondo frente aeventos de estrés financiero, la eficiencia en el uso de los recursos acumulados, así como su sostenibilidad y suficiencia en el largo plazo.

Esto, teniendo en cuenta que el Fondo de Seguro de Depósitos cumple un rol fundamental en la protección de los depositantes y en el mantenimiento de la estabilidad del sistema financiero.

Fue mediante la Resolución SBS N° 01960-2026 con la cual se modifican las Normas para la cobertura, recursos y pago de imposiciones cubiertas del Fondo de Seguro de Depósitos, aprobadas por Resolución SBS N° 657-99 y sus normas modificatorias.

Con ello se precisa que el mencionado Fondo deberá contar con un ratio de reserva objetivo que busque alcanzar suficientes recursos para atender, en el marco de sus funciones, situaciones de estrés que se pudieran presentar en el sistema financiero. Todo ello, teniendo en cuenta que dicho ratio de reserva objetivo (R) considerará una banda de valores entre el 8% y 10%. 

Así, el ratio de reserva se calculará como los fondos disponibles más las inversiones disponibles para la venta del Fondo, de acuerdo con el Manual de Contabilidad del Fondo, respecto del total estimado de depósitos asegurados de los miembros del Fondo, conforme las empresas lo reportan a la SBS en el Anexo N° 17-A “Control de Imposiciones cubiertas por el Fondode Seguro de Depósitos”. Además, el ratio de reserva será calculado por el Fondo y publicado mensualmente en su página web.

La determinación de la banda de valores para el ratio de reserva objetivo será revisado por la citada Superintendenciacada cuatro años o cuando esta determine una situación de riesgo relevante para el sistema financiero que amerite su recálculo. Conozca la norma aquí


Jueves 6 de agosto del 2026

PODER EJECUTIVO
Designan a César Luna Victoria León como nuevo Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

La presidente de la República, Keiko Fujimori Higuchi con acuerdo del Consejo de Ministros y a propuesta del ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba Bustinza, designó al señor César Alfonso Luna Victoria León como nuevo Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, mediante la Resolución Suprema Nº 027-2026-EF.

De acuerdo con la norma, el señor César Alfonso Luna Victoria León reemplaza en el cargo al señor Javier Eduardo Franco Castillo, cuya renuncia es aceptada; dándosele las gracias por los servicios prestados. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Nombran a Clara Urteaga Goldstein como nueva presidenta del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas

El Poder Ejecutivo nombró a la señora Clara Rossana Urteaga Goldstein como nueva presidenta del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), mediante la Resolución Suprema N° 028-2026-EF.

Para tal efecto, se dio por concluido el encargo de puesto de presidenta del Tribunal Fiscal del MEF, dispuesto mediante la Resolución SupremaNº 044-2025-EF. Conozca la norma aquí


SERNANP
Publican el Plan Maestro del Santuario Nacional Cordillera de Colán, periodo 2026-2031 

El Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp) aprobó el Plan Maestro del Santuario Nacional Cordillera de Colán, periodo 2026-2031, como documento de planificación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000155-2026-SERNANP/PE.

A la par, aprobó la zonificación, así como ratificó la Zona de Amortiguamiento del Santuario Nacional Cordillera de Colán aprobada mediante la Resolución Presidencial N° 025-2011-SERNANP.

Por ende, se dispuso la publicación del mencionado plan en la sede digital del Sernanp: https://www.gob.pe/sernanp. Conozca la norma aquí


ONPE
Establecen el 24 de agosto del 2026, como fecha límite para que las organizaciones políticas, personas candidatas o sus responsables de campaña, según correspondan, presenten la segunda entrega de la información financiera de aportes e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las Elecciones Generales 2026 

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) estableció el 24 de agosto del 2026, como fecha límite para que las organizaciones políticas, personas candidatas o sus responsables de campaña, según correspondan, presenten la segunda entrega de la información financiera de aportes e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las Elecciones Generales 2026, de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo que comprende la segunda entrega

