• DOMINGO 20
  • de setiembre de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 13 al 19 de setiembre del 2026


Domingo 13 de setiembre del 2026

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Publicó las Enmiendas al Convenio Constitutivo del Fondo Común para los Productos Básicos que entraron en vigencia el 10 de enero del 2026

El Ministerio de Relaciones Exteriores publicó las Enmiendas al Convenio Constitutivo del Fondo Común para los Productos Básicos que entraron en vigencia el 10 de enero del 2026.

Dichas enmiendas fueron aprobadas en la 26° Reunión Anual del Consejo de Gobernadores, celebrada el 10 y 11 de diciembre del 2014 en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos y fueron ratificadas mediante el Decreto Supremo N° 043-2018-RE, de 10 de octubre de 2018.

Conforme a las referidas enmiendas se precisa, por ejemplo, que los objetivos del mencionado Fondo serán los siguientes:

a) Servir de instrumento fundamental para alcanzar los objetivos acordados del Programa Integrado para los Productos Básicos, enunciados en la resolución 93 (IV) de la UNCTAD.
b) Promover el desarrollo del sector de los productos básicos y contribuir al desarrollo sostenible en sus tres dimensiones, social, económica y medioambiental, reconociendo la diversidad de vías hacia el desarrollo sostenible y, al respecto, reiterando que cada uno de los países tiene la responsabilidad primordial de su propio desarrollo y el derecho a determinar sus propios cursos de desarrollo y las estrategias adecuadas. Conozca la norma aquí


AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA
Aprueban el nuevo Reglamento para la inscripción y contratación de profesionales en la nómina de especialistas de la Autoridad Nacional del Agua

La Autoridad Nacional del Agua (ANA) aprobó el nuevo Reglamento para la inscripción y contratación de profesionales en la nómina de especialistas de la ANA, mediante la Resolución Jefatural N° 0233-2026-ANA.

Dicha nueva norma reglamentaria expresa de manera sistemática las necesidades de evaluación integral de los Instrumentos de Gestión Ambiental que evita vacíos operativos respecto de actividades son parte de las competencias institucionales de la Entidad.

La ANA dispuso la publicación del nuevo reglamento en su Portal Web Institucional: www.gob.pe/ana derogando, por ende, el artículo 2° de la Resolución Jefatural N° 0231-2023-ANA que aprueba el anterior reglamento para la inscripción y contratación de profesionales en la nómina de especialistas de la mencionada Entidad. Conozca la norma aquí


OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL
Aprueban Reglamento Operativo para el Acceso de los Afiliados al Sistema Privado de Pensiones a las Prestaciones del Pilar Semicontributivo

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) aprobó el Reglamento Operativo para el Acceso de los Afiliados al Sistema Privado de Pensiones a las Prestaciones del Pilar Semicontributivo, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000087-2026-PE-ONP.

Dicho reglamento regula entonces las condiciones y lineamientos necesarios para garantizar el acceso de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) a las prestaciones previsionales comprendidas en el pilar semicontributivo del Sistema Integral Previsional Peruano, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N 189-2025-EF y sus modificatorias.

En ese contexto, la norma reglamentaria implementa las prestaciones del pilar semicontributivo, en el cual se determina el inicio del proceso de presentación de solicitudes, quedando la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fodos de Pensiones (SBS) facultada para emitir disposiciones complementarias sobre la materia.

En virtud a lo dispuesto por la mencionada Ley y su Reglamento, las prestaciones del pilar semicontributivo son las siguientes: Prestaciones de jubilación e invalidez, Prestaciones de sobrevivencia, según lo regulado en la normatividad vigente del SPP y Gastos de sepelio en el régimen previsional del SPP. Conozca la norma aquí


Lunes 14 de setiembre del 2026

SUNARP
Formalizan creación de una Sala Transitoria del Tribunal Registral, en la ciudad de Lima

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) formalizó la creación de una (1) Sala Transitoria del Tribunal Registral en la ciudad de Lima, mediante la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 00198-2026-SUNARP/SN.

Este colegiado funcionará desde el 1 de octubre de 2026 al 31 de marzo de 2027, para la cual los órganos correspondientes deberán efectuar las acciones pertinentes para su debida implementación.

La medida, adoptada a solicitud de la Presidencia del Tribunal Registral, obedece ante la urgente necesidad de adoptar medidas y acciones conducentes a resolver la problemática de la elevada carga existente en el Tribunal Registral y, de esa forma, coadyuvar a hacer más célere, eficiente y eficaz el servicio registral que brinda dicha instancia. Conozca la norma aquí


SBS
Modifican Plan de Cuentas para Empresas del Sistema Asegurador

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) modificó el Plan de Cuentas para Empresas del Sistema Asegurador, aprobado por Resolución SBS N.º 348-95 y normas modificatorias.

La medida fue adoptada mediante la Resolución SBS N.º 02244-2026, con la finalidad de que haya un registro uniforme y una mejor identificación de los costos de adquisición que son diferidos, así como establecer lineamientos para su tratamiento, el cual debe estar incluido en la política contable de las empresas de seguros.

