• DOMINGO 13
  • de setiembre de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 6 al 12 de setiembre del 2026


Domingo 6 de setiembre del 2026

Obras por impuestos: aprueban 23 documentos estandarizados para intervenciones de emergencia

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó 23 documentos estandarizados para facilitar la ejecución de intervenciones mediante el mecanismo de Obras por Impuestos, en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas para atender el Fenómeno El Niño 2026-2027.

La medida fue establecida mediante la Resolución Directoral N.° 004-2026-EF/68.01 y está vinculada con la aplicación del Decreto de Urgencia N.° 010-2026, que habilita la ejecución de servicios e inversiones de emergencia mediante este mecanismo.

Los formatos aprobados abarcan las distintas etapas de los procedimientos. Entre ellos figuran modelos de resoluciones para aprobar o actualizar las listas de priorización, informes de acreditación de recursos y documentos para la designación de comités especiales.

También se incluyen modelos de informes técnicos y legales que sustentan la contratación directa, resoluciones para autorizar este mecanismo, invitaciones para presentar propuestas y actas de evaluación y adjudicación.

La resolución incorpora, además, modelos de convenios de inversión para intervenciones de emergencia, servicios y agrupamientos de servicios e IOARR —inversiones de optimización, ampliación marginal, rehabilitación y reposición—, así como contratos de supervisión y documentos de conformidad, recepción y liquidación.

Los documentos estandarizados serán aplicables a los procedimientos iniciados bajo el Decreto de Urgencia N.° 010-2026 y mantendrán su vigencia hasta la culminación de estos procesos.

La aprobación responde a la necesidad de contar con instrumentos uniformes que permitan a las entidades públicas implementar las disposiciones extraordinarias previstas para la atención del Fenómeno El Niño 2026-2027.

El marco normativo también permite que las entidades públicas realicen adecuaciones a estos documentos, siempre que no contravengan las reglas aplicables al mecanismo de Obras por Impuestos.


Aprueban nuevo modelo de convenio para gestionar infraestructuras pesqueras artesanales

El Ministerio de la Producción aprobó un nuevo modelo de “Convenio de Gestión para la Administración de las Infraestructuras Pesqueras Artesanales”, que será aplicado en todo el país a las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales que inicien el trámite para suscribir este acuerdo con el sector o los gobiernos regionales.

La medida está contenida en la Resolución Ministerial N.º 00317-2026-PRODUCE y busca adecuar el instrumento a la normativa vigente, a la experiencia acumulada en su aplicación y a las necesidades actuales de supervisión, control y fortalecimiento de la gestión administrativa de estas infraestructuras.

El convenio involucra al Ministerio de la Producción o al Gobierno Regional, al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES) y a las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales. De acuerdo con el sustento técnico de la norma, el nuevo modelo permitirá reunir en un solo instrumento las obligaciones y mecanismos considerados necesarios para mejorar la administración de las infraestructuras pesqueras artesanales.

Entre sus objetivos también se contempla que las organizaciones y los administradores contribuyan con las acciones de control y vigilancia.

La resolución deja sin efecto el modelo aprobado en 2012 y sus posteriores modificaciones. Sin embargo, los convenios que se encuentren vigentes mantienen su duración original. Las partes podrán adecuarlos al nuevo modelo mediante una adenda, sin alterar el plazo establecido y asegurando la continuidad de la gestión administrativa.

Asimismo, se autoriza a la Dirección General de Pesca Artesanal a suscribir convenios y adendas, resolverlos y adoptar medidas para recibir y recuperar las infraestructuras, instalaciones y equipos de titularidad del Ministerio que no hayan sido transferidos.

En caso de término o resolución del convenio, dicha Dirección podrá asumir de inmediato la posesión y administración de la infraestructura para garantizar la continuidad del servicio público. También podrá gestionar la transferencia de los saldos derivados de la administración encargada.

Finalmente, se dispone que la Dirección General de Pesca Artesanal apruebe las medidas complementarias necesarias para implementar las obligaciones previstas en el nuevo modelo.


SERFOR aprueba criterios para observar fauna marina en su hábitat natural

El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) aprobó los “Criterios técnicos para la observación e interacción recreativa con fauna silvestre marina en su hábitat natural”, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N.° D000182-2026-MIDAGRI-SERFOR-DE.

La medida establece un marco técnico para orientar las actividades recreativas que implican la observación o interacción con especies de fauna silvestre marina que viven en libertad. Los criterios aprobados forman parte integrante de la resolución.

De acuerdo con la norma, las autoridades públicas vinculadas con el desarrollo de estas actividades, cuando se realicen fuera de las Áreas Naturales Protegidas, deberán actuar respetando los criterios técnicos establecidos por el SERFOR y dentro del ámbito de sus respectivas competencias.

La decisión se sustenta en las funciones que la Ley Forestal y de Fauna Silvestre otorga al SERFOR para emitir lineamientos de alcance nacional y promover el uso sostenible, la conservación y la protección de los recursos forestales y de la fauna silvestre.

