• SÁBADO 19
  • de setiembre de 2026

Derecho

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El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, sábado 19 de setiembre del 2026

Ejecutivo: declaran estado de emergencia en los distritos de Pisco y San Andrés

Por 60 días calendario, el Poder Ejecutivo declaró el Estado de Emergencia en los distritos de Pisco y San Andrés, de la provincia de Pisco, departamento de Ica, para hacer frente a la criminalidad y otras situaciones de violencia, mediante el Decreto Supremo N.º 132-2026-PCM.

Durante este período, la Policía Nacional del Perú (PNP) mantendrá el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas. Asimismo, determinará las zonas de intervención sobre la base de información de inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito y otros instrumentos.

La norma establece la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito por el territorio nacional, la libertad de reunión y la libertad y seguridad personales, en los términos previstos por el numeral 1 del artículo 137 de la Constitución.

Para las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público se deberá solicitar el permiso correspondiente ante las autoridades competentes. Las actividades que no tengan carácter masivo podrán realizarse sin necesidad de autorización previa.

El decreto dispone la conformación, dentro de las 24 horas de su entrada en vigencia, del Comando de Coordinación Operativa Unificada (CCO), así como de los Comités de Coordinación Distrital, de Inteligencia, de Fiscalización y de Comunicación Estratégica. Estos órganos funcionarán mediante un centro de coordinación permanente durante las 24 horas del día. Conozca la norma aquí.


Marina: implementan atención presencial y virtual para autorizaciones de actividades acuáticas

La Dirección General de Capitanías y Guardacostas (Dicapi) aprobó la implementación del servicio de atención de solicitudes de autorización de actividades acuáticas, que podrán gestionarse de manera presencial en la Capitanía de Puerto correspondiente o virtual mediante su portal electrónico.

La medida se estableció mediante la Resolución Directoral N.° 643-2026 MGP/DICAPI y comprende las autorizaciones previstas en los artículos 142, 147, 148 y 561 del Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1147. Las Capitanías de Puerto serán las encargadas de otorgarlas, conforme a los requisitos técnicos establecidos en la norma.

La implementación comprende la autorización para trabajos a bordo, como reparaciones que impliquen soldadura, mantenimiento de equipos y limpieza de tanques o del casco. 

También incluye el escorado de naves o artefactos navales a flote para efectuar trabajos, operación que debe realizarse bajo medidas de seguridad destinadas a reducir los riesgos para la vida humana y el ambiente acuático.

Asimismo, se incorpora la atención de solicitudes para el arriado de embarcaciones salvavidas destinadas a pruebas u otros usos. Para estos casos, la norma exige una solicitud dirigida al capitán de puerto, la descripción de las medidas de seguridad y un cronograma que indique las fechas y horas de inicio y término de las pruebas.

La medida también comprende el varado y desvarado de naves y artefactos navales, así como su traslado por vía terrestre. Para estas operaciones se requiere, entre otros documentos, indicar el lugar donde se efectuará el varado o desvarado, presentar el listado del personal responsable y describir el procedimiento correspondiente.

En el caso del transporte terrestre de naves y artefactos navales, la solicitud deberá incluir el documento que acredite la construcción de la nave cuando esta no cuente con matrícula, además de la identificación del personal a cargo y del medio de transporte. Estas operaciones se encuentran bajo responsabilidad de sus propietarios o armadores y deben efectuarse con las medidas de seguridad adecuadas.

Finalmente, la implementación considera las autorizaciones para operaciones de buceo. Las empresas de trabajos submarinos deberán presentar información sobre su licencia de operación, los profesionales y técnicos que participarán, el procedimiento de seguridad, los medios y equipos disponibles, así como el plan y cronograma de trabajos.

La resolución señala que la medida responde al incremento de la carga administrativa derivada de las solicitudes de autorización, las cuales se gestionaban de manera heterogénea y presencial, sin criterios estandarizados sobre la documentación exigida. Por ello, la Dirección de Administración Marítima planteó delimitar, ordenar y unificar estos requerimientos. Conozca la norma aquí.


Gobierno: Perú ratifica acuerdo con Hungría sobre programa de vacaciones y trabajo

El Gobierno ratificó el “Acuerdo entre la República del Perú y Hungría para el establecimiento de un programa de vacaciones y trabajo”, suscrito en Nueva York, Estados Unidos de América, el 25 de setiembre del 2025.