Con la modificación que se efectúa, se precisa, además, el tratamiento contable aplicable a dichos costos, estableciendo criterios para su adecuado reconocimiento, diferimiento y registro, a fin de mejorar la comparabilidad de la información financiera y asegurar su concordancia con las disposiciones regulatorias vigentes.

El proyecto de resolución sobre la materia fue sometido a consulta ciudadana, a efectos de recoger las opiniones del público en general. Conozca la norma aquí


Martes 15 de setiembre del 2026

PODER EJECUTIVO
Prorrogan por 60 días el Estado de Emergencia en los distritos de Chongos Bajo y San Juan de Iscos de la provincia de Chupaca, y en los distritos de Chupuro, Viques y Huacrapuquio de la provincia de Huancayo, del departamento de Junín, por impacto de daños a consecuencia de movimiento sísmico

El Poder Ejecutivo prorrogó el Estado de Emergencia en los distritos de Chongos Bajo y San Juan de Iscos de la provincia de Chupaca, y en los distritos de Chupuro, Viques y Huacrapuquio de la provincia de Huancayo, del departamento de Junín, por impacto de daños a consecuencia de movimiento sísmico, declarado mediante el Decreto Supremo N.º 106-2026-PCM, por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 18 de setiembre de 2026, con la finalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.

La medida fue adoptada mediante el Decreto Supremo N.º 129-2026-PCM, con el cual se establece que el Gobierno Regional de Junín y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación del Ministerio de Salud; del Ministerio de Educación; del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; del Ministerio de Defensa; del Ministerio del Interior; del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda, continuarán con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan. 

Dichas acciones deben tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentados en los estudios técnicos de las entidades competentes. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Prorrogan por 60 días el Estado de Emergencia en el distrito de Ahuac de la provincia de Chupaca y en el distrito de Huayucachi de la provincia de Huancayo, del departamento de Junín, por impacto de daños a consecuencia de movimiento sísmico

El Poder Ejecutivo prorrogó el Estado de Emergencia declarado en el distrito de Ahuac de la provincia de Chupaca y en el distrito de Huayucachi de la provincia de Huancayo, del departamento de Junín, por impacto de daños a consecuencia de movimiento sísmico, declarado mediante el Decreto Supremo N.º 111-2026-PCM, por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 22 de setiembre de 2026, con la finalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.

La medida fue adoptada mediante el Decreto Supremo N.º 130-2026-PCM, con el cual se establece que el Gobierno Regional de Junín y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación del Ministerio de Salud; del Ministerio de Educación; del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; del Ministerio de Defensa; del Ministerio del Interior, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda, continuarán con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan. 

Dichas acciones deben tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentados en los estudios técnicos de las entidades competentes. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Crean Grupo de Trabajo multisectorial para la implementación de la medida de adaptación denominada Implementación de un Programa Nacional de Monitoreo del Impacto del Cambio Climático en la Dinámica de los Ecosistemas Boscosos (BOS3)

El Ministerio del Ambiente (MInam) creó el grupo de trabajo multisectorial, de naturaleza temporal, denominado Grupo de trabajo multisectorial para la implementación de la medida de adaptación denominada Implementación de un Programa Nacional de Monitoreo del Impacto del Cambio Climático en la Dinámica de los Ecosistemas Boscosos (BOS3), dependiente de aquel portafolio.

La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial N.º D000296-2026-MINAM, con la cual se establece que dicho grupo de trabajo multisectorial, que estará presidido por un representante del Minam a través del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales y que contará con una secretaría técnica, tiene por objeto elaborar el diseño metodológico y de articulación intersectorial para la implementación de la medida de adaptación denominada: Implementación de un Programa Nacional de Monitoreo del Impacto del Cambio Climático en la Dinámica de los Ecosistemas Boscosos (BOS3).

El citado grupo de trabajo multisectorial se instalará dentro de los diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano y tendrá un plazo de vigencia de dieciocho (18) meses, contados a partir de su instalación. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Disponen publicación del proyecto del Plan de Acción Nacional de Compras Públicas Sostenibles

El Ministerio del Ambiente (Minam) dispuso la publicación del proyecto del Plan de Acción Nacional de Compras Públicas Sostenibles, así como el proyecto de decreto supremo que lo aprueba y de su exposición de motivos, mediante la Resolución Ministerial N.º D000297-2026-MINAM.

Dicha publicación se realiza en la sede digital del Minam (www.gob.pe/1024-consultaspublicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la citada resolución
ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Las opiniones o sugerencias sobre los proyectos mencionados deberán remitirse por escrito al Minam, sito en la avenida Antonio Miroquesada N.º 425, cuarto piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima; o a la dirección electrónica sostenibilidad@minam.gob.pe, siendo la Dirección de Calidad Ambiental y Ecoeficiencia de la Dirección General de Calidad Ambiental la encargada de su recepción, sistematización y análisis.

