Ministerio Público actualiza su TUPA: conoce los servicios médico-legales que tienen exoneración de pago
Ministerio Público aprueba nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos
La norma deja sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 2745-2023-MP-FN, que aprobó el TUPA anterior, así como sus modificatorias aprobadas mediante las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 275-2024-MP-FN y 2270-2024-MP-FN.
Asimismo, establece las exoneraciones y excepciones al pago de los servicios que brindan las unidades médico-legales del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses en los siguientes casos:
Policías y bomberos en el cumplimiento de sus funciones.
Pericias solicitadas por juez o fiscal competente en el marco de una investigación fiscal o proceso penal.
Casos de niños y adolescentes, conforme al artículo 158 de la Ley N.º 27337, Código de los Niños y Adolescentes.
Casos de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, conforme a la Ley N.º 30364 y su reglamento.
Casos de indigencia, previa evaluación y autorización del fiscal provincial penal de turno.