El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, martes 18 de agosto del 2026
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban las normas reglamentarias para la continuación del proceso extraordinario de atención de pago de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada para el sector Educación.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó las normas reglamentarias para la continuación del proceso extraordinario de atención de pago de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada para el sector Educación.
Fue mediante el Decreto Supremo Nº 160-2026-EF con el cual se aprueba las Normas Reglamentarias para la aplicación de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32732, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de inversiones públicas orientadas al cierre de brechas, la continuidad de los servicios del Estado y garantizar la transición democrática; y dicta otras medidas.
De esta manera, se aprueban las normas reglamentarias para la reactivación de la Comisión Evaluadora de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales emitidas, regulada como Comisión Multisectorial, a fin de que elabore y apruebe el listado complementario de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre del 2025 del sector Educación, preparado sobre la base de la información presentada por los pliegos del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales, que se financian con Recursos Ordinarios, y que cumplan con losprocedimientos y plazos que se establecen.
Cada plazo del proceso de pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución establecido en las normas reglamentarias aprobadas, es de carácter preclusivo. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Declaran el inicio del proceso de fortalecimiento y optimización del Programa Nacional “Compras a MYPErú” y crean el «Grupo de Trabajo Sectorial para el fortalecimiento y optimización del Programa Nacional “Compras a MYPErú”»
El Ministerio de la Producción (Produce) declaró el inicio del proceso de fortalecimiento y optimización del Programa Nacional “Compras a MYPErú” y creó el «Grupo de Trabajo Sectorial para el fortalecimiento y optimización del Programa Nacional “Compras a MYPErú”», mediante la Resolución Ministerial Nº 00273-2026-PRODUCE.
Dicho Grupo de Trabajo Sectorial, que estará presidido por el Viceministro de MYPE e Industria, tiene por objeto realizar un diagnóstico sobre el Programa Nacional “Compras a MYPErú”, y recomendar las acciones y medidas de reforma que correspondan.
Para tal efecto, cuenta con una Secretaría Técnica y se instalará dentro delos cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la citada Resolución Ministerial, teniendo en cuenta que las sesiones del Grupo de Trabajo Sectorial podrán ser presenciales o virtuales.
El Grupo de Trabajo Sectorial tendrá una vigencia desesenta (60) días hábiles contados desde el día hábil siguiente a su instalación. Conozca la norma aquí
PODER JUDICIAL
Establecen disposiciones relativas a la incorporación de profesionales en el “Registro Distrital de Abogados Calificados”
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) estableció las disposiciones relativas a la incorporación de profesionales en el “Registro Distrital de Abogados Calificados”, mediante la Resolución Administrativa N° 000282-2026-CE-PJ.
Así, dispuso que los Consejos Ejecutivos Distritales, o quienes hagan sus veces en las Cortes Superiores de Justicia del país, emitan el acto administrativo correspondiente a efectos de incorporar en el “Registro Distrital de Abogados Calificados” a:
- Los profesionales aptos ganadores de los procesos de selección desarrollados en el marco de la Resolución Administrativa Nº 399-2020-CE-PJ.
- Los profesionales aptos ganadores de procesos de selección que iniciaron con la Resolución Administrativa Nº 399-2020-CE-PJ y concluyeron durante la vigencia de la Resolución Administrativa Nº 187-2026-CE-PJ.
- Los profesionales que vienen participando en procesos de selección en curso en el marco de la Resolución Administrativa Nº 399-2020-CE-PJ y que sean declarados ganadores.
En ese contexto, el CEPJ estableció, con relación a la información incorporada en el “Registro Distrital de Abogados Calificados”, lo siguiente:
- La incorporación tendrá una vigencia de dos (2) años, contabilizados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la resolución administrativa que la disponga.
- El Administrador de la Corte Superior de Justicia, en su calidad de responsable de la Administración del Registro Distrital de Abogados Calificados efectuará la incorporación de los abogados que se encuentren en los supuestos mencionados, en un plazo máximo de 48 (cuarentay ocho) horas, contadas desde el día siguiente de la notificación de la resolución que formaliza la incorporación.