Con el mencionado proyecto se plantea un marco estratégico que articule las acciones de las entidades
públicas y favorezca una implementación progresiva y coordinada, sin modificar las competencias del Sistema Nacional de Abastecimiento ni generar procedimientos administrativos adicionales. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Prorrogan por 90 días declaratoria de emergencia del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Trujillo - La Libertad

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh), a través del Programa Nacional de Centros Juveniles, prorrogó por el plazo de noventa (90) días calendario, la declaratoria de emergencia del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Trujillo - La Libertad, establecida mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N.º 000174-2026-PRONACEJ/DE, por razones de hacinamiento y seguridad, con eficacia a partir del 15 de setiembre de 2026.

La medida fue adoptada mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N.º 000241-2026-PRONACEJ/DE, con la cual se declara la imposibilidad material y física temporal para el internamiento de nuevos adolescentes en conflicto con la ley penal en el mencionado centro juvenil durante el periodo de prórroga de la declaratoria de emergencia.

La Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación, en coordinación con la Dirección del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Trujillo - La Libertad, adoptará y ejecutará de manera inmediata las acciones de contingencia y medidas de mitigación necesarias para reducir los factores de riesgo derivados del hacinamiento y fortalecer la seguridad integral del citado centro juvenil. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban la norma sobre la numeración para la identificación de llamadas y mensajes de texto realizados para brindar información con fines comerciales o publicitarios

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó la Norma sobre la numeración para la
identificación de llamadas y mensajes de texto realizados para brindar información con fines comerciales o publicitarios, mediante el Decreto Supremo N.º 018-2026-MTC.

La norma aprobada establece las disposiciones sobre la atribución, asignación y uso de la numeración que permita la identificación de las llamadas y mensajes de texto (SMS) realizados por los proveedores con fines comerciales y/o publicitarios.

De esta manera se busca permitir que los usuarios identifiquen las llamadas y mensajes de texto recibidos, que son realizados por los proveedores, mediante el uso de numeración específica, para brindar información con fines comerciales y/o publicitarios.

El texto de la norma aprobada está compuesto de cuatro (4) capítulos, quince (15) artículos, seis (6) disposiciones complementarias finales, una (1) disposición complementaria modificatoria y cuatro (4) anexos. Conozca la norma aquí


SBS
Autorizan difusión en consulta pública de proyecto normativo que modifica el Reglamento de Adquisición de la Propiedad en el Capital Social de las Empresas Supervisadas y de los Propietarios Significativos

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) autorizó la difusión en consulta pública del proyecto normativo que modifica el Reglamento de Adquisición de la Propiedad en el Capital Social de las Empresas Supervisadas y de los Propietarios Significativos, aprobado por Resolución SBS N.º 6420-2015, en la sede digital de la SBS (www.sbs.gob.pe).

La medida fue adoptada mediante la Resolución SBS N.º 02256-2026 con la cual se establece que el plazo para que el público en general pueda remitir a la SBS sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado es de quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la referida resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Con base en la casuística hallada en los procedimientos de autorización previa iniciados por potenciales propietarios significativos, la SBS ha advertido la existencia de casos que, por su alto grado de complejidad y relevancia, requieren de una evaluación más exhaustiva y extensa que justifiquen la incorporación de cambios para adaptar los plazos de atención y requisitos formales del referido procedimiento administrativo a la complejidad observada. 

Por la naturaleza de estos cambios, conforme la normativa vigente, se requiere que estos sean plasmados en el Procedimiento 43 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS N.º 01581-2023 y sus modificatorias. Conozca la norma aquí


Miércoles 16 de setiembre del 2026

RENIEC
Aprueban la Directiva DI-001-GTAR-DRC denominada “Gestión Técnica de Registros Civiles y Archivo Registral”, primera versión

El Registro Nacional de Indentificación y Estado Civil (RENIEC) aprobó la Directiva DI-001-GTAR-DRC denominada “Gestión Técnica de Registros Civiles y Archivo Registral”, primera versión, mediante la Resolución Secretarial N° D000040-2026-RENIEC/SGEN.

Dicha directiva, que entrará en vigencia a los 90 días calendario a partir de la dación de la mencionada resolución secretarial, establece los lineamientos que permiten orientar y regular la correcta aplicación e interpretación de las normas registrales por los registradores civiles que ejercen funciones en las Oficinas de Registros del Estado Civil, Oficinas Registrales Auxiliares, Oficinas Registrales RENIEC, Oficinas Registrales Móviles, Oficinas Registrales Consulares, en adelante denominadas Oficinas Autorizadas; y además, por las unidades orgánicas RENIEC con facultades registrales, y cualquier otra expresamente autorizada como tal, para los procedimientos de su competencia funcional relacionados con la Inscripción, rectificación, inutilización, depuración, reposición, actualización de datos, reconstitución, observación administrativa y cancelación de actas registrales en el Registro Civil, del transferido Registro de hijos de peruanos nacidos en el extranjero, o de los demás registros que se establezcan conforme al marco normativo vigente.

