• LUNES 17
  • de agosto de 2026

Derecho

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Profesionalización y plazos razonables

Lavado de activos: claves de una investigación eficaz

Abogado Javier Aguirre destaca la importancia de fortalecer las capacidades institucionales de los operadores del sistema de administración de justicia en la lucha contra el delito.
Entre 2019 y 2025, el Ministerio Público registró 6,616 investigaciones fiscales por presunto lavado de activos.


Editor
Percy Buendia Quijandría

Periodista

pbuendia@editoraperu.com.pe


Al comentar el informe de la Defensoría del Pueblo denominado Lavado de Activos. Cuando la investigación se convierte en condena. “Muertos en vida”. La afrenta de un sistema que vulnera derechos fundamentales, el abogado penalista Javier Aguirre afirma que los plazos de investigación a nivel de la Fiscalía no pueden durar nueve años, por ejemplo.

“El tiempo máximo debe ser la cuarta parte, a lo mucho. Estamos hablando de entre dos y tres años, equivalente tal vez a dos años con uno de prórroga, por decirlo de alguna manera”, recalca.

El letrado precisa que las demoras significan también más egresos institucionales. “Si lo miramos desde la perspectiva del gasto, es un montón de dinero, para que al final sea absuelto, y así se obtenga una condena, después de nueve años, ¿cuál ha sido el negocio para el Estado?”, se pregunta.

Ley

“Concuerdo aquí con el informe de la Defensoría del Pueblo. Obviamente, esto se tiene que hacer mediante una ley que ahora se tendrá que debatir en la Cámara de Diputados y si se acotan los plazos la revisará el Senado, aprobará, y la promulgará el Ejecutivo”, refiere.

El especialista remarca que la labor del Ministerio Público tiene que ser lo más expeditiva posible. “Los fiscales no pueden protegerse con el argumento de que son 10 o 20 personas, porque a veces agregan investigaciones”, revela.

“Por ejemplo, investigan a una persona que tiene su empresa, pero como dicen que el caso es lavado de activos y no saben de dónde sacó su patrimonio, entonces, agregan también a la esposa o pareja, y si los hijos ya tienen 30 o 40 años y trabajan, también, y así siguen”, anota.

Aguirre menciona que se va abriendo el proceso y pueden tener 10, 15, 20 personas investigadas. “¿Por qué? para dar la imagen de que es una organización, y por este motivo se necesita más tiempo. Hay que investigar a quien realmente tiene la imputación y no estar abriendo, como se dice en términos coloquiales, la cancha para ver qué más puedo sacar en este caso”, asevera.

“De eso no se trata, sino de acotar la investigación, y si esa es la persona responsable, y a lo mucho su pareja, o alguien más, terminar de investigarlo bien, acusarlo y que vaya a juicio oral. Si se demuestra que es responsable, se le condena. Que sea en dos o tres años”, recalca.

Frente a este panorama, el socio principal de Aguirre Abogados Penalistas Empresariales coincidió en que es necesario fortalecer las capacidades institucionales de los operadores del sistema de administración de justicia en la lucha contra el lavado de activos.

“Es importante, sobre todo a nivel de investigación, tanto de la Policía como Fiscalía. Ahí debe haber profesionalización, preparación, capacitación y, obviamente, también presupuesto para que lleven a cabo tanto sus investigaciones como su juzgamiento”, opina.

Responsabilidad

Y los representantes del Ministerio Público, al dárseles toda esa preparación, capacitación y presupuesto, también deben ser conscientes de que tienen que usar esos recursos, sobre todo los presupuestos, en un plazo razonable, asevera.

“Al final, con todas estas demoras, se manda un mal mensaje a la ciudadanía. Entonces, hay que cuidar, tanto la Fiscalía, como el Poder Judicial, Policía e, incluso, nosotros los abogados, que el sistema funcione en un tiempo razonable a la hora que se investiga un caso de lavado de activos”, advierte.

Aguirre enfatiza que no se pueden prolongar tanto tiempo los procesos, porque “si no la ciudadanía piensa mal, ‘ahí hay componenda’, ‘ahí qué están tramando’. Mandamos una falsa imagen de que no se hace nada, y eso no es cierto”.

“Por eso, las recomendaciones de la Defensoría del Pueblo son atendibles. En este caso, espero que el Congreso las considere, porque este es un informe que ha sido lo más profesional posible en este caso”, precisa.

La publicación, refiere, “es una voz que nos dice que debemos revisar el tema del lavado de activos, tanto en su investigación como en su juzgamiento, no para decir que ya no se perseguirá, ni investigará a los que cometen este tipo de delitos, no. Es para llevarlo dentro de lo que se denomina siempre un proceso honesto y justo, ¿qué significa? un debido proceso. Simplemente es eso”.

“Porque al final, las leyes penales son para proteger a los ciudadanos, no es para proteger al delincuente. ¿Por qué? Porque ningún ciudadano en nuestro querido país está libre de poder estar implicado en este tipo de investigaciones. La ley está para eso, para proteger a los ciudadanos, no contra los ciudadanos”, puntualiza.

Documento

El Informe Defensorial N.° 286 analiza las principales deficiencias en la investigación y persecución del delito de lavado de activos en el país, así como el impacto que estas generan sobre los derechos fundamentales de las personas investigadas.

El documento revela que, entre 2019 y 2025, el Ministerio Público registró 6,616 investigaciones fiscales por el presunto delito de lavado de activos; sin embargo, solo 234 culminaron con una sentencia condenatoria en primera instancia, lo que representa apenas el 3.54% del total.

En contraste, el 96.46% de los casos permanece en investigación o concluyó con absoluciones, mientras que el tiempo promedio para resolver estos procesos puede alcanzar los 17 años, lo cual excede el plazo razonable y genera graves afectaciones a la presunción de inocencia, el patrimonio, el honor, la libertad de empresa y el proyecto de vida de las personas involucradas y sus familias, advierte la entidad.

Incautaciones

La prolongación de los procesos permite también que un ente administrativo como la Unidad de Inteligencia Financiera-UIF pueda ir a un juez directamente, ni siquiera pasar previamente por el fiscal, y pedir la incautación de la casa o el carro del investigado, y al banco el cierre de cuentas, refiere Javier Aguirre. Explica que la UIF y la Fiscalía pueden solicitar medidas cautelares para asegurar su investigación; la ley lo permite. “El problema es que la ley no le da la facilidad al investigado de impugnar esas acciones. Incluso, él no sabe que le están pidiendo medidas cautelares, se entera después. Es la violación de un derecho fundamental a defenderse mientras lo investigan”, recalca.

El informe defensorial advierte que medidas cautelares como el congelamiento de cuentas bancarias y otras restricciones patrimoniales pueden ocasionar severos perjuicios económicos incluso antes de que exista una acusación formal.

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