- La incorporación se efectuará respetando la diferenciación por nivel jerárquico de los abogados inscritos en el Registro de Jueces Supernumerarios al que hace referencia la Resolución Administrativa Nº399-2020-CE-PJ. En caso de que un abogado haya resultado apto en más de un proceso de selección para el mismo nivel jerárquico, se registrará únicamente su condición más reciente, evitando la duplicidad de registros en dicho nivel. Conozca la norma aquí
SBS
Autorizan difusión en consulta pública del proyecto normativo que modifica el “Reglamento para la Gestión del Riesgo deTasa de Interés del Libro Bancario”
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) autorizó la difusión en consulta pública del proyecto normativo que modifica el “Reglamento para la Gestión del Riesgo de Tasa de Interés del Libro Bancario” en su sede digital (www.sbs.gob.pe), mediante la Resolución SBS N° 02037-2026.
El plazo para que el público en general pueda remitir a la SBS sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado será de noventa (90) días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la citada resolución en el Diario Oficial El Peruano.
De esta manera, la SBS busca aprobar un reglamento específico que establezca los principios, lineamientos y criterios mínimos para una gestión integral y consistente del riesgo de tasa de interés en el libro bancario por parte de las empresas del sistema financiero, con el objetivo de fortalecer el marco regulatorio aplicable a la gestión de dicho riesgo, incorporando prácticas y estándares internacionales consistentes con las características del mercado local. Conozca la norma aquí
SBS
Autorizan difusión en consulta pública del proyecto normativo que aprueba el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Mercado
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) autorizó la difusión en consulta pública del proyecto normativo que aprueba el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Mercado en su sede digital (www.sbs.gob.pe), mediante la Resolución SBS N° 02038-2026.
El plazo para que el público en general pueda remitir a la SBS sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado es de noventa (90) días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la mencionada resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Así, la citada entidad supervisora busca emitir un nuevo Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Mercado, que sustituya al aprobado mediante Resolución SBS N° 6328-2009 y sus modificatorias, con la finalidad de actualizar el marco regulatorio vigente e incorporar una metodología más robusta y sensible al riesgo, que permita un mejor reconocimiento y medición de los riesgos de mercado asumidos por las empresas del sistema financiero, en concordancia con los lineamientos establecidos en el marco de Basilea III. Conozca la norma aquí
OSINERGMIN
Aprueban medidas excepcionales ytransitorias para facilitar el abastecimientode combustibles durante la situación deemergencia de abastecimiento en la regiónde Ucayali
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del lunes 17 de agosto del 2026)
El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) aprobó medidas excepcionales y transitoriasorientadas a facilitar el almacenamiento y abastecimientode Diesel B5 y Gasolina Regular durante la vigenciade la situación de emergencia de las actividadesde hidrocarburos vinculadas al abastecimiento decombustibles en la región de Ucayali, declarada medianteResolución Ministerial N° 352-2026-MINEM/DM y suseventuales ampliaciones.
Fue por intermedio de la Resolkución de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería OSINERGMIN N° 156-2026-OS/CD con la cual se aprueba el formato de declaración jurada decumplimiento de normativa técnica y de seguridadpara excepciones relacionadas con las operacionesde recepción, almacenamiento, transferencia, mezcla,agregado de aditivos y despacho de Diesel B5 y GasolinaRegular.
Durante la vigencia de la situación de emergencia ysus eventuales ampliaciones, se permiterá la habilitaciónparcial o total en el Registro de Hidrocarburos de lasPlantas de Procesamiento ubicadas en la región deUcayali, que se encuentren suspendidas a pedido departe, a fin de que puedan realizar operaciones derecepción, almacenamiento, transferencia, mezcla,agregado de aditivos y despacho de Diesel B5 y GasolinaRegular en tanques compatibles con dichos combustibles.Para ello, debe presentar a Osinergmin una solicitud conlos requisitos que se detallan.