Por ende, se dispone la publicación de la Directiva DI-001-GTARDRC denominada “Gestión Técnica de RegistrosCiviles y Archivo Registral”, primera versión, en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec), dejándose sin efecto, a los 90 días calendario a partir de la dación de la mencionada resolución secretarial, la DirectivaDI-008-DRC/001 “Procedimientos del Registro Civil”, primera versión, aprobada mediante la Resolución Secretarial N° 000141-2022/SGEN/RENIEC (22DIC2022). Conozca la norma aquí


SBS
Autorizan difusión en consulta pública del proyecto normativo que reemplaza el reporte de eventos de interrupción significativa de operaciones y el reporte de incidentes de ciberseguridad significativos por un reporte de incidentes operacionales y establece lineamientos para dicho reporte.

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) autorizó la difusión en consulta pública, en la sede digital de esta superintendencia (www.sbs.gob.pe), del proyecto normativo que reemplaza el reporte de eventos de interrupción significativa de operaciones y el reporte de incidentes de ciberseguridad significativos por un reporte de incidentes operacionales y establece lineamientos para dicho reporte, lo cual incluye, contar con reportes iniciales, intermedios y finales de los incidentes que presenten los supervisados.

La autorización fue efectuada mediante la Resolución SBS N° 02271-2026 con la cual se establece que el plazo para que el público en general pueda remitir a la SBS sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado es de treinta (30) días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la citada resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Con la mencionada propuesta normativa, la SBS busca estandarizar la información que se remite a esta entidad supervisora. Conozca la norma aquí


Jueves 17 de setiembre del 2026

PODER EJECUTIVO
Declaran en modernización y reorganización el sector ambiental

El Poder Ejecutivo declaró en proceso de modernización y reorganización el Ministerio del Ambiente (Minam), sus programas y proyectos especiales, y los organismos públicos adscritos al Sector Ambiental, por el plazo de ciento veinte (120) días calendario, con el objeto de evaluar su situación administrativa, organizacional y de gestión, y proponer las acciones y medidas de reforma que correspondan para fortalecer su funcionamiento institucional y el ejercicio de la rectoría del Sector Ambiental.

La medida fue adoptada mediante el Decreto Supremo Nº 012-2026-MINAM con el cual se establece que el Minam, a través de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, realizará un diagnóstico que incluirá la determinación de medidas de reforma y mejora organizacional. 

Para dichos fines, se evaluará la situación administrativa y organizacional, el planeamiento estratégico e institucional, el presupuesto, las inversiones, la gestión por procesos, los recursos humanos, la gestión de la integridad pública, entre otros aspectos que sean necesarios para implementar el referido proceso de modernización y reorganización.

El diagnóstico se formalizará en un informe técnico que contendrá los resultados del diagnóstico, las medidas de reforma y mejora organizacional que se recomienden, y se presentará al Despacho Ministerial del Minam, previa conformidad de los Despachos Viceministeriales y de la Secretaría General, según el ámbito de sus competencias, y será aprobado mediante Resolución Ministerial.

Las recomendaciones contenidas en el informe técnico aprobado se implementarán, según corresponda,
por el Minam y los organismos públicos adscritos al Sector Ambiental, en el marco de sus respectivas competencias y con sujeción a los requisitos, procedimientos e instrumentos establecidos en la normativa aplicable. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Modifican el “Plan de Acción Nacional de Lucha contra la Desertificación, Degradación de la Tierra y Sequía al 2030”

El Ministerio del Ambiente (Minam) modificó el numeral 8, la Tabla N° 10y los Anexos 4, 5 y 6 del “Plan de Acción Nacional deLucha contra la Desertifi cación, Degradación de la Tierray Sequía al 2030”, aprobado por la Resolución MinisterialN° 00178-2025-MINAM.

La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial N° D000302-2026-MINAM con la finalidad de
fortalecer la formulación de los indicadores, tomando como referencia los criterios metodológicos desarrollados por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (Ceplan), con el propósito de mejorar su consistencia metodológica, claridad conceptual y capacidad de medición, lo cual contribuirá a facilitar la comparabilidad de la información, la trazabilidad de los resultados y el desarrollo de los procesos de seguimiento y evaluación del Plan de Acción Nacional de Lucha contra la Desertificación, Degradación
de la Tierra y Sequía al 2030.

Por ende, se dispuso la publicación de las modificaciones efectuadas en la sede digital delMinan (www.gob.pe/minam). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Establecen el Sistema de Gestión de Notificaciones y Alertas de Inocuidad Alimentaria como uno de los servicios de la Ventanilla Única de Comercio Exterior 

El Ministerio de Comercio Exterior (Mincetur) estableció el Sistema de Gestión de Notificaciones y Alertas de Inocuidad Alimentaria (SIGESNOT) como uno de los servicios de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE). 

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 011-2026-MINCETUR que modifica el Reglamento de la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2020-MINCETUR.