El marco legal reconoce, además, que las personas tienen derecho a disfrutar del patrimonio de fauna silvestre de la Nación conforme a los procedimientos establecidos por las autoridades. Sin embargo, este derecho también supone el deber de contribuir a su conservación y respetar la legislación vigente.


Reconocen trayectoria de cinco décadas en la música tradicional andina

El Ministerio de Cultura otorgó la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a Juan Poccorpachi Flores, conocido en el ámbito artístico como “Leolicha”, en reconocimiento a sus cinco décadas de trayectoria en la tradición torilera y a su contribución a la transmisión de la música tradicional andina, principalmente en Ayacucho y Lima.

La medida fue formalizada mediante la Resolución Ministerial N.º 000319-2026-MC, que destaca su labor como intérprete de waqra puku, instrumento cuya ejecución aprendió y perfeccionó mediante la transmisión oral, la observación y la experiencia directa en diversas celebraciones andinas.

De acuerdo con la resolución, Poccorpachi Flores continúa fortaleciendo su técnica a través de la práctica constante y del acompañamiento de músicos experimentados. En ese proceso, aprendió repertorios, estilos y los códigos propios de la interpretación del waqra puku, además de interiorizar los rituales y significados culturales vinculados con este instrumento.

A lo largo de su carrera artística, participó en producciones musicales como Conjunto Toril de Sihue, Proyecto Toril, Maestro Legendario de Corneta Waqra Puku, Toril y Conjunto Toril. También recibió reconocimientos de las municipalidades de Paico, Chilcayoc y Sucre por su trayectoria y por su aporte a la preservación y fortalecimiento de la cultura e identidad.

El reconocimiento fue solicitado por la Sociedad Capitalina “San Pedro” del distrito de Chilcayoc. La Dirección General de Patrimonio Cultural y la Dirección General de Industrias Culturales y Artes emitieron opinión técnica favorable, esta última al considerar que los aportes de Poccorpachi Flores se encuentran comprendidos en el ámbito de las artes.

La distinción se sustenta en la función del Ministerio de Cultura de convocar y conceder reconocimientos al mérito a quienes contribuyen al desarrollo cultural del país.


Mina Gonzales será reconocida como Personalidad Meritoria de la Cultura

La intérprete y compositora Fermina Gonzales Claros, conocida artísticamente como “Mina Gonzales”, será reconocida como Personalidad Meritoria de la Cultura por su destacada trayectoria y su contribución a la música tradicional y folclórica peruana, especialmente al huayno con arpa.

La propuesta de reconocimiento fue formulada de oficio por la Dirección de Artes, que destacó su sostenida labor artística y su significativo aporte a la difusión, consolidación y puesta en valor del huayno con arpa y de la música popular andina peruana.

De acuerdo con la propuesta, su trayectoria ha contribuido a mantener y hacer circular repertorios que forman parte de la memoria musical del Perú. Asimismo, se resalta su participación en diversos espacios y escenarios destinados a la transmisión, promoción y puesta en valor de las expresiones musicales tradicionales y populares del país.

La distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura se concede a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, así como a organizaciones tradicionales, que hayan realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país.

El reconocimiento pone en valor así una trayectoria vinculada con la salvaguardia, preservación y difusión de expresiones musicales representativas de la cultura peruana.


Lunes 7 de setiembre del 2026

Gobierno oficializa vacantes para ascenso de coroneles, comandantes y mayores de la Policía Nacional

El Ministerio del Interior aprobó las vacantes para los Oficiales Superiores de Armas y de Servicios de la Policía Nacional del Perú (PNP) que participarán en el proceso de ascenso por concurso del año 2026, correspondiente a la Promoción 2027.

La medida fue dispuesta mediante la Resolución Ministerial N.° 1328-2026-IN. Para los Oficiales de Armas se aprobaron 414 vacantes: 110 para el grado de coronel, 150 para comandante y 154 para mayor.

En el caso de los Oficiales de Servicios, las vacantes fueron distribuidas según grado y especialidad profesional. Para coronel se consideraron plazas en asistencia social, biología, derecho, enfermería, medicina, obstetricia, odontología y química farmacéutica.

Asimismo, para el grado de comandante se aprobaron vacantes en 23 especialidades, entre ellas administración, antropología, arquitectura, contabilidad, derecho, economía, enfermería, medicina, psicología y diversas ramas de ingeniería y tecnología médica.

Para el ascenso al grado de mayor se establecieron plazas en biología, contabilidad, economía, enfermería, estadística, ingeniería, medicina, nutrición, odontología, psicología, química farmacéutica y tecnología médica en rehabilitación y terapia.

Entre las especialidades con mayor número de vacantes destacan medicina, con 19 plazas tanto para comandante como para mayor; psicología, con 20 plazas para mayor; y enfermería y odontología, que concentran diversas vacantes en los distintos grados.

La decisión se sustenta en la Ley N.° 31873, que regula los procesos de ascenso del personal policial y define el ascenso como la promoción del oficial o suboficial en actividad al grado inmediato superior, conforme a los principios, requisitos, especialidades y procedimientos establecidos por la normativa.

