El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, lunes 24 de agosto del 2026
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Disponen publicación del proyecto de Resolución Ministerial que establece la incorporación de información mínima sobre pueblos indígenas u originarios en los instrumentos de gestión ambiental de proyectos de exploración minera
El Ministerio de Energía y Minas dispuso la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que establece la incorporación de información mínima sobre pueblos indígenas u originarios en los instrumentos de gestión ambiental de los proyectos de exploración minera regulados en la Resolución Ministerial N° 108-2018-MEM/DM, modificada por la Resolución Ministerial N° 237-2024-MINEM/DM, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/minem), a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o aportes de la ciudadanía, por el plazo de quince (15) días calendario.
Fue mediante la Resolución Ministerial Nº 361-2026-MINEM/DM con la cual se establece que las opiniones, comentarios o aportes sobre el proyecto normativo deberán ser remitidas a la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros, sito en la avenida Las Artes Sur N° 260, distrito de San Borja,
provincia y departamento de Lima, o vía correo electrónico a la siguiente dirección: NOTIFICACIONDGAAM@minem.gob.pe.
La Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del Despacho Viceministerial de
Minas se encargará de la recepción, evaluación y sistematización de las opiniones, comentarios y/o aportes que se presenten. Conozca la norma aquí
SBS
Establecen lineamientos para el registro contable de los pagos que realizan las empresas de los sistemas supervisados dentro de controversias tributarias ante la Administración Tributaria y apelación ante el Tribunal Fiscal
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) estableció los lineamientos para el registro contable de los pagos que realizan las empresas de los sistemas supervisados dentro de controversias tributarias ante la Administración Tributaria y apelación ante el Tribunal Fiscal.
La medida fue adoptada mediante la Resolución SBS N° 02104-2026 con la cual se modifican el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, el Plan de Cuentas para las Empresas del Sistema Asegurador y el Manual de Contabilidad para las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a fin de incorporar los referidos lineamientos y establecer el tratamiento contable sobre los pagos dentrode controversias tributarias y sus provisiones en dichos documentos.
La primera aplicación del nuevo tratamiento contable que se fija será considerado como una nueva
política contable, contabilizándose el primer efecto en la cuenta patrimonial “Resultados acumulados”.
Las empresas señaladas en los artículos 16° y 17° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias, las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; así como, el Banco de la Nación, el Banco Agropecuario, la Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE), el Fondo MIVIVIENDA S.A., las
Derramas y Cajas de Beneficios bajo control de la Superintendencia, y el Fondo de Cajas Municipales de
Ahorro y Crédito (FOCMAC), deberán elaborar un reporte de controversias, denominado “Reporte individual de controversias tributarias en las cuales se han realizado pagos previos”.
Este reporte deberá contener, entre otra información, la sumilla de la controversia, el monto de determinación, la instancia actual, el monto pagado y el monto de la provisión por deterioro.
Las modificaciones efectuadas con los lineamientos y tratamiento contable establecidos entrarán envigencia a partir de la información correspondiente al mesde diciembre de 2026.
Por ende, el primer envío del reporte denominado “Reporte individual de controversias tributarias en las cuales se han realizado pagos previos” regirá a partir del primer semestre del 2027, debiendo remitirse en el mismo plazo de presentación de la información financiera correspondiente a junio 2027.
Las modificaciones efectuadas con las disposiciones para el nuevo reporte se publican en el portal institucional (www.sbs.gob.pe), conforme con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS.
???? El Ministerio de Educación (@MineduPeru) aprobó la norma que regula la evaluación del desempeño en cargos directivos de instituciones educativas de Educación Básica, en el marco de la Ley N.° 29944, Ley de Reforma Magisterial.