• MIÉRCOLES 12
  • de agosto de 2026

Derecho

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DERECHO

El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, miércoles 12 de agosto del 2026


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Aprueban el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú

El Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (Senamhi), como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Ambiente, aprobó el texto integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, mediante la Resolución de Jefatura N° 010-2026-SENAMHI/JF.

El Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Senamhi consta de dos (2) títulos, setenta y nueve (79) artículos y un (1) anexo, que contiene el organigrama de dicho organismo público ejecutor.

Por ende, se dispuso la publicación del referido texto integrado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional del Senamhi (www.gob.pe/senamhi). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Aprueban el “Marco Orientador de Cultivos para la Campaña Agrícola 2026/2027”

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego aprobó el documento denominado, “Marco Orientador de Cultivos para la Campaña Agrícola 2026/2027” (MOC 2026/2027), como un instrumento de orientación a los productores de la agricultura familiar, que contribuya al ordenamiento de la oferta agrícola nacional.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° D000304-2026-MIDAGRI-DM con la cual se precisan las responsabilidades de las unidades de organización del mencionado portafolio, los gobiernos regionales, gobiernos locales y juntas de usuarios de riego respecto al seguimiento estadístico, difusión, evaluación económica y promoción del referido marco.

Por tanto, se dispone la publicación del “Marco Orientador de Cultivos para la Campaña Agrícola 2026/2027” en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe),y en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri).


MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Aprueban Norma Técnica Peruana sobre Directrices para la auditoría de los sistemas de gestión

El Instituto Nacional de Calidad, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción (Produce), aprobó la NTP-ISO 19011:2026: Norma Técnica Peruana sobre Directrices para la auditoría de los sistemas de gestión, mediante la Resolución Directoral N° 000015-2026-INACAL/DN.

Se trata de la Cuarta Edición de la Norma Técnica Peruana sobre Directrices para la auditoría de los sistemas de gestión que reemplaza a la NTP-ISO 19011:2018 (revisada el 2024): Norma Técnica Peruana sobre Directrices para la auditoría de los sistemas de gestión, Tercera Edición.

Por ende, se deja sin efecto la NTP-ISO 19011:2018 (revisada el 2024): Norma Técnica Peruana sobre Directrices para la auditoría de los sistemas de gestión, Tercera Edición. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD 
Aprueban los Lineamientos para el proceso de ascenso mediante concurso interno de los profesionales de la salud y técnicos y auxiliares asistenciales de la salud, en el marco de la Centésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2026

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó los Lineamientos para el proceso de ascenso mediante concurso interno de los profesionales de la salud y técnicos y auxiliares asistenciales de la salud, en el marco de la Centésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026.

Fue por intermedio del Decreto Supremo Nº 012-2026-SA con el cual se precisa que dichos lineamientos constan de seis (6) títulos, diecisiete (17) artículos, cinco (5) Disposiciones Complementarias Finales y dos (2) Anexos.

Los citados lineamientos establecen los requisitos, procedimientos técnicos y mecanismos necesarios para desarrollar el proceso de concurso interno de ascenso progresivo del personal de la salud nombrado, al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3° del Decreto Legislativo Nº1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio el Estado, autorizado por la Centésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026.

De esta manera, se establecen las disposiciones para implementar el proceso de ascenso progresivo a través de concurso interno del personal de la salud nombrado de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud, registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) al 31 de julio de 2024, y que se encuentren en alguno de los supuestos establecidos en los literales a) o b) del inciso 1 de la Centésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026. Conozca la norma aquí


SUSALUD
Modifican el “Reglamento para la Recolección, Transferencia y Difusión de Información de las Prestaciones de Salud generadas por las Instituciones Prestadorasde Servicio de Salud (IPRESS) y por las Unidades de Gestión de IPRESS (UGIPRESS)” 

La Superitendencia Nacional de Salud (Susalud) modificó el “Reglamento para la Recolección, Transferencia y Difusión de Información de las Prestaciones de Salud generadas por las Instituciones Prestadorasde Servicio de Salud (IPRESS) y por las Unidades de Gestión de IPRESS (UGIPRESS)”, mediante la Resolución de Superintendencia N° 000118-2026-SUSALUD/SUP.

De acuerdo con la norma modificatoria, por ejemplo, Susalud establece el indicador de cumplimiento de envío de la información aplicable a las IPRESS y UGIPRESS públicas, privadas o mixtas para la transferencia de información, de conformidad con lo señalado en el artículo 7°, 7-B y la primera disposición complementaria transitoria del mencionado reglamento.

En ese contexto, se precisa que las acciones administrativas que se inicien o impongan por el incumplimiento de los plazos establecidos para la remisión de información, no eximirán ni suspenderán la obligación de las IPRESS y UGIPRESS, públicas, privadas o mixtas, de remitir la información pendiente yla correspondiente a los periodos subsiguientes dentro de los plazos vigentes. 

La regularización de envíos extemporáneos no enervará la infracción ni interrumpirá el cómputo del Indicador de Cumplimiento, el cual se evaluará conforme se prevé, teniendo en cuenta que el indicador de cumplimiento debe ser mayor o igualal ochenta por ciento (80%), y su incumplimiento estará sujeto a lo dispuesto por el Reglamento de Infracciones y Sanciones de Susalud.

A la par, se introducen cambios en el artículo 7-B del Capítulo II “Recolección de Información” del “Reglamento para la Recolección, Transferencia y Difusión de Información de las Prestaciones de Salud generadas por las Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud (IPRESS) y por las Unidades de Gestión de IPRESS (UGIPRESS)”, aprobado con Resolución de Superintendencia N° 092-2014-SUSALUD/S.

Cambios referidos a la obligatoriedad y plazos de presentar información de los turnos asistenciales del personalde la Salud en las IPRESS públicas, privadas o mixtas, dentro de los plazos establecidos, sin observaciones.

También se modifica la Primera Disposición Complementaria Transitoria del “Reglamentopara la Recolección, Transferencia y Difusión de información de las Prestaciones de Salud Generadas por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y Unidades de Gestión de IPRESS”.

Modificación referida a los plazos y obligaciones para la implementación del SETI-IPRESS. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Oficializan la autorización de viaje del ministro de Relaciones Exteriores a Colombia para que participe en las actividades de entrega de ayuda  humanitaria a las familias damnificadas por los sismos que han afectado ese país
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 11 de agosto del 2026)

El Poder Ejecutivo oficializó la autorización de viaje del señor ALFONSO CARLOS ESPA YGARCES-ALVEAR, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la República de Colombia para que participe en las actividades de entrega de ayuda  humanitaria a las familias damnificadas por los sismos que han afectado ese país

Fue mediante la Resolución Suprema  Nº 252-2026-PCM, con el cual dicho poder del Estado autorizó su viaje a la República de Colombia, del 11 al 12 de agosto de 2026.

Por ende, se encarga el Despacho de Relaciones Exteriores al señor LUIS FERNANDO GALARRETA VELARDE, Presidente del Consejo de Ministros, en tanto dure la ausencia del titular. Conozca la norma aquí


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