La citada ley establece, además, que las vacantes constituyen plazas disponibles anualmente en cada grado y especialidad funcional y que, en el caso de los oficiales superiores, deben ser aprobadas mediante resolución ministerial.

La aprobación también responde a los lineamientos y al cronograma previstos para el proceso de ascenso por concurso de Oficiales de Armas y de Servicios de la PNP correspondiente al 2026–Promoción 2027.


Sunarp facilita la inmatriculación vehicular electrónica con cambios que mejoran la validación y trazabilidad

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) formalizó la habilitación de mejoras funcionales en el Formato de Inmatriculación Electrónico (FIE) y en el módulo de gestores del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp), con el propósito de optimizar la presentación electrónica de los títulos de inmatriculación vehicular.

La medida fue dispuesta mediante la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 00190-2026-SUNARP/SN y comprende cuatro mejoras orientadas a agilizar los trámites, reducir errores y fortalecer la validación de los documentos electrónicos.

Entre los cambios, destaca la generación automática del número correspondiente en el nombre del archivo cuando se descarga el FIE previamente llenado. Esta funcionalidad facilitará la identificación de los documentos y su carga en el sistema, además de disminuir la posibilidad de errores por parte de los gestores.

Asimismo, se implementó una validación técnica que impedirá el envío del reingreso de títulos electrónicos de inmatriculación vehicular cuando no se haya cargado el nuevo FIE en formato PDF o registrado su número correspondiente. El sistema también emitirá una alerta cuando un archivo seleccionado no haya sido efectivamente adjuntado.

Otra mejora consiste en la incorporación de un texto informativo que precisa que, al consignar el número de formato, el sistema carga automáticamente el FIE y los archivos XML asociados, evitando así la duplicidad innecesaria de documentos.

Finalmente, se dispuso la incorporación automática del código de barras y su respectiva numeración en todas las páginas del FIE, a fin de facilitar a los registradores públicos la identificación del formato durante la calificación registral.

La Sunarp señala que estas mejoras contribuirán a simplificar y agilizar la gestión de las solicitudes de inmatriculación vehicular presentadas electrónicamente, además de fortalecer la validación y trazabilidad de los documentos que integran el título electrónico.


Ministerio de Cultura declara Patrimonio Cultural expediente de norma sobre patrimonio documental

El Ministerio de Cultura declaró Patrimonio Cultural de la Nación el expediente del Decreto Supremo N.º 022-75-ED, que aprobó en 1975 el Reglamento del Decreto Ley N.º 19414, Ley de Defensa, Conservación e Incremento del Patrimonio Documental de la Nación. El documento se encuentra bajo custodia del Archivo Central del Ministerio de Educación.

La declaratoria fue dispuesta mediante la Resolución Viceministerial N.º 000247-2026-VMPCIC/MC, a propuesta del Ministerio de Educación y del Archivo General de la Nación (AGN). La medida reconoce el significado, valor e importancia del expediente, de acuerdo con el sustento técnico elaborado por la Unidad Funcional de Registro y Defensa del Patrimonio Documental del AGN.

La Ley N.º 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que forman parte de este patrimonio los bienes vinculados con el quehacer humano que, por su importancia, significado y valor, sean declarados como tales. Entre estos se encuentran los documentos bibliográficos o de archivo y otros testimonios de valor histórico que constituyan fuentes de información para la investigación científica, histórica, social, política, artística, etnológica o económica.

Asimismo, la norma asigna al Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación responsabilidades relacionadas con la identificación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes culturales de su competencia.

La resolución también recuerda que corresponde al Ministerio de Cultura realizar las acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. En particular, el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus funciones la declaración, administración, promoción, difusión y protección de estos bienes.

Como parte del procedimiento, el Ministerio de Educación formuló la solicitud mediante el Oficio N.º 00876-2026-MINEDU/SG, mientras que la Jefatura Institucional del AGN hizo lo propio mediante el Oficio N.º 000242-2026-AGN/JEF.


Martes 8 de setiembre del 2026

PODER EJECUTIVO
Designan Superintendente Adjunto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos 

El Poder Ejecutivo designó al señor CARLOS EDUARDO MATOS IZQUIERDO, en el cargo de Superintendente Adjunto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, mediante la Resolución Suprema N° 180-2026-JUS.

Dicha designación se efectuó de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos; y, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Disponen la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Técnico sobre los interruptores automáticos contra sobrecorrientes para instalaciones domiciliarias, comerciales y similares”

El Ministerio de la Producción (Produce) dispuso la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Técnico sobre los interruptores automáticos contra sobrecorrientes para instalaciones domiciliarias, comerciales y similares” y sus Anexos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/produce), por el plazo de noventa (90) días calendario, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas o privadas y la ciudadanía en general.