Fecha límite para la presentación de la información financiera

Desde el 14 de marzo del 2026 hasta el 1 de agosto del 2026

24 de agosto del 2026


Fue mediante la Resolución Gerencial N° 000008-2026-GSFP/ONPE con la cual se precisa que la ONPE ha habilitado los siguientes mecanismos de presentación:

a) Portal Digital de Financiamiento – PDF CLARIDAD 
b) Mesa de Partes Físicas de la ONPE, ubicada a nivel nacional, en las Oficinas Regionales de Coordinación,Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales y Mesa de Partes de la Sede Central, ubicada en el jirón Washington N° 1894, Cercado de Lima. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Ministro de Relaciones Exteriores participará en los actos oficiales previos y en la Ceremonia de Posesión Presidencial que se llevarán a cabo en la ciudad de Santiago de Cali, República de Colombia, los días 6 y 7 de agosto del 2026
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 5 de agosto del 2026)

El señor Alfonso Carlos Espa y Garces-Alvear, Ministro de Estado en el Despachode Relaciones Exteriores, participará en los actos oficiales previos y en la Ceremonia de Posesión Presidencial que se llevarán a cabo en la ciudad de Santiago de Cali, República de Colombia, los días 6 y 7 de agosto del 2026.

Para tal efecto, el Poder Ejecutivo autorizó su viaje, en comisión de servicios, a la ciudad de Santiago de Cali, República de Colombia, del 6 al 8 de agosto del 2026, mediante la Resolución Suprema Nº 249-2026-PCM.

Por ende, se encarga el Despacho de Relaciones Exteriores al señor Luis Fernando Galarreta Velarde, presidente del Consejo de Ministros, en tanto dure la ausencia del titular. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Aprueban nuevo Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego 
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 5 de agosto del 2026)

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) aprobó el nuevo Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de dicho portafolio, mediante la Resolución Ministerial Nº D000289-2026-MIDAGRI-DM.

El nuevo Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego consta de cuatro (4) títulos, cientodieciséis (116) artículos y un (01) Anexo, que contiene el organigrama de la citada cartera.

En ese contexto, compila e integra la Primera y Segunda Sección del Reglamento de Organización y Funciones del Midagri y su modificatoria.Su aplicación no limita, interfiere ni condiciona la adopción de posteriores medidas, así como de aquellas que se encuentren en curso, en materia de organización y estructura que se disponga.

Por ende, se dispuso la publicación del nuevo documento normativo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe); así como en el Portal de Transparencia Estándar y en la sede digital del Midagri (www.gob.pe/midagri). Conozca la norma aquí


Viernes 7 de agosto del 2026

Biblioteca Nacional actualiza su tarifario de servicios

La Biblioteca Nacional del Perú (BNP) aprobó el documento consolidado del Tarifario Único de los Servicios No Prestados en Exclusividad (TUSNE), incorporando una serie de modificaciones orientadas a actualizar sus procedimientos, adecuar los costos a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente para 2026 y optimizar la atención de los usuarios.

La medida fue oficializada mediante la Resolución Jefatural N.° 000065-2026-BNP, que modifica los anexos 1 y 2 del tarifario aprobado en 2024 y actualizado en 2025. Entre los principales cambios figura la actualización de los porcentajes calculados sobre la UIT 2026, fijada en S/ 5,500, conforme al Decreto Supremo N.° 301-2025-EF.

Asimismo, se incorpora como requisito que los usuarios que efectúen pagos mediante depósito o transferencia remitan el voucher o constancia de abono al correo institucional caja@bnp.gob.pe, con el fin de agilizar la verificación de los pagos.

La resolución también actualiza la ficha del servicio "Asignación del ISBN y Código de Barras", adecuándola al nuevo Módulo de Trámite de ISBN, implementado por la entidad para modernizar este procedimiento. Además, elimina del tarifario el servicio de digitalización de material bibliográfico documental proporcionado por el solicitante, correspondiente a libros, periódicos o revistas, y modifica la codificación de los servicios administrados por la Dirección del Acceso y Promoción de la Información.

