• MARTES 1
  • de setiembre de 2026

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Cultura aprueba guía para gestionar riesgos climáticos en bienes de Patrimonio Mundial

El Ministerio de Cultura aprobó la “Guía Metodológica. Planificación de la Gestión del Riesgo de Desastres Influidos por el Cambio Climático en los Bienes de Patrimonio Mundial en el Perú”, mediante la Resolución Ministerial N° 000314-2026-MC.

De acuerdo con el artículo 1 de la resolución, la guía forma parte de la norma como anexo y busca brindar orientaciones metodológicas, criterios técnicos y herramientas prácticas para incorporar la gestión del riesgo de desastres asociada al cambio climático en los instrumentos de planificación y gestión de los bienes de Patrimonio Mundial en el país.

La medida tiene como finalidad contribuir a la identificación, análisis y reducción de los riesgos que podrían afectar estos bienes, así como fortalecer su resiliencia y conservación a largo plazo.

La aprobación se sustenta en las funciones del Ministerio de Cultura y, en particular, de la Dirección de Sitios del Patrimonio Mundial, unidad encargada de velar por la identificación, preservación, gestión, promoción y difusión del significado cultural de los sitios peruanos inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial de la Convención de la UNESCO de 1972.


Aprueban 91 vacantes para ascensos en el Servicio Diplomático desde enero del 2027

El Gobierno aprobó el número de vacantes, por categoría, para los funcionarios del Servicio Diplomático de la República que podrán ser ascendidos con fecha 1 de enero de 2027.

La medida fue dispuesta mediante la Resolución Suprema N.° 137-2026-RE y comprende un total de 91 vacantes en las distintas categorías de la carrera diplomática.

De acuerdo con la resolución, se habilitaron seis vacantes para la categoría de embajador y 11 para la de ministro. Asimismo, se aprobaron 16 vacantes para ministro consejero y 18 para consejero.

En las categorías siguientes, se establecieron 18 vacantes para primer secretario y 22 para segundo secretario, constituyéndose esta última en la categoría con el mayor número de plazas disponibles para el proceso de promoción.

La decisión se sustenta en el artículo 41 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 047-2021-RE.

Esta disposición establece que la Comisión de Personal propone anualmente el número de vacantes correspondientes a las categorías a las que podrán ser promovidos los miembros del Servicio Diplomático en situación de actividad que cumplan los requisitos previstos en la normativa.

A su vez, el artículo 121 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N.° 130-2003-RE, precisa que las vacantes correspondientes al proceso anual de promociones deben ser aprobadas mediante resolución suprema.

La misma norma reglamentaria dispone que la aprobación y publicación de estas vacantes debe efectuarse, como máximo, hasta el 1 de setiembre de cada año.