La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial Nº 00315-2026-PRODUCE con la cual se dispone también que los comentarios, aportes u opinionessobre el mencionado proyecto normativo sean presentadosa través de la sede digital del Produce (www.gob.pe/produce) o en la Mesa de Partes de este portafolio, ubicada en la Calle UnoOeste N° 060, Urbanización Córpac, distrito de San Isidro,provincia y departamento de Lima, con atención a laDirección General de Políticas y Análisis Regulatorio delDespacho Viceministerial de MYPE e Industria, o remitidosa la dirección de correo electrónico: dn@produce.gob.pe.

De esta manera el Produce pretende establecer las especificaciones técnicas de seguridad y de etiquetado que deben cumplir los interruptores automáticos de baja tensión destinados a la protección contra sobrecorrientes en instalaciones domiciliarias, comerciales y similares, aplicables en las etapas de producción, importación y comercialización. Conozca la norma aquí


Miércoles 9 de setiembre del 2026

MINISTERIO DE SALUD
Declaran enreorganización el Ministerio de Salud 

El Ministerio de Salud (Minsa) se declaró en reorganización, por el plazo de noventa (90) días calendario, con el objeto de evaluar su situación administrativa, organizacional y de gestión; y, proponer las acciones y medidas de reforma que correspondan. 

La medida fue adoptada mediante el Decreto Supremo Nº 014-2026-SA con el cual se establece que la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de dicho portafolio, presentará al Despacho Ministerial del Minsa, dentro de los sesenta (60) días calendario un informe que detalle el análisis efectuado a la situación administrativa, organizacional y de gestión; y dentro de los noventa (90) días calendario un informe detallando las medidas de reforma a ser aplicadas, y, la propuesta de una nueva estructura orgánica.

Para tal efecto, las conclusiones y/o recomendaciones producto de los citados informes deberán ser previamente consensuadas con los órganos de Alta Dirección del Minsa.

Las unidades de organización del Minsa, así como sus programas y organismos públicos adscritos, brindarán asistencia técnica y respuesta oportuna a los requerimientos que curse la Oficina de
Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de dicho portafolio, o los órganos de Alta Dirección del Minsa, con el fin de dar cumplimiento a la reorganización declarada. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Aprueban el “Listado de Servicios susceptibles de ser ejecutados bajo el régimen excepcional del mecanismo de Obras por Impuestos en el marco del Decreto de Urgencia Nº 010-2026”, así como sus respectivos contenidos mínimos
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 8 de setiembre del 2026)

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) aprobó el “Listado de Servicios susceptibles de serejecutados bajo el régimen excepcional del mecanismo deObras por Impuestos en el marco del Decreto de UrgenciaN° 010-2026”, así como sus respectivos contenidosmínimos, mediante la Resolución Ministerial N° D000351-2026-MIDAGRI-DM.

A la par, se dispone la remisión de copia del listado a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN), para los fines consiguientes, en el marco del seguimiento y difusión del mecanismo de Obras por Impuestos.

Asimismo, se dispone la notificación del listado a la Dirección General de infraestructura Hidráulica y Riego, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a la Oficina General de Administración, y a las unidades de organización de la entidad, que en el marco de sus competencias, intervengan en la implementación y ejecución de las medidas extraordinarias para la ejecución de intervenciones mediante el mecanismo de Obras por Impuestos ante el Fenómeno El Niño en el marco de lo establecido por el Decreto de Urgencia N° 010-2026.

En ese contexto, también se dispone la publicación del mencionado listado en la sede digital del Midagri (www.gob.pe/midagri). Conozca la norma aquí


ONPE
Incorporan modificaciones al Plan de Medios de la Franja Electoral de las Elecciones Regionales y Municipales 2026
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 8 de setiembre del 2026)

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) incorporó al Plan de Medios de la Franja Electoral de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 000133-2026-JN/ONPE, de fecha 25 de agosto del 2026, las modificaciones detalladas en el siguiente enlace: https://www.onpe.gob.pe/modMarcoLegal/Plan-medios-franja-ERM2026-Modificacion.pdf, cuyo periodo de transmisión del servicio será: entre el 17 de septiembre al 01 de octubre del 2026.

La medida fue adoptada mediante la Resolución Jefatural N° 000145-2026-JN/ONPE con la cual se precisa que se mantienen vigentes los demás extremos de la Resolución Jefatural N° 000133-2026-JN/
ONPE. Además, se dispone la notificación de las modificaciones a las organizaciones políticas que participan de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.

A la par, se ordena la publicación del contenido de las modificaciones en la web oficial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe/onpe y en el portal de Transparencia de la Entidad, dentro de los tres (3) días. Conozca la norma aquí


Jueves 10 de setiembre del 2026

MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Aprueban “Directiva que regula las intervenciones ante situaciones de emergencia o desastre en el marco del Programa de Complementación Alimentaria – PCA”

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobó la Directiva N° 008-2026-MIDIS, “Directivaque regula las intervenciones ante situaciones deemergencia o desastre en el marco del Programa de Complementación Alimentaria – PCA”, mediante la ResoluciónMinisterial N° D000246-2026-MIDIS.

