Derecho
El cronograma, según los ingresos netos declarados en 2024, es el siguiente: quienes registraron más de 25 hasta 50 UIT deben declarar en julio de 2026; quienes superaron 10 hasta 25 UIT, en setiembre; y quienes obtuvieron hasta 10 UIT, en noviembre.
También deberán declarar en noviembre de 2026 las personas jurídicas no comprendidas en estos tramos, incluidas aquellas que anteriormente no estaban obligadas, así como los entes jurídicos domiciliados en el Perú.
La declaración se presenta mediante el Formulario Virtual N.° 3800, disponible las 24 horas en Sunat Operaciones en Línea.