De esta manera se busca optimizar y agilizar el intercambio electrónico seguro de las notificaciones y
alertas entre las autoridades sanitarias competentes en materia de inocuidad alimentaria, a través del SIGESNOT, facilitando las operaciones de comercio exterior y garantizando una gestión eficiente de la información. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Disponen publicación delproyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamentode Participación Ciudadana del sector Educación”

El Ministerio de Educación (Minedu) dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento de Participación Ciudadana del sector Educación”, y de su Exposición de Motivos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/minedu) por el plazo de quince (15) días hábiles, a fin de recibir los comentarios, aportes y sugerencias de las entidades públicas y privadas, y de la ciudadanía en general.

La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial N° 560-2026-MINEDU con la cual se encarga a la Dirección General de Infraestructura Educativa la recepción, sistematización, análisis e inclusión, de ser el caso, de los comentarios, aportes y sugerencias que se reciban sobre el proyecto de Decreto Supremo y su Exposición de Motivos, los que podrán ser presentados a través de la dirección de correo electrónico: elvelasco@minedu.gob.pe, utilizando el “Formato de Observaciones, Consultas y/o
recomendaciones”.

Por ende, se dispone la publicación de dicho formato así como del proyecto normativo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Minedu (www.gob.pe/minedu).
Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Crean el “Grupo de Trabajo para el fortalecimiento del procedimiento administrativo de adopción”

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables creó el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal,
dependiente de dicho portafolio, denominado “Grupo de Trabajo para el fortalecimiento del procedimiento administrativo de adopción”, con el objeto de proponer medidas para el fortalecimiento del procedimiento administrativo de adopción, orientadas a optimizar la implementación y articulación de sus etapas, promoviendo su eficiencia, calidad en el dictado de medidas de protección definitiva de adopción, a fin de
garantizar la restitución del derecho de las niñas, niños y adolescentes en situación de desprotección familiar y adoptabilidad a vivir y desarrollarse en una familia.

La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial N° 000503-2026-MIMP con la cual se establece que el Grupo de Trabajo creado estará presidido por un representante del Despacho Ministerial delMIMP y contará con una Secretaría Técnica.

Los representantes titulares y alternos que conformarán el Grupo de Trabajo serán acreditados mediante documento dirigido a la Dirección de Adopciones, en un plazo máximo de dos (02) días calendarios, contados a partir del día de la publicación de la mencionada Resolución Ministerial en el el Diario Oficial El Peruano.

El Grupo de Trabajo se instalará dentro de los tres (03) días calendarios siguientes a la publicación de la mncionada Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, teniendo en cuenta que sus sesiones podrán realizarse de manera presencial, virtual o mixta y, tendrá una vigencia de sesenta (60) días calendarios a partir de su instalación, el cual podrá ser ampliado hasta por treinta (30) días calendarios
adicionales, previo acuerdo debidamente justificado.

Cumplido aquel plazo, el Grupo de Trabajo presentará su Informe Final. Conozca la norma aquí


OSINERGMIN
Aprueban el “Procedimientopara el Registro Anual de la Autoinspección delCumplimiento de las Condiciones Técnicas y de Seguridaden Unidades Vehiculares que Transportan Hidrocarburos"

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) aprobó el “Procedimiento para el Registro Anual de la Autoinspección del Cumplimiento de las Condiciones Técnicas y de Seguridad en Unidades Vehiculares que Transportan Hidrocarburos”, mediante la Resolución de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería OSINERGMINN° 166-2026-OS/CD.

A la par, aprobó la creación e implementación del “Módulo de Registro Anual de Autoinspecciones de Unidades Vehiculares”, como herramienta informática oficial destinada al registro anual de los resultados de la autoinspección de las condiciones técnicas y de seguridad aplicables en las unidades vehiculares que transportan hidrocarburos integrado a la Plataforma Virtual de Osinergmin, regulada mediante Resolución de Consejo Directivo N° 040-2015-OS/CD.

A su vez, se aprobó el cronograma de cumplimiento de la obligación del registro de los resultados de la autoinspección de las condiciones técnicas y de seguridad aplicables a las unidades vehiculares que transportan hidrocarburos, de acuerdo con el último dígito o la última letra de la placa principal de rodaje.

Dicho cronograma es el siguiente:

Ámbito de aplicación

Último dígito de placa principal de rodaje (camión tanque o semirremolque)

Última letra de placa principal de rodaje (camión tanque o semirremolque)

Mes de registro de autoinspección (*)

Nivel nacional

1

A, B

Mes 1

2

C, D

Mes 2

3

E, F

Mes 3

4

G, H, I

Mes 4

5

J, K, L

Mes 5

6

M, N, O

Mes 6

7

P, Q, R

Mes 7

8

S, T

Mes 8

9

U, V, W

Mes 9

0

X, Y, Z

Mes 10

(*) El mes 1 inicia el primer día calendario del mes siguiente de la entrada en vigencia de la presente resolución. Conozca la norma aquí

SUNARP
Disponen publicación del proyecto normativo de modificación del Reglamento del Registro de Sociedades 

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) dispuso la publicación del proyecto normativo de modificación del Reglamento del Registro de Sociedades y su Exposición de Motivos en la sede digital de dicha entidad supervisora (www.gob.pe/sunarp), mediante la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 00203-2026-SUNARP/SN.