Dicha directiva establece las disposiciones para las intervenciones ante situaciones de emergencia o desastre que pongan en riesgo o afecten a los Centros de Atención de las modalidades del PCA, con la finalidad de brindar la atención alimentaria continua y oportuna a sus usuarios, en concordancia con la normativa vigente en materia de Gestión del Riesgo de Desastres.

Por ende, se dispone la publicación del citado documento normativo en la sede digital del Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis) y se deroga la Resolución Ministerial N° 226-2021-MIDIS, que aprueba la Directiva N° 015-2021-MIDIS, Acciones de Intervención ante Emergencias y Desastres del PCA de aquel portafolio. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban el Set Completo delas Normas Internacionales de Información Financieraversión 2026, que incluye el Marco Conceptual para laInformación Financiera 

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través del Consejo Normativo de Contabilidad, aprobó el Set Completo de las Normas Internacionales de Información Financiera versión 2026, así como el Marco Conceptual para la Información Financiera, mediante la Resolución N° 003-2026-EF/30.

De acuerdo con dicha resolución, la vigencia de las normas indicadas es la establecida en cada una de ellas, disponiéndose la publicación de cada una así como del referido marco conceptual en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas.

A la par, se solicita a la Dirección General de Contabilidad Pública, como ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad, la difusión de lo dispuesto por la citada resolución; y recomendar a la Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú, a los Colegios de Contadores Públicos Departamentales y a las Facultades de Ciencias Contables de las Universidades del país y otras instituciones competentes, su debida incorporación en los planes curriculares y de capacitación. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Aprueban las Bases del XIV Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes 2026

El Ministerio de Educación aprobó las Bases del XIV Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes 2026, mediante la Resolución Viceministerial N° 161-2026-MINEDU.

De acuerdo con la norma, se encarga a la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente, a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, a las Unidades de Gestión Educativa Local y a las Instituciones Educativas, en el marco de sus competencias, el
cumplimiento de las Bases del XIV Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes 2026, así como su difusión y promoción, a través de sus canales y redes sociales oficiales correspondientes.

Por ende, se dispone la publicación de las referidas bases, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu). 


MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Crean la “Comisión Sectorial para promover el fortalecimiento y modernización del Sector Trabajo y Promoción del Empleo” 

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) creó la Comisión Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente de dicho portafolio denominada “Comisión Sectorial para promover el fortalecimiento y modernización del Sector Trabajo y Promoción del Empleo”.

La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial N° 285-2026-TR con la cual se precisa que dicha comisión, presidida por el jefe de Gabinete de Asesores del MTPE, tiene por objeto elaborar un informe que contenga propuestas de políticas, planes, programas, medidas, acciones y disposiciones normativas destinadas a consolidar el proceso de fortalecimiento y modernización del Sector Trabajo y Promoción del Empleo.

Los integrantes que conformarán la mencionada comisión así como sus representantes alternos, se acreditarán ante la Secretaría Técnica del grupo de trabajo mediante comunicación escrita, dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la referida
resolución ministerial.

La citada comisión se instalará en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la mencionada resolución ministerial, y tendrá una vigencia de ciento veinte (120) días calendario, contados a partir del día siguiente de su instalación.

Sin embargo, la vigencia de la comisión podrá prorrogarse, por única vez, por un periodo similar o menor, mediante resolución ministerial, por acuerdo de sus miembros. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES 
Aprueban Relación de Servicios que pueden ejecutarse bajo el régimen excepcional del mecanismo de Obras por Impuestos en el marco del Decreto de Urgencia N° 010-2026, así como sus respectivos contenidos mínimos 

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó la Relación de Servicios que pueden ejecutarsebajo el régimen excepcional del mecanismo de Obras porImpuestos en el marco del Decreto de Urgencia N° 010-2026, así como sus respectivos contenidos mínimos, mediante la Resolución Ministerial N° 485-2026-MTC/01.

Por tanto, dispuso remitir dicha relación a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN), para los fines consiguientes, en el marco del seguimiento y difusión del mecanismo de Obras por Impuestos.

También, el MTC dispuso notificar la referida relación a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a la Oficina General de Administración, a la Oficina de Defensa Nacional y Gestión del Riesgo de Desastres, y a las unidades de organización de la entidad, que en el marco de sus competencias, intervengan en la implementación y ejecución de las medidas extraordinarias para la ejecución de intervenciones mediante el mecanismo de Obras por Impuestos ante el Fenómeno El Niño en el marco de lo establecido por el Decreto de Urgencia N° 010-2026.

Por último, se dispuso la publicación de la mencionada relación de servicios en la sede digital del
MTC (www.gob.pe/mtc). Conozca la norma aquí


SUNEDU
Disponen la publicaciónde los “Indicadores del Ranking Universitario comprendido en el V Informe Bienal sobre la Realidad Universitaria en el Perú” y sus fichas metodológicas 

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) dispuso la publicación en su portal institucional (www.sunedu.gob.pe) de los“Indicadores del Ranking Universitario comprendido enel V Informe Bienal sobre la Realidad Universitaria enel Perú” y sus fichas metodológicas, a fin de recoger losaportes, observaciones y comentarios de la comunidaduniversitaria y ciudadanía en general.

