• LUNES 24
  • de agosto de 2026

Política

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ONPE: Cédulas de Elecciones Generales 2026 serán destruidas este fin de semana

Hoy comenzó el traslado del material.

Para este efecto, entre el lunes 24 y el viernes 28 de agosto, se cumplirá la fase de recojo y traslado del 100 % del material electoral, considerando que el proveedor, la empresa ELM Global Company S.A.C., dispone de un plazo máximo de cinco días calendario para retirar todas las cédulas. El servicio contratado por el organismo electoral comprende el recojo, carga, traslado, recepción, almacenamiento temporal, destrucción y disposición final del material.

El material comenzó a ser recogido de la sede de la ONPE, ubicada en Av. Los Eucaliptos, Parcela n.° 10, sector Santa Genoveva (Lurín) y viene siendo trasladado al local autorizado del proveedor, ubicado en Av. El Valle, Lote. 2N, Zona 6, Parque Porcino, Ventanilla (Callao), donde finalmente será destruido mediante trituración.

El despliegue iniciado esta mañana se realiza en 4 vehículos de carga. Asimismo, cada unidad es acompañada por un comisionado de la ONPE, quien realizará el seguimiento correspondiente durante el recorrido de la sede de Lurín hasta las instalaciones del proveedor. Las cédulas de sufragio viajan en cajas correspondientes a cada mesa de sufragio.

Se tiene contemplado trasladar, en promedio, 400 parihuelas por día, considerando que el material total comprende aproximadamente 1 880 parihuelas (alrededor de 413 000 kg.).


Fase de destrucción

La fase de destrucción deberá realizarse en plazo máximo de seis (6) días calendario, contabilizados luego de culminado el recojo del material. Se tiene previsto un acto público de destrucción, conforme a la programación que establezca la Gerencia de Gestión Electoral de la ONPE.

A esta actividad se invitará a representantes del Ministerio Público, Jurado Nacional de Elecciones y personeros de las organizaciones política.

Según las instrucciones aprobadas por la Resolución Gerencial n.° 000002-2026-GGE/ONPE en el proceso de destrucción se debe tener presente lo siguiente:

Mantener trazabilidad documentada desde la entrega del material por la ONPE hasta la emisión del certificado de destrucción.

Restringir el acceso al material a personal autorizado y mantener controles de ingreso y salida en las instalaciones donde se almacene o destruya.

Realizar visitas de control por parte de la GGE a las instalaciones del proveedor, cuando corresponda.

Ejecutar la destrucción en acto público, con participación de los observadores o fiscalizadores convocados, según corresponda.

Asegurar que la destrucción sea total e irreversible y que la disposición final de los residuos cumpla la normativa ambiental aplicable.

Documentar las incidencias que se produzcan durante cualquiera de las etapas y adoptar las medidas correctivas que correspondan.

Más información

Para regular el recuento de votos, el artículo 300 de la Ley n.° 32299, Ley que modifica la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que, concluido el escrutinio, las cédulas de sufragio no impugnadas son colocadas en un sobre lacrado y remitidas a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para su custodia y conservación, bajo responsabilidad, hasta el día siguiente de la publicación de la proclamación de resultados del proceso electoral respectivo por parte del Jurado Nacional de Elecciones. Asimismo, establece que transcurrido dicho plazo, la ONPE procede a la destrucción de las cédulas de sufragio en acto público.

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