Con la propuesta normativa modificatoria se busca actualizar y simplificar las disposiciones de la referida norma reglamentaria, establecer reglas de competencia nacional para la atención de determinados actos societarios vinculados y aprovechar las capacidades de interconexión y accesoremoto de la Sunarp, con la finalidad de brindar al ciudadano un servicio registral más simple, oportuno, eficiente y predecible.

La citada superintendencia establece el plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada resolución, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y/o privadas y de la ciudadanía en general; los que podrán presentarse a través de las oficinas de trámite documentario de las oficinas registrales de todo el país, así como, a través de la mesa de partes virtual de la Sunarp (https://mesadetramite.sunarp.gob.pe/) o, remitidas a los correos electrónicos: ggutierreza@sunarp.gob.pe, npalacios@sunarp.gob.pe y hespinoza@sunarp.gob.pe.

En ese contexto, se encarga a la Subdirección de Normativa Registral de la Dirección Técnica Registral recibir, procesar y sistematizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Conozca la norma aquí


BANCO CENTRAL DE RESERVA
Ponen en circulación una moneda de plata alusiva al bicentenario del Glorioso Colegio de Educandas del Cusco 

El Banco Central de Reserva del Perú (BCR) puso en circulación una moneda de plata alusiva al bicentenario del Glorioso Colegio de Educandas del Cusco, mediante la Circular N° 0022-2026-BCRP.

Las características de la moneda son las siguientes:

Denominación : S/ 1,00
Aleación : Plata 0,925
Peso fino : ½ onza troy
Diámetro : 33,00 mm
Calidad : Proof
Canto : Estriado
Año de acuñación : 2026
Emisión máxima : 5 000 unidades

En el reverso, rodeando la moneda se observa la frase: “BICENTENARIO DEL GLORIOSO COLEGIO DE
EDUCANDAS DEL CUSCO” y en la parte superior figura el logotipo oficial del bicentenario y a los lados, el período que se conmemora (1825 - 2025). 

En la parte central, como motivo principal, se observa la puerta del acceso a la Capilla de San Juan de Dios del Colegio de Educandas.

En el anverso de la moneda figura el Escudo de Armas, el texto “BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL
PERÚ”, el año de acuñación y la denominación “UN SOL”.

A tono con ello, el BCR otorga curso legal a esta moneda, la misma que estará en circulación desde el 17 de setiembre del 2026, disponiendo la difusión del precio de esta moneda en el portal del Banco (https://tiendavirtual.bcrp.gob.pe/tiendabcrp/), el cual será reajustado de acuerdo con la evolución de los costos. Conozca la norma aquí


SBS
Autorizan difusión en consulta pública del proyecto normativo que modifica el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero y el Reglamento de Comisiones y Gastos del Sistema Financiero

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) autorizó la difusión en consulta pública del proyecto normativo que modifica el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, aprobado por Resolución SBS N° 3274-2017, y el Reglamento de Comisiones y Gastos del Sistema Financiero, aprobado por Resolución SBS N° 3748-2021, en la sede digital de dicha entidad supervisora (www.sbs.gob.pe).

La medida fue adoptada mediante la Resolución SBS N° 02275-2026 con la cual se precisa que a través del citado proyecto normativo se busca establecer las condiciones mínimas de acceso a la oferta de planes o esquemas que agrupan diversos servicios financieros y no financieros, para garantizar que los usuarios puedan utilizar las prestaciones comprendidas en el plan o esquema sin enfrentar barreras económicas indebidas, y que las empresas que los implementen ofrezcan una opción de libre de costo para su uso.

El plazo para que el público en general pueda remitir a la SBS sus comentarios y observaciones sobre el proyecto normativo es de quince (15) días calendario. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Ministro de Economía y Finanzas participará en la Semana de Alto Nivel del OctogésimoPrimer Período de Sesiones de la Asamblea Generalde la Organización de las Naciones Unidas
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 16 de setiembre del 2026)

El señor ELMER RAFAEL CUBA BUSTINZA, Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas, participará en la Semana de Alto Nivel del Octogésimo Primer Período de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), y actividades conexas.

Para tal efecto, el Poder Ejecutivo autorizó su viaje a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 21 al 23 de setiembre del 2026, mediante la Resolución Suprema N° 272-2026-PCM.

Por ende se encarga el Despacho de Economía y Finanzas al señor GUILLERMO SHINNO HUAMANÍ,
Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, en tanto dure la ausencia del Titular. Conozca la norma aquí


Viernes 18 de setiembre del 2026

Subsidio temporal para mototaxis de tres regiones

El Gobierno estableció un subsidio económico temporal para los conductores de vehículos automotores menores de categoría L5 (mototaxis) que prestan el servicio de transporte público de personas en los departamentos de Loreto, Ucayali y Madre de Dios, con el objetivo de mitigar el impacto del incremento del precio de los combustibles.

