El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, jueves 27 de agosto del 2026
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Declaran en situaciónde emergencia la infraestructura educativa pública a nivel nacional
El Ministerio de Educación (Minedu) declaró en situación de emergencia la infraestructura educativa pública a nivel nacional, con la finalidad de reducir las brechas mediante la ampliación y construcción de nuevos espacios educativos; fortalecer su planificación y gestión; asegurar su mantenimiento y sostenibilidad; y adoptar las acciones administrativas necesarias durante el proceso de reforma normativa.
La medida fue adoptada mediante el Decreto Supremo Nº 013-2026-MINEDU con el cual se encarga a dicho portafolio la elaboración de las normas necesarias para dar inicio al proceso de mejora de la infraestructura educativa nacional, así como la formulación de la propuesta normativa legal que crea el sistema funcional de infraestructura educativa de alcance nacional, y su ente rector adscrito al Minedu.
La citada cartera tendrá un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles para cumplir con el encargo, contados desde la publicación del referido decreto supremo. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el SegundoProtocolo de Enmienda al Tratado deCooperación Amazónica
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, ratificó el Segundo Protocolo de Enmienda al Tratado de Cooperación Amazónica, adoptado mediante la Resolución RES/EXT-III MRE-OTCA/16, de la “III Reunión Extraordinaria de Ministros de Relaciones Exteriores de los Países Miembros de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica”, del 21 de agosto de 2025, en la ciudad de Bogotá, Colombia.
Fue por intermedio del Decreto Supremo N° 040-2026-RE con el cual se establece que el citado portafolio procederá a publicar en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4° y 6° de la Ley Nº 26647, el texto íntegro del Segundo Protocolo de Enmienda referido y la fecha de su entrada en vigor.
Declaran de interés nacional el Encuentro Presidencial y XVII Gabinete Binacional Perú-Ecuador, así como sus eventos conexos, a realizarse en el Perú, en el año 2026
El Ministerio de Relaciones Exteriores declaró de interés nacional el Encuentro Presidencial y XVII Gabinete Binacional Perú-Ecuador, así como sus eventos conexos, a realizarse en el Perú, en el año 2026, mediante la Resolución Suprema N° 136-2026-RE.
En virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 30154, norma que regula un procedimiento especial de contratación
para la realización en el Perú de transmisiones del mando supremo y de cumbres internacionales declaradas de interés nacional, y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de jefes de Estado, jefes de Gobierno, altos dignatarios y comisionados, se precisa que resulta de aplicación el procedimiento especial de contratación establecido en dicha ley al Encuentro Presidencial y XVII Gabinete
Binacional Perú-Ecuador, así como a sus eventos conexos, declarados de interés nacional. Conozca la norma aquí
SUNAT
Modifican el Procedimiento Específico“Reconocimiento Físico - Extracción yAnálisis de Muestras” DESPA-PE.00.03(versión 4)
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) modificó el Procedimiento Específico“Reconocimiento Físico - Extracción yAnálisis de Muestras” DESPA-PE.00.03(versión 4), aprobado mediante la Resolución deSuperintendencia N° 000120-2022/SUNAT
La modificación se efectuó por medio de la Resolución N° 000162-2026/SUNAT a fin de incorporar la definición de juego o surtido; introducir precisiones o regulaciones adicionales relativas al uso de literatura técnica, artículos científicos y análogos en los métodos de ensayo, al tratamiento de las muestras sólidas no acondicionadas para la venta al por menor, a la extracción de muestras para análisis físico-químico
así como respecto a la realización del análisis físicoquímico de las muestras por un laboratorio externo
especializado, cuando no pueda ser analizada por el Laboratorio Central.
Los cambios que se introducen al citado procedimiento obedecen también a la necesidad de actualizar las normas técnicas aplicables al proceso de extracción de muestras de combustibles, así como para establecer los casos en que el Laboratorio Central efectúa notificaciones y el uso de la mesa de partes virtual para la presentación de información, entre otros aspectos. Conozca la norma aquí
SBS
Optimizan los procedimientos de autorización de organización y funcionamiento de las empresas comprendidas en el sistema financiero
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) modificó el Reglamento de Autorización de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, aprobado por la Resolución SBS N° 211-2021 con la finalidad de optimizar los procedimientos de autorización, introduciendo esquemas diferenciados de evaluación según el perfil de riesgo y modelo de negocio, así como reducir plazos, simplificar procedimientos administrativos e incorporar una etapa de precalificación, manteniendo estándares prudenciales adecuados.
Fue mediante la Resolución SBS Nº 02133-2026 con la cual se incorporan entonces disposiciones que permiten simplificar el procedimiento de autorización de empresas, mediante su segmentación en función del nivel de riesgo de las entidades solicitantes, considerando, entre otros aspectos, la naturaleza, complejidad, tamaño y alcance de las actividades a desarrollar, con la finalidad de establecer exigencias regulatorias proporcionales, optimizar el uso de los recursos de supervisión y contribuir al adecuado funcionamiento, solidez y estabilidad del sistema financiero y de seguros.
En ese contexto, se incorporan procedimientos de autorización estándar, autorización para empresas no captadoras y autorización especial, así como las Normas para los trámites de Organización, Funcionamiento y Adecuación a la Ley Nº 26702, aprobadas por la Circular ETCAN 002-97, el Reglamento de los Almacenes Generales de Depósito, aprobado por la Resolución SBS Nº 040-2002 y el Reglamento de las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico aprobado por la Resolución SBS Nº6284-2013. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el“Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República delPerú y el Estado Plurinacional de Bolivia para la HabilitaciónPermanente del Paso Fronterizo Thola Kollo - Collpa”
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 26 de agosto del 2026)
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, ratificó el “Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia para la Habilitación Permanente del Paso Fronterizo Thola Kollo – Collpa”, adoptado el 29 de septiembre del 2025.
La medida fue adoptada mediante el Decreto Supremo Nº 038-2026-RE con el cual se dispone que el citado portafolio proceda a publicar en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4° y 6° de la Ley N.º 26647, el texto íntegro del Acuerdo y la fecha de su entrada en vigor.
Ademas, se da cuenta de todo ello al Senado de la República.