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Obras por impuestos: aprueban 23 documentos estandarizados para intervenciones de emergencia
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó 23 documentos estandarizados para facilitar la ejecución de intervenciones mediante el mecanismo de Obras por Impuestos, en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas para atender el Fenómeno El Niño 2026-2027.
La medida fue establecida mediante la Resolución Directoral N.° 004-2026-EF/68.01 y está vinculada con la aplicación del Decreto de Urgencia N.° 010-2026, que habilita la ejecución de servicios e inversiones de emergencia mediante este mecanismo.
Los formatos aprobados abarcan las distintas etapas de los procedimientos. Entre ellos figuran modelos de resoluciones para aprobar o actualizar las listas de priorización, informes de acreditación de recursos y documentos para la designación de comités especiales.
También se incluyen modelos de informes técnicos y legales que sustentan la contratación directa, resoluciones para autorizar este mecanismo, invitaciones para presentar propuestas y actas de evaluación y adjudicación.
La resolución incorpora, además, modelos de convenios de inversión para intervenciones de emergencia, servicios y agrupamientos de servicios e IOARR —inversiones de optimización, ampliación marginal, rehabilitación y reposición—, así como contratos de supervisión y documentos de conformidad, recepción y liquidación.
Los documentos estandarizados serán aplicables a los procedimientos iniciados bajo el Decreto de Urgencia N.° 010-2026 y mantendrán su vigencia hasta la culminación de estos procesos.
La aprobación responde a la necesidad de contar con instrumentos uniformes que permitan a las entidades públicas implementar las disposiciones extraordinarias previstas para la atención del Fenómeno El Niño 2026-2027.
El marco normativo también permite que las entidades públicas realicen adecuaciones a estos documentos, siempre que no contravengan las reglas aplicables al mecanismo de Obras por Impuestos.
Aprueban nuevo modelo de convenio para gestionar infraestructuras pesqueras artesanales
El Ministerio de la Producción aprobó un nuevo modelo de “Convenio de Gestión para la Administración de las Infraestructuras Pesqueras Artesanales”, que será aplicado en todo el país a las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales que inicien el trámite para suscribir este acuerdo con el sector o los gobiernos regionales.
La medida está contenida en la Resolución Ministerial N.º 00317-2026-PRODUCE y busca adecuar el instrumento a la normativa vigente, a la experiencia acumulada en su aplicación y a las necesidades actuales de supervisión, control y fortalecimiento de la gestión administrativa de estas infraestructuras.
El convenio involucra al Ministerio de la Producción o al Gobierno Regional, al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES) y a las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales. De acuerdo con el sustento técnico de la norma, el nuevo modelo permitirá reunir en un solo instrumento las obligaciones y mecanismos considerados necesarios para mejorar la administración de las infraestructuras pesqueras artesanales.
Entre sus objetivos también se contempla que las organizaciones y los administradores contribuyan con las acciones de control y vigilancia.
La resolución deja sin efecto el modelo aprobado en 2012 y sus posteriores modificaciones. Sin embargo, los convenios que se encuentren vigentes mantienen su duración original. Las partes podrán adecuarlos al nuevo modelo mediante una adenda, sin alterar el plazo establecido y asegurando la continuidad de la gestión administrativa.
Asimismo, se autoriza a la Dirección General de Pesca Artesanal a suscribir convenios y adendas, resolverlos y adoptar medidas para recibir y recuperar las infraestructuras, instalaciones y equipos de titularidad del Ministerio que no hayan sido transferidos.
En caso de término o resolución del convenio, dicha Dirección podrá asumir de inmediato la posesión y administración de la infraestructura para garantizar la continuidad del servicio público. También podrá gestionar la transferencia de los saldos derivados de la administración encargada.
Finalmente, se dispone que la Dirección General de Pesca Artesanal apruebe las medidas complementarias necesarias para implementar las obligaciones previstas en el nuevo modelo.
SERFOR aprueba criterios para observar fauna marina en su hábitat natural
El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) aprobó los “Criterios técnicos para la observación e interacción recreativa con fauna silvestre marina en su hábitat natural”, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N.° D000182-2026-MIDAGRI-SERFOR-DE.
La medida establece un marco técnico para orientar las actividades recreativas que implican la observación o interacción con especies de fauna silvestre marina que viven en libertad. Los criterios aprobados forman parte integrante de la resolución.
De acuerdo con la norma, las autoridades públicas vinculadas con el desarrollo de estas actividades, cuando se realicen fuera de las Áreas Naturales Protegidas, deberán actuar respetando los criterios técnicos establecidos por el SERFOR y dentro del ámbito de sus respectivas competencias.
La decisión se sustenta en las funciones que la Ley Forestal y de Fauna Silvestre otorga al SERFOR para emitir lineamientos de alcance nacional y promover el uso sostenible, la conservación y la protección de los recursos forestales y de la fauna silvestre.
El marco legal reconoce, además, que las personas tienen derecho a disfrutar del patrimonio de fauna silvestre de la Nación conforme a los procedimientos establecidos por las autoridades. Sin embargo, este derecho también supone el deber de contribuir a su conservación y respetar la legislación vigente.