Economía
Mediante oficio múltiple enviado a las entidades financieras, la SBS ha establecido disposiciones que buscan brindar flexibilidad temporal a los deudores que puedan enfrentar dificultades para pagar sus créditos, permitiendo modificar sus cronogramas de pago, sin afectar su calificación crediticia.
Estas modificaciones contractuales no serán consideradas refinanciaciones, siempre que respondan a eventos excepcionales y temporales, no deriven de un deterioro permanente de la capacidad de pago y cumplan con los criterios y condiciones establecidos en el referido oficio.
Criterios
Entre los criterios establecidos por el regulador para aplicar este beneficio, se consideran la evaluación individual del deudor, su clasificación de riesgo (Normal o con problemas Potenciales), el número máximo de días de atraso del crédito, los límites aplicables a la extensión del plazo original y el número de reprogramaciones, entre otros aspectos, diferenciando su aplicación según se trate de créditos minoristas o no minoristas.
Reuniones
“Como parte de las coordinaciones para la adopción de medidas ante el posible impacto del fenómeno El Niño, trabajamos con los equipos técnicos de los ministerios de la Producción (Produce) y de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) y de Economía y Finanzas (MEF)”, manifestó el superintendente de Banca, Seguros y AFP, Sergio Espinosa.
En ese sentido, el funcionario precisó que el oficio múltiple incorpora flexibilizaciones adicionales a los criterios antes señalados, orientados específicamente a atender a los deudores afectados por declaratorias de estado de emergencia regional y sectorial.