La medida, aprobada mediante el Decreto de Urgencia N.º 011-2026, tendrá una vigencia de tres meses contados desde el día siguiente de su publicación. El subsidio equivale a S/ 4 por galón de gasohol o gasolina adquirido, con un límite máximo de S/ 100 mensuales por beneficiario.

Para acceder a este beneficio, el conductor debe contar con un vehículo L5 identificado mediante su Placa Única Nacional de Rodaje, DNI vigente, licencia de conducir Clase B, Categoría II-C, y SOAT vigente o, según corresponda, certificado contra accidentes de tránsito (CAT) emitido por una Afocat. Además, las adquisiciones de combustible deben efectuarse en establecimientos autorizados por Osinergmin y acreditarse mediante comprobantes de pago electrónicos.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), mediante un aplicativo, determinará a los conductores habilitados y el monto correspondiente. Para ello, utilizará información proporcionada por Reniec, Sunarp, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, Sunat y Osinergmin.

Los conductores incorporados en la lista deberán registrar cada adquisición de combustible dentro de los 15 días calendario posteriores a la culminación de cada periodo de generación del subsidio. Este beneficio comprende seis periodos sucesivos de 15 días calendario.

El Banco de la Nación efectuará el abono o entrega del subsidio directamente al beneficiario o a su representante debidamente facultado. El financiamiento de la medida asciende hasta S/ 16,023,000, con cargo a la Reserva de Contingencia.

La norma también establece que una misma adquisición no puede ser utilizada para beneficiar a más de un conductor y que la percepción indebida del subsidio genera la obligación de devolverlo.


Sábado 19 de setiembre del 2026

Ejecutivo: declaran estado de emergencia en los distritos de Pisco y San Andrés

Por 60 días calendario, el Poder Ejecutivo declaró el Estado de Emergencia en los distritos de Pisco y San Andrés, de la provincia de Pisco, departamento de Ica, para hacer frente a la criminalidad y otras situaciones de violencia, mediante el Decreto Supremo N.º 132-2026-PCM.

Durante este período, la Policía Nacional del Perú (PNP) mantendrá el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas. Asimismo, determinará las zonas de intervención sobre la base de información de inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito y otros instrumentos.

La norma establece la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito por el territorio nacional, la libertad de reunión y la libertad y seguridad personales, en los términos previstos por el numeral 1 del artículo 137 de la Constitución.

Para las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público se deberá solicitar el permiso correspondiente ante las autoridades competentes. Las actividades que no tengan carácter masivo podrán realizarse sin necesidad de autorización previa.

El decreto dispone la conformación, dentro de las 24 horas de su entrada en vigencia, del Comando de Coordinación Operativa Unificada (CCO), así como de los Comités de Coordinación Distrital, de Inteligencia, de Fiscalización y de Comunicación Estratégica. Estos órganos funcionarán mediante un centro de coordinación permanente durante las 24 horas del día. Conozca la norma aquí.


Marina: implementan atención presencial y virtual para autorizaciones de actividades acuáticas

La Dirección General de Capitanías y Guardacostas (Dicapi) aprobó la implementación del servicio de atención de solicitudes de autorización de actividades acuáticas, que podrán gestionarse de manera presencial en la Capitanía de Puerto correspondiente o virtual mediante su portal electrónico.

La medida se estableció mediante la Resolución Directoral N.° 643-2026 MGP/DICAPI y comprende las autorizaciones previstas en los artículos 142, 147, 148 y 561 del Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1147. Las Capitanías de Puerto serán las encargadas de otorgarlas, conforme a los requisitos técnicos establecidos en la norma.

La implementación comprende la autorización para trabajos a bordo, como reparaciones que impliquen soldadura, mantenimiento de equipos y limpieza de tanques o del casco. 

También incluye el escorado de naves o artefactos navales a flote para efectuar trabajos, operación que debe realizarse bajo medidas de seguridad destinadas a reducir los riesgos para la vida humana y el ambiente acuático.

Asimismo, se incorpora la atención de solicitudes para el arriado de embarcaciones salvavidas destinadas a pruebas u otros usos. Para estos casos, la norma exige una solicitud dirigida al capitán de puerto, la descripción de las medidas de seguridad y un cronograma que indique las fechas y horas de inicio y término de las pruebas.

La medida también comprende el varado y desvarado de naves y artefactos navales, así como su traslado por vía terrestre. Para estas operaciones se requiere, entre otros documentos, indicar el lugar donde se efectuará el varado o desvarado, presentar el listado del personal responsable y describir el procedimiento correspondiente.

En el caso del transporte terrestre de naves y artefactos navales, la solicitud deberá incluir el documento que acredite la construcción de la nave cuando esta no cuente con matrícula, además de la identificación del personal a cargo y del medio de transporte. Estas operaciones se encuentran bajo responsabilidad de sus propietarios o armadores y deben efectuarse con las medidas de seguridad adecuadas.

