• JUEVES 3
  • de setiembre de 2026

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Un accidente laboral podría llegar a Fiscalía: ¿qué cambia con la nueva directiva de Sunafil?

Sunafil precisa criterios para casos de accidentes laborales


Editor
Percy Buendia Quijandría

Periodista

pbuendia@editoraperu.com.pe


“Un primer cambio que tendrá una incidencia positiva, sobre todo entre las empresas de construcción, es que incorpora un apartado sobre las competencias en las investigaciones y exige que la intendencia regional verifique si el empleador tiene un centro de trabajo o un domicilio en el lugar del accidente”, explica el abogado Omar Díaz Ramírez.

El especialista señala que esta modificación parece un tema menor, pero no lo es, porque existen muchas empresas de construcción o incluso contratistas que desplazan personal a las obras sin contar con un domicilio fiscal o centro laboral en la localidad del proyecto; terminan la obra y se retiran. 
“Muchas veces había accidentes o incidentes peligrosos que ocurrían en una obra situada en una jurisdicción que no era la del domicilio fiscal y se notificaban requerimientos en el lugar de los trabajos cuando el empleador ya había salido del proyecto. Esta situación originaba que no se enterara oportunamente de esos requerimientos inspectivos y no pudiera atender a tiempo las comparecencias”, detalla.

El socio del estudio Rebaza, Alcázar & De Las Casas precisa que con el cambio se solucionará este inconveniente, porque ahora la verificación de si existe un domicilio en el lugar del accidente será muy importante. De no registrarse, se notificará en el domicilio fiscal, lo cual considera un muy buen avance, anota.

“El segundo tema, que es un asunto no menor también, es que ahora toda denuncia asociada a la verificación de obligaciones de seguridad y salud en el trabajo tendrá un espacio de revisión y calificación previa”, revela.



Necesidad
Díaz considera que era necesaria esta modificación, porque se presentaban denuncias en términos muy vacíos o genéricos y el inspector tenía que ir completando la información durante la visita. Esta situación no daba claridad al empleador sobre cuáles eran las materias que se debían revisar y cómo debía atender la inspección.

“Con esta fase de revisión y calificación previa, el inspector llegará con mejores datos y también podrá transmitir al empleador inspeccionado un detalle más preciso de las materias que se necesitan revisar, lo cual será en pro de ambas partes”, recalca.

En este punto, refiere,  debe tenerse en cuenta también que se está exigiendo que en las revisiones o los requerimientos se efectúe una evaluación de la complejidad de la materia que se investigará o de la tarea que se realizará.

“Este tema es bien importante porque de eso dependerá si las actuaciones inspectivas, la visita o la verificación las ejecutará un inspector o un auxiliar inspector”, afirma, tras indicar que el primero es más especializado que el segundo, lo cual va en línea con la Resolución N.° 189-2019 de Sunafil sobre materias complejas en la función inspectiva. 

Equipos
Díaz menciona otro punto muy importante, considerado siempre una zona gris. La directiva esclarece quién tiene la obligación de pagar el seguro, el transporte y la evaluación médico-ocupacional al inspector de trabajo. “Muchas veces, a algunas empresas, sobre todo las mineras, se presentaba el inspector de trabajo, pero, por ejemplo, lo hacía sin equipos de protección personal (EPP), pedía que la minera lo trasladara y llegaba sin una evaluación médico-ocupacional que garantizara que pudiera efectuar el recorrido sin poner en riesgo su propia salud”, afirma.

El abogado recuerda que estos requerimientos los atendían los empleadores, pero sobre la base de esta directiva se estableció que todos los implementos, las facilidades y las garantías estarán a cargo de la propia Sunafil. “Es decir, la superintendencia, cuando asigna a un inspector a una verificación en un campamento minero, en una plataforma petrolera, etcétera, garantizará el transporte, los seguros y la evaluación médico-ocupacional que verifique su aptitud para realizar esa tarea, lo cual me parece bastante bien”, puntualiza el experto. 

Informe al Ministerio Público
Omar Díaz menciona que, entre otros de los cambios más preponderantes, la directiva adiciona un apartado que no existía en el documento anterior sobre la comunicación a la Fiscalía de la Nación de las resoluciones firmes que determinen que un accidente laboral ocurrió por un incumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad de salud en el trabajo. “Esta información al Ministerio Público implica todo el preámbulo de una posible denuncia penal contra el representante legal de la empresa. Por eso, constituye uno de los temas más importantes, no solo se suma este apartado, sino también un anexo del modelo de la comunicación que el inspector haría directamente al Ministerio Público. Esto ya estaba en la ley, pero en términos un poco más genéricos”, recuerda.

El especialista afirma que cuando estas disposiciones se colocan en una directiva quiere decir que el inspector no se puede saltar este paso y ya no es tan discrecional para él. “Si se verifica que un accidente o incidente peligroso sucedió por incumplimientos de normas de seguridad y salud, pues hay un riesgo de que el Ministerio Público, una vez informado, establezca que existen elementos suficientes para formalizar una denuncia por el delito previsto en el artículo 168 del Código Penal, el cual, según la situación, puede llegar hasta pena efectiva de cárcel”, advirtió. 

Tarea
La directiva esclarece el contexto en el cual actuará el inspector de trabajo y también aclara algunas reglas que estaban un poco en la zona gris, asevera Oscar Díaz. 
Para el hombre de leyes, “la inspección más compleja de manejar es la de un accidente de trabajo, sobre todo si es uno con consecuencia mortal”.

“Por eso los cambios en esta directiva. La primera era muy necesaria y también las modificaciones en esta segunda versión, que se insertaron tras escuchar los aportes de la ciudadanía, tanto la parte trabajadora como la empresarial”, precisa en diálogo con el Diario Oficial El Peruano.