El documento consolidado aprobado reúne los anexos 1 y 2 del tarifario vigente y reemplaza las versiones anteriores.

La BNP recordó que, de acuerdo con la Ley N.° 30570, es el ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas y cuenta con autonomía económica, administrativa y financiera. Asimismo, la Ley del Procedimiento Administrativo General faculta a las entidades públicas a establecer, mediante resolución de su titular, la denominación, requisitos y costos de los servicios que no se prestan en exclusividad, los cuales deben ser difundidos para conocimiento de la ciudadanía.


Designan a Carlos Humberto Salazar como viceministro de Políticas y Evaluación Social del Midis

El Poder Ejecutivo designó a Carlos Humberto Salazar García como nuevo viceministro de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), mediante la Resolución Suprema Nº 014-2026-MIDIS, publicada en el diario oficial El Peruano.

La resolución dispone el nombramiento del funcionario para asumir la conducción del viceministerio encargado de formular, evaluar y fortalecer las políticas sociales orientadas a reducir la pobreza, la vulnerabilidad y la exclusión en el país.

La Ley Nº 29792, norma que creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, establece como parte de su organización básica el despacho del Viceministerio de Políticas y Evaluación Social, órgano estratégico para el diseño, seguimiento y evaluación de las intervenciones sociales del Estado.


Sábado 8 de agosto del 2026

Poder Judicial: declaran duelo judicial por fallecimiento de expresidente de la institución

El Poder Judicial (PJ) declaró duelo judicial laborable en Lima hoy, 8 de agosto, por el sensible fallecimiento de Oscar Víctor Alfaro Álvarez, juez supremo titular cesante de la Corte Suprema de Justicia de la república y expresidente de la institución, por lo que se izará a media asta el pabellón nacional.

La Resolución Administrativa N.° 000076-2026-P-CE-PJ expresa también el reconocimiento póstumo a Alfaro Álvarez por los servicios prestados a la nación, así como las condolencias a nombre del Poder Judicial a su familia. Conozca la norma aquí.


BCR: Julio Velarde participará en cita de presidentes de bancos centrales de Sudamérica

El presidente del Banco Central de Reserva del Perú, Julio Velarde Flores, participará en la XLIV Reunión de Presidentes de Bancos Centrales de América del Sur, que se efectuará el 10 y 11 del presente mes en la ciudad de Santiago de Chile.

La Resolución de Directorio N.° 0036-2026-BCRP-N explica que a esta cita asistirán las máximas autoridades monetarias de los países de esta parte del continente con la finalidad de abordar temas relevantes de la coyuntura económica regional y global, entre otros temas de interés.

Por tal motivo, se aprueba la misión en el exterior de Velarde para los días mencionados, así como el pago de los gastos, a fin de que participe en las reuniones indicadas. Conozca la norma aquí.


Poder Judicial: se prorroga por tres meses funcionamiento de Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial prorrogó por tres meses, a partir del 12 de agosto de 2026, el funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República.

La medida se adoptó mediante la Resolución Administrativa N.° 000276-2026-CE-PJ, ante la considerable carga procesal de expedientes en trámite que mantiene ese tribunal supremo.

De acuerdo con la norma, esta situación conlleva a disponer la continuación de su funcionamiento, debido a la urgente necesidad de proseguir con la importante labor de descarga por la que fue creado este órgano jurisdiccional.

El Consejo Ejecutivo recordó que mediante la Resolución Administrativa N.° 000128-2026-CE-PJ ya se había prorrogado, por tres meses y a partir del 12 de mayo de 2026, el funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria.

La nueva prórroga se sustenta en el artículo 82.°, inciso 18), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Asimismo, el inciso 26) del mismo artículo establece como atribución del Consejo Ejecutivo adoptar las medidas necesarias para que las dependencias judiciales funcionen con celeridad y eficiencia. Conozca la norma aquí.


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