Finalmente, la implementación considera las autorizaciones para operaciones de buceo. Las empresas de trabajos submarinos deberán presentar información sobre su licencia de operación, los profesionales y técnicos que participarán, el procedimiento de seguridad, los medios y equipos disponibles, así como el plan y cronograma de trabajos.

La resolución señala que la medida responde al incremento de la carga administrativa derivada de las solicitudes de autorización, las cuales se gestionaban de manera heterogénea y presencial, sin criterios estandarizados sobre la documentación exigida. Por ello, la Dirección de Administración Marítima planteó delimitar, ordenar y unificar estos requerimientos. Conozca la norma aquí.


Gobierno: Perú ratifica acuerdo con Hungría sobre programa de vacaciones y trabajo

El Gobierno ratificó el “Acuerdo entre la República del Perú y Hungría para el establecimiento de un programa de vacaciones y trabajo”, suscrito en Nueva York, Estados Unidos de América, el 25 de setiembre del 2025.

La decisión se oficializó mediante el Decreto Supremo N.° 042-2026-RE, al considerar conveniente a los intereses del Perú la ratificación interna del citado instrumento internacional.

De acuerdo con la norma, el acuerdo se encuentra excluido del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante (AIR Ex Ante) por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) de la Presidencia del Consejo de Ministros, conforme al numeral 41.2 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1565.

La disposición establece, además, que el Ministerio de Relaciones Exteriores deberá publicar en el Diario Oficial El Peruano el texto íntegro del acuerdo y la fecha de su entrada en vigor, en cumplimiento de los artículos 4 y 6 de la Ley N.° 26647. Asimismo, se dispone dar cuenta al Senado de la República. Conozca la norma aquí.


Minsa: difunden proyecto sobre obligatoriedad del uso de casilla electrónica

La publicación del proyecto de decreto supremo que aprueba la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de las actuaciones y actos administrativos a su cargo, así como su reglamento y exposición de motivos, dispuso el Ministerio de Salud (Minsa). 

La Resolución Ministerial N.° 830-2026/Minsa establece un plazo de 15 días calendario, contado desde el día siguiente de su publicación, para que las entidades públicas y privadas, así como la ciudadanía, remitan sus comentarios, aportes u opiniones sobre la propuesta. 

Para tal fin, se puso a disposición de los interesados el correo electrónico: webmaster@minsa.gob.pe y la mesa de partes presencial, ubicada en la Avenida Salaverry N° 801, Jesús María, de lunes a viernes de 08:30 horas a 16:30 horas.

La Oficina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano de la Secretaría General del Minsa se encargará de la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, además de la elaboración de la propuesta final de reglamento. Conozca la norma aquí.


Gobierno: declaran de interés sectorial la relevancia de la atención al paciente en EsSalud

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) declaró de interés sectorial la relevancia de la atención al paciente, en el contexto de una atención integral, humanizada y centrada en la persona, en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (Ipress) del Seguro Social de Salud (EsSalud). 

De acuerdo con la Resolución Ministerial N.° 300-2026-TR, EsSalud deberá establecer y regular el acompañamiento al paciente hospitalizado en sus Ipress por parte de un familiar directo o de la persona de su elección durante su estancia hospitalaria. 

Esta medida deberá aplicarse en cumplimiento de las normas, directivas, lineamientos o protocolos dictados por el Ministerio de Salud (Minsa), en el ejercicio de su rectoría, recalca.

La resolución señala que el paciente hospitalizado tiene derecho a estar acompañado por un familiar o persona de confianza, debido a que ello favorece su bienestar emocional, acelera su recuperación y contribuye a garantizar una atención más humana y segura. 

En ese sentido, considera necesario promover una atención integral, humanizada y centrada en la persona.

Asimismo, EsSalud deberá emitir las disposiciones necesarias para implementar lo establecido en la resolución, en el marco de las normas vigentes aprobadas por el organismo rector. Para ello, contará con un plazo de 30 días calendario. Conozca la norma aquí.


MTPE: comisión formulará propuestas para fortalecer y modernizar la Sunafil

Una comisión sectorial de naturaleza temporal que formulará propuestas, medidas y acciones destinadas al fortalecimiento y modernización de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) y del Sistema de Inspección del Trabajo, creó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

La Resolución Ministerial N.° 297-2026-TR señala que el objetivo del grupo de trabajo será mejorar la organización y el servicio otorgado por la Sunafil, además de emitir un informe técnico final que sirva de base para la adopción de las decisiones correspondientes. 

Su creación responde a los desafíos que enfrenta la entidad para atender la alta demanda de sus servicios a escala nacional, precisa.

Entre los aspectos que se busca abordar figuran la infraestructura, logística, operatividad y presupuesto, con el propósito de plantear acciones destinadas a consolidar el proceso de fortalecimiento y modernización de la Sunafil y del Sistema de Inspección del Trabajo.

La comisión estará presidida por el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo e integrada por el viceministro de Trabajo, el secretario general del MTPE, el director general de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo y autoridades de la Sunafil, entre otros. Conozca la norma aquí.



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