La decisión se oficializó mediante el Decreto Supremo N.° 042-2026-RE, al considerar conveniente a los intereses del Perú la ratificación interna del citado instrumento internacional.

De acuerdo con la norma, el acuerdo se encuentra excluido del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante (AIR Ex Ante) por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) de la Presidencia del Consejo de Ministros, conforme al numeral 41.2 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1565.

La disposición establece, además, que el Ministerio de Relaciones Exteriores deberá publicar en el Diario Oficial El Peruano el texto íntegro del acuerdo y la fecha de su entrada en vigor, en cumplimiento de los artículos 4 y 6 de la Ley N.° 26647. Asimismo, se dispone dar cuenta al Senado de la República. Conozca la norma aquí.


Minsa: difunden proyecto sobre obligatoriedad del uso de casilla electrónica

La publicación del proyecto de decreto supremo que aprueba la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de las actuaciones y actos administrativos a su cargo, así como su reglamento y exposición de motivos, dispuso el Ministerio de Salud (Minsa). 

La Resolución Ministerial N.° 830-2026/Minsa establece un plazo de 15 días calendario, contado desde el día siguiente de su publicación, para que las entidades públicas y privadas, así como la ciudadanía, remitan sus comentarios, aportes u opiniones sobre la propuesta. 

Para tal fin, se puso a disposición de los interesados el correo electrónico: webmaster@minsa.gob.pe y la mesa de partes presencial, ubicada en la Avenida Salaverry N° 801, Jesús María, de lunes a viernes de 08:30 horas a 16:30 horas.

La Oficina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano de la Secretaría General del Minsa se encargará de la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, además de la elaboración de la propuesta final de reglamento. Conozca la norma aquí.


Gobierno: declaran de interés sectorial la relevancia de la atención al paciente

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) declaró de interés sectorial la relevancia de la atención al paciente, en el contexto de una atención integral, humanizada y centrada en la persona, en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (Ipress) del Seguro Social de Salud (EsSalud). 

De acuerdo con la Resolución Ministerial N.° 300-2026-TR, EsSalud deberá establecer y regular el acompañamiento al paciente hospitalizado en sus Ipress por parte de un familiar directo o de la persona de su elección durante su estancia hospitalaria. 

Esta medida deberá aplicarse en cumplimiento de las normas, directivas, lineamientos o protocolos dictados por el Ministerio de Salud (Minsa), en el ejercicio de su rectoría, recalca.

La resolución señala que el paciente hospitalizado tiene derecho a estar acompañado por un familiar o persona de confianza, debido a que ello favorece su bienestar emocional, acelera su recuperación y contribuye a garantizar una atención más humana y segura. 

En ese sentido, considera necesario promover una atención integral, humanizada y centrada en la persona.

Asimismo, EsSalud deberá emitir las disposiciones necesarias para implementar lo establecido en la resolución, en el marco de las normas vigentes aprobadas por el organismo rector. Para ello, contará con un plazo de 30 días calendario. Conozca la norma aquí.


MTPE: comisión formulará propuestas para fortalecer y modernizar la Sunafil

Una comisión sectorial de naturaleza temporal que formulará propuestas, medidas y acciones destinadas al fortalecimiento y modernización de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) y del Sistema de Inspección del Trabajo, creó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

La Resolución Ministerial N.° 297-2026-TR señala que el objetivo del grupo de trabajo será mejorar la organización y el servicio otorgado por la Sunafil, además de emitir un informe técnico final que sirva de base para la adopción de las decisiones correspondientes. 

Su creación responde a los desafíos que enfrenta la entidad para atender la alta demanda de sus servicios a escala nacional, precisa.

Entre los aspectos que se busca abordar figuran la infraestructura, logística, operatividad y presupuesto, con el propósito de plantear acciones destinadas a consolidar el proceso de fortalecimiento y modernización de la Sunafil y del Sistema de Inspección del Trabajo.

La comisión estará presidida por el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo e integrada por el viceministro de Trabajo, el secretario general del MTPE, el director general de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo y autoridades de la Sunafil, entre otros. Conozca la norma aquí.