La medida fue adoptada mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 0029-2026-SUNEDU-CD con la cual se dispuso que el plazo para que la ciudadanía en general y demás interesados remitan a la Sunedu sus aportes, observaciones y comentarios respecto de los “Indicadores del Ranking Universitario
comprendido en el V Informe Bienal sobre la Realidad Universitaria en el Perú” y sus fichas metodológicas, sea de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Portal Institucional de la Sunedu.

A la par, se dispuso que los aportes, observaciones y comentarios se remitan a la Unidad de Gestión de
la Información Universitaria - UGIU, de la Dirección de Registro y Reconocimiento de Grados y Títulos e
Información Universitaria de la Sunedu, mediante la mesa de partes ubicada en la calle Aldabas 337, Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima (de 08:00 a las 16:30 horas); o a través de la Mesa de Partes Virtual de la Sunedu, o la siguiente dirección electrónica: rankinguniversitario@sunedu.gob.pe.

Además, la Sunedu dispuso que la UGIU, de la Dirección de Registro y Reconocimiento de Grados y Títulos e Información Universitaria se encargue de recibir, procesar, evaluar e incluir, de ser el caso, los aportes, observaciones y comentarios que se reciban sobre los “Indicadores del Ranking Universitario
comprendido en el V Informe Bienal sobre la Realidad Universitaria en el Perú” y sus fichas metodológicas, a efectos de elaborar el texto definitivo.

Por último, se encarga a la Oficina de Comunicaciones de la Sunedu la publicación de la mencionada resolución y los “Indicadores del Ranking Universitario comprendido en el V Informe Bienal sobre la Realidad Universitaria en el Perú” con sus fichas metodológicas, en el Portal Institucional de la Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Conozca la norma de aquí


MINISTERIO DE CULTURA
Aprueban listado de servicios que pueden ejecutarse mediante el mecanismo de Obras por Impuestos y su contenido mínimo 
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 9 de setiembre del 2026)

El Ministerio de Cultura aprobó el listado de servicios quepueden ejecutarse mediante el mecanismo de Obraspor Impuestos, conforme a la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 010-2026, así como su contenido mínimo, mediante la Resolución Ministerial N° 000332-2026-MC.

A la par, dispuso que tales servicios se ejecuten en zonas comprendidas en declaraciones de Estados de Emergencia por peligro inminente o para atención de acciones frente al Fenómeno El Niño 2026-2027, de conformidad con el numeral 1 del artículo 3° del Decreto de Urgencia N° 010-2026. 

Además, se encarga a la Oficina de Inversiones del citado portafolio continuar con los trámites conducentes para la priorizaciónde aquellos servicios, disponiéndose la publicación del referido listado en la sede digital del Ministeriode Cultura (www.gob.pe/cultura). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Aprueban la “Relación de Servicios que pueden ejecutarse mediante el mecanismo de Obras por Impuestos en el marco del Decreto de Urgencia N° 010-2026 para atender el Fenómeno El Niño” y su contenido mínimo 
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 9 de setiembre del 2026)

El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó la “Relación de Servicios que pueden ejecutarse mediante el mecanismo de Obras por Impuestos en el marco del Decreto de Urgencia N° 010-2026 para atender el Fenómeno El Niño” y su contenido mínimo, para su financiamiento y ejecución en el marco del Decreto de Urgencia N° 010-2026, la Ley N° 29230 y su Reglamento, la cual incluye los servicios aprobados con Resolución Ministerial N° 250-2026-MINEDU.

La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial N° 544-2026-MINEDU con la cual también se dispone la publicación de la citada relación en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministeriode Educación (www.gob.pe/minedu). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Aprueban Relación de Servicios que pueden ejecutarse mediante el mecanismo de Obras por Impuestos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 4.2 del artículo 4 y la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 010-2026
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 9 de setiembre del 2026)

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la Relación de Servicios que pueden ejecutarse mediante el mecanismo de Obras por Impuestos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 4.2 del artículo 4 y la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 010-2026, mediante la Resolución
Ministerial Nº 808-2026/MINSA.

A la par, dispuso la remisión de la referida relación a la Agencia de Promoción de la Inversión
Privada (PROINVERSIÓN) y encarga a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General del citado portafolio la publicación de la relación en mención en la sede digital del Minsa (www.gob.pe/minsa). Conozca la norma aquí


Viernes 11 de setiembre del 2026

ONP reglamenta reglas para el traslado entre sistemas previsionales

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) aprobó el Reglamento Operativo de Traslados (Resolución N.º 000081-2026-PE-ONP), marco legal que establece las reglas para la migración voluntaria e informada de afiliados entre el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP), en el marco de la reforma previsional (Ley N.º 32123 y D.S. N.º 189-2025-EF).  
La norma consagra el derecho al libre traslado, permitiendo realizar el primer cambio en cualquier momento. No obstante, para posteriores migraciones se exige una permanencia mínima de 24 meses en el sistema de origen. La regulación prohíbe expresamente el traslado a quienes ya gocen de una pensión de jubilación e invalidez.  

El procedimiento se gestionará a través de la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), un sistema digital de interoperabilidad que conectará en tiempo real a la ONP, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y la SBS para validar identidades y aportes. Para garantizar una decisión consciente, se dispone la obligatoriedad de brindar asesoría previsional técnica y neutral.  

En el aspecto operativo, se introduce la medición por Unidades de Aporte (UdAs). Quienes migren del SNP al SPP recibirán un Reporte Situacional (Resit-SNP) con sus aportes reconocidos. En sentido inverso, las AFP deberán transferir el 100% del saldo acumulado de aportes obligatorios de la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) al Fondo Consolidado de Reservas Previsionales (FCR) administrado por la ONP. 

Según lo establecido, a partir del 1 de junio de 2027 se iniciará el proceso de asesoría, recepción y atención de solicitudes de traslados para todos los afiliados. 


Obras por impuestos: Minam incluye ocho servicios para prevenir y atender impactos de El Niño 2026-2027

El Ministerio del Ambiente (Minam) aprobó la relación de ocho servicios del sector Ambiente que podrán ejecutarse bajo el régimen excepcional del mecanismo de obras por impuestos (OxI), en el marco de las medidas extraordinarias previstas para atender el fenómeno El Niño 2026-2027.

La medida fue oficializada mediante la Resolución Ministerial N.º D000295-2026-MINAM, que también aprueba los contenidos mínimos de cada servicio y dispone su remisión a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión), para las acciones de seguimiento y difusión correspondientes.

La relación comprende el servicio extraordinario de barrido y limpieza de espacios públicos afectados por el fenómeno El Niño, así como la protección temporal de ecosistemas de bosques ribereños frente a inundaciones mediante barreras de contención.

También incluye el manejo temporal de material vegetal seco en ecosistemas forestales para reducir el riesgo de incendios durante el fenómeno; el fortalecimiento del monitoreo y evaluación de los recursos naturales frente a eventos extraordinarios; y la vigilancia del riesgo ambiental mediante monitoreo satelital automatizado, supervisión táctica en campo con sistemas de aeronaves pilotadas remotamente (RPAS) y evaluación de daños en infraestructuras de residuos sólidos y áreas degradadas vulnerables.

Los tres servicios restantes están orientados a ecosistemas glaciares. Comprenden la elaboración de diagnósticos de peligro en ambientes glaciares y periglaciares, el monitoreo temporal mediante radar de glaciares con probabilidad de desprendimiento y peligro de aluvión, y el monitoreo temporal de peligros asociados a glaciares en lagunas glaciares de las cordilleras del Perú.

La resolución se sustenta en el Decreto de Urgencia N.º 010-2026, que habilita la ejecución de servicios vinculados con la prevención, preparación, respuesta y rehabilitación frente al fenómeno El Niño mediante obras por impuestos.

El objetivo es aprovechar la capacidad de financiamiento y ejecución del sector privado para reducir la exposición de la población y la infraestructura pública, asegurar la continuidad de servicios esenciales y prevenir mayores costos de rehabilitación y reconstrucción.


Sábado 12 de setiembre del 2026

Midagri: aprueban subvenciones por más de 1.2 millones de soles para mujeres rurales e indígenas

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) aprobó el otorgamiento de subvenciones por hasta 1 millón 276,228.50 a favor de diez organizaciones agrarias de mujeres (OAM), destinadas al cofinanciamiento de sus Planes de Emprendimiento de la Mujer Rural e Indígena (PEMRI), en el contexto de la Estrategia de “Emprendimiento de la Mujer Rural e Indígena para el Año 2026”.

La medida, que se oficializó mediante la Resolución Ministerial N.º D000365-2026-MIDAGRI-DM, precisa que los recursos se otorgarán con cargo al presupuesto institucional del Midagri, mediante la Unidad Ejecutora 012: Programa de Compensaciones para la Competitividad (Agroideas).

De acuerdo con la norma, las subvenciones buscan no solo cofinanciar los planes de emprendimiento, sino también fortalecer la autonomía económica y las capacidades productivas y organizacionales de las mujeres rurales e indígenas, considerando sus condiciones territoriales, culturales y productivas.

Entre las organizaciones beneficiarias figuran la Asociación Juvenil Virgen Purísima de Cashapucre, la Asociación Agropecuaria San Fili-Mocupe distrito Lagunas, la Asociación Agropecuaria del Valle de Pauriali, la Asociación de Mujeres Emprendedoras Mishqui Allpa y Mujeres Empoderadas La Primavera Eterna del Centro Poblado de Palca-Tantara-Castrovirreyna.

También recibirán subvenciones la Asociación de Productores Agropecuarios Tierra Fértil de Anco Huallo, la Asociación Señor Cautivo Lagunas de Sapillica, la Asociación de Criadores de Animales Menores 30 de Agosto, la Asociación Loma Fronteriza y la Asociación de Mujeres Las Abejitas de Ricchacc.

Los planes comprenden actividades vinculadas con la producción de leche bovina, apicultura, cacao, crianza de cuyes, producción de palta Hass, fresas, huevos criollos, porcinos y café, así como el fortalecimiento de capacidades productivas y empresariales. Conozca la norma aquí.


Gobierno: aprueban reglamento para facilitar financiamiento de las MIPYME mediante órdenes de compra

El Reglamento del Título II del Decreto de Urgencia N.° 013-2020, que establece mecanismos para fortalecer las condiciones de acceso a liquidez de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme) mediante la negociación de órdenes de compra o servicio emitidas por entidades del sector público, oficializó el Poder Ejecutivo.
 
La norma, oficializada mediante el Decreto Supremo N.° 186-2026-EF, indica que la finalidad es promover el acceso al financiamiento de las Mipyme a partir del uso de órdenes de compra o servicio correspondientes a contratos menores. 

De acuerdo con el reglamento, la orden de compra o servicio adquiere la calidad de título valor nominativo desde que la entidad del sector público notifica al proveedor. 

Para su negociación y transferencia de derechos se requiere previamente su anotación en cuenta en el sistema de una Institución de Compensación y Liquidación de Valores (ICLV), anota. 

La transferencia de la orden de compra o servicio como título valor nominativo se realizará únicamente mediante el sistema de la ICLV.

La norma aclara que cuando la entidad pública no esté registrada en el citado sistema, el proveedor, legítimo tenedor o un tercero autorizado deberá comunicar la transferencia dentro de los tres días hábiles siguientes, dejando constancia de la fecha y señalando la identidad del nuevo legítimo tenedor. 

El reglamento establece además que la ICLV validará en línea la información de las órdenes de compra o servicio mediante una interfaz con el Aplicativo Informático del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Para ello, ambas entidades deberán suscribir los convenios correspondientes. Conozca la norma aquí.


Ejecutivo: aprueban reglamento de ley que crea el Plan Nacional de Cuidados Paliativos para Enfermedades Oncológicas y No Oncológicas

El Gobierno aprobó el Reglamento de la Ley N.º 30846, Ley que crea el Plan Nacional de Cuidados Paliativos para Enfermedades Oncológicas y No Oncológicas, mediante el Decreto Supremo N.° 015-2026-SA, del Ministerio de Salud (Minsa). 

La norma establece las disposiciones técnicas y normativas para implementar esa ley y tiene como finalidad contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas que padecen enfermedades que requieren cuidados paliativos, así como la de sus familias y entorno. 

El reglamento es de alcance nacional y se aplicará a los órganos y organismos del Minsa, el Seguro Social de Salud (EsSalud), así como las Sanidades de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.

Figura, además, las Direcciones Regionales de Salud (Diresa), Gerencias Regionales de Salud (Geresa) y Direcciones de Redes Integradas de Salud (Diris) de Lima Metropolitana vinculadas con la formulación e implementación del Plan Nacional de Cuidados Paliativos. 

El reglamento dispone que el Ministerio de Salud elabore el Plan Nacional de Cuidados Paliativos (Plancp), orientado a mejorar la calidad de vida de pacientes con enfermedades oncológicas o no oncológicas que requieren este tipo de atención, así como de sus familiares, cuidadores y comunidad.

El documento tendrá carácter multianual y una duración de tres años, y sus actividades se gestionarán con énfasis en procesos y resultados, recalca. 

Entre los enfoques que deberá considerar el plan se encuentran el modelo de cuidado integral de salud por curso de vida, la humanización de la salud, la interculturalidad, los derechos humanos, la calidad, la ética y la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Conozca la norma aquí.


SBS aprueba reglamento para seguros paramétricos

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) oficializó el Reglamento de Seguros Paramétricos, mediante la Resolución SBS N.° 02260-2026, con el objetivo de establecer disposiciones específicas para esta modalidad de cobertura frente a riesgos derivados de fenómenos naturales.
 
La norma define al seguro paramétrico como una modalidad que otorga una suma asegurada predefinida cuando ocurre un evento específico y el valor de un parámetro alcanza o supera un umbral establecido en la póliza. El pago, por tanto, se determina por la activación de ese umbral y no depende de la cuantificación directa de los daños o pérdidas sufridos. 

El reglamento establece que estos seguros están destinados exclusivamente a cubrir riesgos derivados de fenómenos naturales, incluidos los de origen meteorológico, climatológico, geológico, geofísico y oceanográfico, entre otros que causen afectaciones ambientales. 

Los parámetros utilizados deberán ser medibles, objetivos, verificables, independientes y estar vinculados significativamente con el daño o las pérdidas que se busca cubrir, anota. 

Asimismo, detalla, podrán contratar seguros paramétricos las entidades públicas y las personas jurídicas u organizaciones privadas que cuenten con capacidad institucional para evaluar, contratar y gestionar estas coberturas, siempre que exista interés asegurable. Conozca la norma aquí.


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